COM-024-2002
CONCEJO MUNICIPAL
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Disponible
Detalles
- Título
- COM-024-2002
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2002
' M U N I concejo municipal
ACDO. No. COM-024
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que conforme mandato Constitucional, a las municipalidades del país les corresponde la prestación de los servicios públicos locales por medio de sus dependencias municipales, empresas y demás Unidades Administrativas.
CONSIDERANDO: Que el segundo párrafo del artículo 105 del Código Municipal faculta a este órgano colegiado para que resuelva la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale, mediante el voto favorable de las dos terceras partes del total de los miembros de este cuerpo colegiado.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con las políticas financieras de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala EMPAGUA de recuperación de la cartera morosa establecidas en las normas presupuestarias relativas a la ejecución de ingresos aprobados por el Concejo Municipal el dieciocho de diciembre del año dos mil uno.
CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala EMPAGUA, en Punto Tercero del Acta No. 61-2002, de la sesión celebrada el día jueves uno de agosto de 2002, acordó recomendar que se autorice una exoneración temporal por concepto de mora en los consumos de servicio de agua, considerándola conveniente, dada la situación ecónomica por la que atraviesan actualmente los usuarios del servicio de agua potable y estimular el pago de cuentas atrasadas en los mismos.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado, leyes citadas y lo que para el efecto disponen los artículos
ecónomica por la que atraviesan actualmente los usuarios del servicio de agua potable y estimular el pago de cuentas atrasadas en los mismos.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado, leyes citadas y lo que para el efecto disponen los artículos 9,33, 35 inciso i), 67, 105, del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.
21 Calle 6-77, Zona | - Centro Cívico - Palacio Municipal' M U N I concejo municipal ACUERDA: Articulo lo. — tiliiider exbficración de recargo por concepto de mora en cl pago de consumos de servicio de agua a todas las personas individuales o jurídicas usuarias de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala EMPAGUA, #l cancelar la totalidad de lo adeudado por concepto de tasa de consumo de agua, derechos y títulos de agua, drenajes y alcantarillado y cualquier otro servicio que preste EMPAGUA, y se cubra en el tiempo que señale el presente acuerdo y confome el Reglamento Municipal de la materia. Artículo 20. Esta exoneración tendrá una vigencia de 30 días a partir de su publicación en el Diario Oficial Artículo 30. Gozan de la exoneración a que se refiere el artículo lo. De este acuerdo, todas las cuentas cuyos saldos sc paguen al contado durante la vigencia del mistio, Los interesados que suscriben convenios de pago hasta por 6 meses, están afectos a un recargo del 19.83% anual de interes sobre el saldo sin la respectiva mora. Artículo 40. El incumplimiento de uno de los pagos convenidos, pierde el interesado los beneficios de la exoneración y procedera el corte del servicio. Artículo So. Delegar a la Dirección de Servicios al Cliente de Empagua, para que con el
Artículo 40. El incumplimiento de uno de los pagos convenidos, pierde el interesado los beneficios de la exoneración y procedera el corte del servicio. Artículo So. Delegar a la Dirección de Servicios al Cliente de Empagua, para que con el Visto Bueno de la Gerencia se ejecute y autorice la rebaja de las moras ¢ intereses generados por las mismas, y la suscripción del convenio respectivo con los usuarios que califiquen y se acojan al presente acuerdo Artículo 60. El presente acuerdo entrará en vigor inmediantamente, debiéndose publicar en el Diario Oficial
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES “MIGUEL ANGÍ DEL PALACIO
CALDE MUNICIPAL
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