COM-02-1989
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-02-1989
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1989
- MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA
CONCEJO
LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO: “Que la situación actual ha motivado que muchos vecinos no hayan tenido o-- - portunidad de adquirir su boleto de ornato, dentro del término que fija el Reglamento respectivo. " CONSIDERANDO: “la Municipalidad de Guatemala como Institución de servicio público, de brindar a los vecinos facilidades para que puedan cumplir con sus obliciones tributarias. .
POR TANTO: , En uso de las facultades que le confieren los artículos 60., 390. 400. en sus incisos a) - k), 84 y 93 del Código Municipal, Decreto 58-88 del Congre so de la República.
ACUERDA: Artículo lo. Conceder exoneración total del pago de la multa del arbitrio del Boleto de Ornato, durante el período comprendido del uno al veintiocho de febrero del año en curso. ) Artículo 20. El presente acuerdo entrará en vigor inmediatamente, DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS"! DEL PALACIO MUNICIPAL, + LOS TREINTA DIAS DEL MES ENERO DE MIL NOYECIENTOS OCHE] PA Y NUEVE.—.
Lic. Carlos Alberto García Regás. SECRETAR; INICIPAL y Lor & <& — 6 SECRETARIA | —————] i e Suarent™ “os o /8deG. - GUATE