COM-028-2004
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-028-2004
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2004
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CON: SIDERANDO Que en su sesión celebrada el veintidós de noviembre del dos mil cuatro la Junta Directiva, aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala, -EMPAGUAcorrespondiente al ejercicio fiscal dos mil cinco. CONSIDERANDO Que el Presupuesto de Ingresos comprende la estimación de los recursos financieros que en la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUAse tienen previstos a percibir durante el ejercicio fiscal. dos mil cinco. los cuales han sido cuantificados razonablemente. tomando en cuenta su actual situación financiera. CONSIDERANDO Que el presupuesto de Fgresos ha sido formulado programáticamente, tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones básicas como: la prestación. mejoramiento y ampliación de los servicios de agua potable, así como los servicios de alcantarillado y drenajes. POR TANTO Con base en lo dispuesto por el Artículo 253 de la Constitución Política de la República: y Artículos 68 literales a) y 1) 125. 126. 127. 128, 129. 130 y 131, del Decreto 12-2002 del Congreso de la República. que contiene el Código MunicipalConcejo Municipal
ACUERDO No. COM-028-2004
Hoja No. 2 ARTICULO lo. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUApara el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cinco. distribuidos de la te manera:
PROYEC DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS AÑO 2005
de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUApara el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cinco. distribuidos de la te manera:
PROYEC DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS AÑO 2005
CODIGO CUENTA DENOMINACIÓN TOTAL TOTAL 325,000,000 11.0.00.0.00 $60000 Ingresos No Tributarios 3,103,496 11.3.00.0.01 560200 Contribución por mejoras 3.103,496 14.0.00.0.00 520000 Ingresos por Operación. + 312,242,460 14.2.40.1.00 520100 Servicio de agua potable. 254.306.432 14.2.40.2.00 520300 Servicios varios de Agua Potable. 6.079.412 14,2,40.3.00 520200 Tasa de Alcantarillado $1.458.969 14,2.40.4.00 550000 Servicio varios de Alcantarillado. 397,647 15.0.00.0.00 540101 Rentas de la Propiedad 1,768,382 15.0.30.0.00 540116 Intereses por Depósitos. 195.956 15.1.50.0.00 540117 Intereses por Servicio de Agua 160.00.0.00 540115 “Transferencias corrientes: 0 19.0.00.0.00 510100 Venta de Títulos y Valores. 1,668,015 23.0.00.0.00 151000 Disminución otros Activos. 6,217,647 23.5.10.0.01 111000 Disminución de Caja y Bancos, 4.000.000
23.0.00.0.00 151000 Disminución otros Activos. 6,217,647 23.5.10.0.01 111000 Disminución de Caja y Bancos, 4.000.000 23.2.00.0.00 112200 Disminución de Cuentas a Cobrar. 2.217.647Concejo in a Gpe
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Hoja No. 3 esos de la Empresa Municipal de Agua fiscal correspondiente del uno de enero ribuidos así ARTICULO 20. Aprobar el presupuesto General de E de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUA-.. para el ejer al treinta y uno de diciembre del año dos mil cinco. d
PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS AÑO 2005
TIPO DE GASTO
(Cifras en Quetzales)
GRUPO CONCEPTO SOLICITADO TOTAL 325,000,000
IGastos de Administración. 236,610,484 Personales. 77.061.786 IServicios No Personales, 129.861.687 Materiales y Suministros. 24.048.561 3Propiedad, Planta. Equipo e Intangibles. 5.058.450 4Transferencias Corrientes. 550.000 9Asienaciones Globales. 30.000 2Gastos en Recurso Humano. 10,856,000 «Transferencias Corrientes. 10.856.000 3Inversión 40,017,109 0 Personales. 268.000 IServicios No Personales. 13.973.900 2Materiales y Suministros, 5.968.230 3Propiedad. Planta. Equipo e Intangibles. 19.806.979 Deuda Pública. 37,516,407 Servicios de la Deuda Pública y Amor.
2Materiales y Suministros, 5.968.230 3Propiedad. Planta. Equipo e Intangibles. 19.806.979 Deuda Pública. 37,516,407 Servicios de la Deuda Pública y Amor. TOtros Pasivos 37.516.407Concejo music.pa:
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Hoja No. 4 ARTICULO 30. La ejecución control y evaluación del Presupuesto en forma analitica. sorá realizada por la unidad de Presupuesto y supervisada por la Dirección de Finanzas, quien deberá informar de ello al Concejo Municipal. a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa para el año 2005. además de las disposiciones legales vigentes. se observaran las normas siguientes:
NORMAS PRESUPUESTARIAS 2005
sos DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRE:!
