COM-016-2002
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-016-2002
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2002
ACDO. No. COM:016-2002
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA” CONSIDERANDO: gosto del año 2000 fue emitido por este Concejo Municipal, el Protección y Conservación del Centro Histórico y los Cos de ia Ciudad de Guatemala”, con el objeto de rescatar y queza pairimonial CONSIDERANDO: opós:to de elevar la calidad del servicio que prestan los hospedajes y | Centro Histórico, se adicionó al citado reglamento el Artículo 32 .i0 un plazo de un año para que los nospedajes y pensiones requisitos que exige el Instituto Guatemalteco de Turismo s de 3 estrellas.
CONSIDERANDO: mayoria de hospedajes del Centro Histórico, no han podido ivativa exigida por el INGUAT, para adecuar sus instalaciones a exigidos para hoteles de 3 estrellas y tomando en consideración que elevar la calidad del servicio que prestan sin desestimular la ya realizada.
POR TANTO: los artículos $8. 59, 69 61, 253, 254 y 255 de la Política de la República de Guatemala, 7 incisos a), €) y d), 40 incisos 1.9). U), V), w), x), y), 112, 113, 114, 119, 120, 121 y 122 del Código eto No.56-58 y el Decreto No.56-85 ambos del Congreso de la ACUERDA - la sguente mgdificación a! Reglamento:para la Protección y Conservación órico los Conjuntos Históricos de la Ciudad de Guatemala e modifica el artículo 32 (Bis) el cual queda así
(Bis) ADECUACION DE PENSIONES Y HOSPEDAJES: Las hospedajes que se encuentran registrados en el Instituto eco de Turismo ~INGUAT-, a la vigencia del. presente acuerdo, para
e modifica el artículo 32 (Bis) el cual queda así (Bis) ADECUACION DE PENSIONES Y HOSPEDAJES: Las hospedajes que se encuentran registrados en el Instituto eco de Turismo ~INGUAT-, a la vigencia del. presente acuerdo, para ar abiertos al público, deberán contar con el dictamen favorable del Consejo nro Histórico, caso contrario se aplicará la multa establecida en el Reglamento Protección y Conservación: del Centro stónicos de la Ciudad de Guatema Centro Civico concejo municipal 2532-0121 al 8 ext. 204-353concejo municipal
ACDO. No. COM-016-2002
Hoja No.2 Transitorio. El dictamen a que se refiere el articulo 32 “Bis”, deberá arse en un plazo de 60 días después de la vigencia del presente acuerdo. El “ajo Consultivo del Centro Histórico evaluará como requisitos minimos para la emisión del dictamen favorable; los siguientes aspectos: Higiene, seguridad y calidad de servicio ! R ozamiento de la fechada acorde con la: ‘arquitectura del ‘Centro H B Cumplimiento a los requisitos para rótulos en el Centro Histórico, P ajustada al pantone de colores para el Centro Histórico te en el pago del arbitrio municipal correspondiente La presente modificación entrará en vigencia el día siguiente de su ción en el Diario Oficial EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ASTURIAS” DEL AUNICIPAL, EL DIA VEINTINUEVE DE MAYO DEN AÑO DOS MIL e 2 Fritz Garciano 232-0121 al 8 ext. 204-353 Municipal, Centro Cívico zona 1 Telé