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COM-02-1995

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-02-1995
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

| uni concejo municipal municipalidad guatemala

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.

CONSIDERANDO: Que con fecha 11 de noviembre del año próximo pasado, se emitió el acuerdo. que en su artículo 20. aprobó el convenio celebrado el 11 del mismo mes y año, Gntre los concesionarios del servicio de transporte colectivo urbano y el Señor Alcalde Municipal, en el cual, los primeros se comprometieron en Teanuder la prestación de dicho servicio, en forma inmediata, conforme las condiciones establecidas en el convenio de mérito.

CONSIDERANDO: Que dentro de las condiciones establecidas en dicho convenio, en su literal d), se fijó: "La liberación de las tarifas de transporte público a partir del primero de enero de mil novecientos noventa y cinco, para todas las unidades que actualmente están prestando el servicio".

CONSIDERANDI Que con el patrocinio y participación directa del señor Procurador General de Tu Nación, la participación del Rector de la Universidad de San Carlos de Cuatencda, Representantes de los señores concesionarios del servicio de transporte colectivo urbano, representantes y autoridades de la Municipalidad e artemala y representantes de los trabajadores organizados y de agrupaciones sindicales del país, se están realizando pláticas y sesiones de trabajo, para encontrar alternativas a nivel multisectorial, que procurel las verdaderas soluciones integrales y definitivas a la problemática del servicio de transporte colectivo urbano.

CONSIDERANDO.

Que como resultado de estas pláticas, se planteó a la Municipalidad de Guatemala, le mecesidad urgente de intervenir directamente en la eliminación de las barreras legales que puedan obstaculizar la consecusión de estas

CONSIDERANDO.

Que como resultado de estas pláticas, se planteó a la Municipalidad de Guatemala, le mecesidad urgente de intervenir directamente en la eliminación de las barreras legales que puedan obstaculizar la consecusión de estas Soluciones, tal el ceso de la condición establecida en el convenio referido Sotoriormente y que se concreta en la literal d), mencionada, que fija la liberación de las tarifas de transporte público para hacerse efectiva a partir del uno del presente mes. et palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353concejo municipal municipalidad guatemala POR TANTO: En base a lo considerado y lo que para el efecto estatuye los artículos 253 inciso c) y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 6, 30, 31, 39 y 40 incisos a), b), m) y w) del Código Municipal (Decreto No.58-88 del Congreso de la República de Guatemala).

ACUERDA: Artículo lo. Dejar sin efecto el contenido de la literal d) del convenio celebrado el 11 de nóviembre de 1994, entre los concesionarios del servicio de transporte colectivo urbano y el señor Alcalde Municipal.

Artículo 20. Ratificar en todo su demás contenido, el convenio de mérito. Artículo 30. El presente acuerdo entrará en vigor inmediatamente; debiéndose publicar en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.- DALIA

DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.- DALIA SF Perdomo. Lic; Héctor Adolfy Cifuentes Mendoda ¿© SECRÉTARIO. TEMA /SdeG. 10:09 Cde. palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353

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