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COM-022-2008

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-022-2008
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2008

DE GUATEMALA )

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas.

CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala tiene a su cargo el Vertedero de Desechos Sólidos

(Relleno Sanitario) de la zona 3 de esta ciudad, instalaciones municipales en donde se lleva a cabo el manejo adecuado de los desechos sólidos que se producen en este Municipio, como medida de protección del medio ambiente.

CONSIDERANDO: Que en las instalaciones municipales relacionadas, existe un grupo de trabajadores municipales que se encuentran expuestos a riesgos físicos propios de la actividad insalubre que se lleva a cabo en dicho lugar, colocándoles en situación de vulnerabilidad al padecimiento de enfermedades ocasionadas por dicha situación, Motivo por el cual resulta procedente el otorgamiento de un "Bono de Riesgo" por el peligro a que están expuestos.

POR TANTO: Con fundamento el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 6,9, 35 literales a), b), d).i). 67, 68 literal a), 80 del Código Municipal Decreto número 122002 del Congreso de la República.

ACUERDA: Artículo 1. Se crea el "BONO DE RIESGO" para los trabajadores municipales, administrativos y

2002 del Congreso de la República.

ACUERDA: Artículo 1. Se crea el "BONO DE RIESGO" para los trabajadores municipales, administrativos y operativos que presten sus servicios laborales en el Vertedero de Desechos Sólidos [Relleno Sanitario) de la zona 3 de este Municipio, fijándose dicho Bono en la cantidad de seiscientos quetzales {Q.600.00) mensuales.

Se exceptúan aquellos trabajadores municipales que actualmente devengan otro tipo de bono especial.

ACUERDO COM-022-08DE. GUATEMALA eur e

Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-022-08 Artículo 2. El bono que por el presente Acuerdo se crea, será otorgado únicamente duranie el período de tiempo en que el trabajador municipal esté prestando sus servicios en las instalaciones municipales que conforman el Vertedero de Desechos Sólidos (Relleno Sanitario) de la zona 3 de esta ciudad, de acontecer un traslado hacia otra unidad o departamento Municipal, el mismo será retirado. Asimismo, no se tomará en cuenta para el cálculo de indemnización laboral, horas extras, bonificación anual (Bono 14) y Aguinaldo. Artículo 3, La Dirección de Recursos Humanos tendrá a su cargo la supervisión del otorgamiento del “BONO DE RIESGO", quedando bajo su estricta responsabilidad la implementación de los mecanismos administrativos que permitan la verificación y controles respectivos. Artículo 4. Para los efectos de cumplimiento del presente Reglamento, se instruye a la Dirección Financiera de la Municipalidad de Guatemala, realizar las respectivas operaciones contables, financieras y presupuestarias.

respectivos. Artículo 4. Para los efectos de cumplimiento del presente Reglamento, se instruye a la Dirección Financiera de la Municipalidad de Guatemala, realizar las respectivas operaciones contables, financieras y presupuestarias. Artículo 5. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del uno de julio del dos mil ocho.

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$ DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL OCHO.

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