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COM-027-2002

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-027-2002
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2002

' MUNI concejo municipal

ACDO. No.COM-027

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que con el objeto de ordenar el temitorio, evitar el avance de usos que entran en conficto con el uso residencial y proveer de certeza jurídica a las inversiones inmobiliarias se emitió la Declaratoria de Areas Residenciales del Municipio de Guatemala, en Acuerdo del Concejo Municipal No.42-2001; en la que se incluye una lista de áreas en diferentes zonas de la ciudad que se declaran residenciales.

CONSIDERANDO: Que en el artículo 5 de la Declaratoria de Aréas Re ales del Municipio de Guatemala se establece que las áreas residenciales pueden incorporarse o desincogorarse a ſa misma a solicitud de los Comités Unicos de Barro (CUB) que se establecen como entidad representante Organización Comunitaria en el Reglamento de Ordenamiento Territorial para la Paricipción Comunitaria, tambén apiobado en Acuedo del Concejo Municipal de fecha vencio e actue del dos mil CONSIDERANDO: Que un grupo conformado por más del 80% de los propietarios de los inmuebles comprendidos entre la 13, 14 y 15 calles entre a 62. y 7a. Avenidas de la zona 10, han presentado su solicitud al Concejo Municipal para incorporarse a la

Declaratoria de Areas Residenciales del Municipio de Guatemala.

CONSIDERANDO: ‘Que el actual Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República, señala que corresponde al Concejo Municipal el ejercicio del gobiemo del municipio, el ordenamiento tertorial y control urbanístico de su jurisdicción así como la aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.

POR TANTO:

POR TANTO: Con base en lo anteriormente considerado y lo que establecen los artículos 58, 59, 60, 61, 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 3, 9, 33, 35 y 42 del Código Municipal, Decreto No.12-2002 del Congreso de la

República.

ACUERDA: Emitir la siguiente Declaratoria de Incorporación de la 13, day 15 culos enpa tada. y 7a avenidas, de la zona 10 a la Declaratoria de Areas

Residenciales del Municipio de Guatemala. Articulo 1. Declaratoria: Se incorporan los inmuebles que colindan o tienen acceso directo por la 13, 14 y 15 calles, entre laba y Ta. avenidas, de la zona 10; a la Declaratoria de Areas Residenciales del Municipio de Guatemala y las limitaciones y restricciones que en virtud de tal declaratoria les son aplicables. Artículo 2. Vigencia: El presente acuerdo entra en vigencia inmediatamente y se ordena su publicación en el Diario Oficial

DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

ALCALDE J

SCERETAR MUNICIPAL ———

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