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COM-016-2001

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-016-2001
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2001

JU ni concejo municipal

ACUERDO No. COM-016

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en su sesión celebrada el día veintidós de febrero de dos mil uno, la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana (E.M.T.), aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio fiscal dos mil uno.

CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Ingresos comprende los recursos a obtener por el servicio que presta la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana, los cuales han sido cuantificados razonablemente y en concordancia con la realidad financiera de la misma.

CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar su función básica como lo es la prestación del servicio de transporte público.

POR TANTO: Con base en lo dispuesto por el Artículo 253 de la Constitución Política de la República, artículo 40 literales h), k) y 1), 95,98,101 y 102 Código Municipal, Decreto Número 58-88 del Congreso de la República.

Página 1 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra ¡LU ni concejo municipal ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia

¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra ¡LU ni concejo municipal ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana (E.M.T.) para el período comprendido del uno de abril al treinta y uno de diciembre del año dos mil uno, en la cantidad de NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS (Q.99.240,886.00), provenientes de la venta del servicio del transporte público:

PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS PARA EL AÑO 2001

TOTAL INGRESOS: — 99.240,886.00 114290.0.0 [VENTA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE | _99.240,886.00] ARTICULO 2°. Aprobar el Presupuesto General de Egresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana (E.M.T.) para el período correspondiente del uno de abril al treinta y uno de diciembre del año dos mil uno, en la cantidad de NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS (Q.99.240,886.00), distribuidos así:

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1 [SERVICIOS NO PERSONALES _ 60.398,074.90| 60.86 | 2 ¡MATERIALES Y SUMINISTROS 26.605,117.38| 26.81 3 PROPIEDAD, PLANTA EQ. E INTANG 1.536,773.08| — 155

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Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra JU ni concejo municipal ARTICULO 3°. La ejecución, control y evaluación del Presupuesto en forma analítica, será realizada por el Departamento de Presupuesto y Planificación y supervisada por la Gerencia Financiero Administrativa, quien deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa para el año 2001, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes:

NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL AÑO 2001

DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La Ejecución del Presupuesto de Ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el período comprendido del uno de abril al treinta y uno de diciembre de dos mil uno, para alcanzar las metas

funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el período comprendido del uno de abril al treinta y uno de diciembre de dos mil uno, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año 2001, para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas: 1 La calendarización mensual y cuatrimestral de la recaudación de los ingresos. 2) La realización de un programa anual de control y fiscalización de los ingresos de la Empresa. 3) Iniciar un programa tendiente a incrementar los ingresos de la Empresa, mediante el incremento de controles. Página 3 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra o JU ni concejo municipal DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el período comprendido del uno de abril al treinta y uno de diciembre de dos mil uno, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto que conduzca al uso óptimo de los recursos, asignados en el presupuesto. Para el efecto cada unidad aplicará la política de austeridad y los procedimientos de control necesarios que tiendan a racionalizar los gastos minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que por medio de la Gerencia Financiero Administrativa disponga, en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia

Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que por medio de la Gerencia Financiero Administrativa disponga, en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la Ejecución del Presupuesto de Egresos, además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes Las Gerencias y Unidades son responsables de la ejecución del Presupuesto de Egresos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de sus requerimientos, evitando de esta manera el sobregiro en el los renglones asignados y la duplicidad del gasto. 1 El Departamento de Presupuesto y Planificación queda obligado a la distribución, registro y control de las asignaciones a nivel de renglón, de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. MI Cuando los trabajos a ejecutar deban realizarse por el sistema de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. UA Los servidores de la Empresa desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto, en la dependencia administrativa donde el mismo se encuentre Página 4 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra Juni concejo municipal presupuestado. Es responsabilidad de la Gerencia Financiero Administrativa y de la Gerencia General el cumplimiento de esta disposición. v Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados

la Gerencia General el cumplimiento de esta disposición. v Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. Vi Las dependencias autorizadas y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios, cuando el servidor de la Empresa, tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de sueldos o cualesquiera otra clase de cobros indebidos. Los salarios retenidos deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado. Para el efecto, se autoriza al Gerente General a fin que conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. Wi Las remuneraciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelarán mediante Acuerdo de Gerencia General, sín necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: a) al cónyuge o conviviente; b) hijos menores o incapaces y c) a los padres que dependían económicamente del fallecido. Página 5 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra [ 4 JU ni concejo municipal VII No se aprobaran operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para

Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra [ 4 JU ni concejo municipal VII No se aprobaran operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa. Presupuestariamente las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. Las reorganizaciones aun cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y dictámenes favorables de la Gerencia Financiero Administrativa. 1X Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus labores requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en estas, aplicando el Artículo 2° del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. X En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias y que

servicios. X En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias y que provean los manuales en español para guía de operaciones y mantenimiento correspondiente Xl Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre previo análisis de su situación podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos Página 6 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra Juni concejo municipal disponibles de cada unidad ejecutora y los gastos devengados no pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes a esa fecha de cada unidad ejecutora. xi La administración de la Empresa dentro de los quince días siguientes de finalizado cada cuatrimestre se compromete a remitir a el Concejo Municipal un Informe de su gestión que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución financiera de los ingresos, comparándolos con lo programado b) La ejecución financiera de los gastos por rengión presupuestario, comparándolos con lo programado. e) Los resultados económicos y financieros del período. Y d) — Análisis y justificaciones de las principales variaciones. X A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto; siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomaran los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia o a otra

se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto; siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomaran los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia o a otra dependencia de las misma Gerencia en cuyo caso deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad ejecutora afectada. Las transferencias de asignaciones hasta por CIEN MIL QUETZALES EXACTOS (Q.100,000.00), deberán ser aprobadas por la Gerencia Financiero Administrativa, previo Visto Bueno de la Gerencia General. El Concejo Municipal podrá aprobar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación al presupuesto asignado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes. Página 7 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra o JU ni concejo municipal XIV De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del Congreso de la República), las modificaciones presupuestarias, cuando excedan de CIEN MIL QUETZALES (Q.100,000.00), deberán ser aprobadas por la Junta Directiva. xv El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2001, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes del aumento de la tarifa, transferencias del Gobierno Central y otros. XVI La administración de la Empresa, a más tardar el 31 de marzo de cada año, deberá presentar al Concejo Municipal y la Contraloria General de Cuentas, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros

transferencias del Gobierno Central y otros. XVI La administración de la Empresa, a más tardar el 31 de marzo de cada año, deberá presentar al Concejo Municipal y la Contraloria General de Cuentas, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes, así mismo deberá enviarse copia de dicha liquidación a la Dirección de Contabilidad del Estado, para efectos de la consolidación financiera del Sector Público de Guatemala. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes, en lo que fuere aplicable: a) Balance General de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana b) Estado de Resultados c) Estado de Ejecución Presupuestaria: 1) Liquidación de Presupuesto de Ingresos y 2) Liquidación de Presupuesto de Egresos ARTICULO 4% Se faculta a la Gerencia Financiero Administrativa para que programe analíticamente, la estimación de ingresos que establece este acuerdo. Página 8 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!estra Juni concejo municipal ARTICULO 5%. Las dependencias quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el período comprendido del 1 de abril al 31 de diciembre de 2001. ARTICULO 6°. El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de abril del año dos mil uno.

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DADO EN EL SALON DE SESIONES MIGUEL ANGEL ASTURIAS DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL UNO.

~ FRITZ GAR( CALI Página 9 de 9 Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!SOSIU93 30

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