COM-016-2004
CONCEJO MUNICIPAL
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- COM-016-2004
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2004
Rbicedo el 138/04 Oiacio OR. Concejo Municipal
ACUERDO No. COM-016-2004
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA: CONSIDERANDO: Que por imperativo constitucional los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndole entre otras funciones establecer, fijar, obtener y disponer libremente de sus recursos, así también regiila que es facultad exclusiva de las propias municipalidades eximir de tasas, arbitrios. y multas municipales a las personas individuales o jurídicas.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Acuerdo número 032-03 de este Concejo, el cual entró en vigor el uno de enero del año dos mil cuatro, fija el costo de la renta trimestral de las áreas de uso público común o no, para todas las personas individuales o jurídicas, por la instalación de infraestructura y mobiliario urbano, defitro de los que se establece la renta por poste.
CONSIDERANDO: Que las personas individuales o jurídicas propietarias de empresas de televisión por cable, que tienen instalada infraestructura en el área pública, pagan a esta Municipalidad un arbitrio por cada usuario de conformidad con la Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable (Decreto No. 41-92 del Congreso de la República), y además tendrían que pagar una renta del área pública conforme el Acuerdo Municipal, citado en el considerando anterior, razón por la cual debe considerarse tal situación, a efecto de que se pague en una forma justa y equitativa.mala mple 2
Concejo Municipal
ACUERDO No. COM-016-2004
POR TANTO:
anterior, razón por la cual debe considerarse tal situación, a efecto de que se pague en una forma justa y equitativa.mala mple 2 Concejo Municipal
ACUERDO No. COM-016-2004
POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 252, 254, 255, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 3, 7, 33, 35, 99, 100, 101, 105, 106 y 107, del Decreto Número 122002 del Congreso de la República, Código Municipal.
ACUERDA: Artículo1. Eximir del pago de la renta trimestral, sobre las áreas de usb común o no, a todas las empresas individuales o jurídicas que prestan servicios de televisión por cable, por la instalación de postes, a que se refiere el artículo primero del Acuerdo de Concejo Municipal número COM 032-03, del 19 de noviembre del 2003.
Articulo 2. El-presente Acuerdo entra en vigencia un día después de su publicación en el Diario Oficial. E 9 del Palacio o del año do NADA