COM-02-1992
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-02-1992
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1992
Exoneración total del pago de la multa del arbitrio del Boleto de Ornato, dufaute el pertodo conorendiao del | as - ez & Die fevrero de Jona Aprobado: 29 de Enero/az foja Naci de Te corporación municipal municipalidad guatemala
LA CORPORACION MUNICPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO: Que la situación económica financiera actual, ha motivado que muchos vecinos no han tenido oportunidad de adquirir su Boleto de Ornato, dentro del término que fija el Reglamento repectivo.
CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala como institución de servicio público, debe dar facilidades a los vecinos para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias.
POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere el inciso a), b), w) del Artículo 400., inciso e) del - Artículo 820. y segundo párrafo del artículo 190. del Reglamento para Control y Recaudación del Boleto de Ornato de las Municipalidades, Acuerdo Gubernativo No.1131-83.
ACUERDA: Artículo 10. Conceder exoneración total del pago de la multa del arbitrio del Boleto de Ornato, durante el período comprendido del uno al veintinueve de febrero del año en curso.
Artículo 2. El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente. DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS. % /586G, - Elareun palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353