La Ejecución del Presupuesto de Ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración. en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tienen a su cargo. deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el Ejercicio Fiscal 2005, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro en la forma siguiente Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS. el cual se desarrollará propósitos dicho plan integrará los siguientes programas: n el año 2005 para tales
1. La calendariza ión mensual y cuatrimestral de la recaudación de los diferentes ingresos.
La realización de un programa anual de control y fiscaliza Empresa. Dicho programa contendrá acciones para la incorporación al sistema de
n el año 2005 para tales
1. La calendariza ión mensual y cuatrimestral de la recaudación de los diferentes ingresos.
La realización de un programa anual de control y fiscaliza Empresa. Dicho programa contendrá acciones para la incorporación al sistema de facturación, a los usuarios que tiene instalaciones directas o sin medidor. tendiente a incrementar los ni de la Empresa. como resultado de copar los servicios efectivamente prestados,ox cuaremara mple
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4. Establecimiento del programa anual de cobranza. para que se cumpla estrictamente el control efectivo de las cobranzas normales y económico activas. Para tal efecto se aplicaran criterios de simplificación y racionalización de los trámites. u Para hacer efectivo el cobro de las deudas atrasadas. por concepto de: Contribución por mejoras. servicios de agua potable y tasa de alcantarillado: se continuará otorgando el equivalente al diez por ciento (10%) por juicios extrajudiciales y el veinte por ciento (20%) por juicios judiciales. calculado sobre el monto que efectivamente se cobre por cada uno de los juicios económicocoactivos que se tramiten. Tal porcentaje se pagará en concepto de honorarios y costas a los abogados que intervengan en dichos juicios.
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2.005 cada Unidad Ejecutora, aplicará la política de austeridad y establecerá los procedimientos de control que tiendan a racionalizar los gastos ya sea minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Además de las medidas que dicte el Concejo Municipal.
aplicará la política de austeridad y establecerá los procedimientos de control que tiendan a racionalizar los gastos ya sea minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Además de las medidas que dicte el Concejo Municipal. la Gerencia General de la Empresa por medio de la Dirección de Finanzas. aplicará en caso necesario. las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes y que estén en concordancia con la situación económica de la Empresa. Se observarán además de las disposiciones legales ordinarias, las normas siguientes: Las Direcciones y Unidades Ejecutoras son responsables de la ejecución de los programas y Proyectos contemplados en el Presupuesto General de Egresos. conforme la distribución analítica formulada en el mismo. En ese sentido, para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto. deberán presentar en los primeros quince días del ejercicio fiscal. una programación de los requerimientos financieros conforme a sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance fisico a nivel de renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda. Adicionalmente quedan obligadas a lo siguiente:ve GUATEMALA. mplé
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1. Llevar registro y control de sus asignaciones por programas y proyectos, a nivel de renglón.
2. Registro y control sobre la correcta aplicación al gasto.
3. Establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el Presupuesto, con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria.
La Unidad de Presupuesto queda obligada a la distribución. registro y control de los Proyectos y/o
3. Establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el Presupuesto, con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria.
La Unidad de Presupuesto queda obligada a la distribución. registro y control de los Proyectos y/o asignaciones a nivel de renglón. y de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. . Cuando los trabajos a ejecutar deben realizarse por el sistema de contrato y sean objeto de licitación pública. deberán aplicar el procedimiento administrativo conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. v Los servidores de la Empresa desempeñaran las funciones que correspondan a su puesto. cn la dependencia administrativa donde se encuentren presupuestados. Queda bajo la responsabilidad de la Dirección Administrativa y de la Gerencia General el cumplimiento de esta disposición v La jomada extraordinaria de labores será retribuida. siempre y cuando se establezca que los servicios son indispensables y la autorización de las mismas estará a cargo de cada Director. No se autorizará tiempo extraordinario si se establece que las actividades se realizarán en una Dirección y/o unidad distinta a la que pertenece el trabajador. salvo casos especiales debidamente autorizados nor Acuerdo de Gerenciao UAT mole EMALA ol
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Hoja No. 7 La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecuct programas y proyectos que realiza la administración: deberán ser autorizados por la Junta Directiva de la empresa. a solicitud del Director de la Unidad Ejecutora respectiva y con la autorización de la Dirección de Finanzas. basada en la disponibilidad presupuestaria vu Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional
de la empresa. a solicitud del Director de la Unidad Ejecutora respectiva y con la autorización de la Dirección de Finanzas. basada en la disponibilidad presupuestaria vu Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente. haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. VII Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios. deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios. pensiones o prestaciones cuando el servidor de la Empresa. pensionado o beneficiado tenga deudas pendientes con la Empresa. por concepto de sueldos o cualesquiera otra clase de cobros indebidos, Los salarios, pensiones o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o se haya firmado el correspondiente compromiso de pago. Para el efecto. se autoriza al Gerente General a fin que conforme a su criterio y sin perjuic intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales. que deberán descontarse de los respectivos pagos. X nes que al fallecer los mismos tienen amente Las pensiones por jubilación a los empleados. y las pensi derecho sus viudas o viudos, hijos menores a incapaces. o padres que dependian económi de ellos, serán autorizadas a través de la Gerencia GeneralConcejo mulicipa:
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Hoja No. 8 Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago. se cancelaran mediante Acuerdo de Gerencia General, sin necesidad de trámite judicial
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Hoja No. 8 Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago. se cancelaran mediante Acuerdo de Gerencia General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: a) Al cónyuge o conviviente b) Mijos menores o incapaces y: e) A los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará también para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de diferido, que el empleado tuviere acumuladas: entendiéndose como tal a la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el sueldo fijo que figura en una cuenta especial de Fondos Consignados. Dicha retención se hará de enero a noviembre del ejercicio fiscal que corresponda y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre: a excepción de aquellos casos. en que el trabajador. solicite su devolución con antelación a esta fecha X )" SERVICIOS PERSONALI Las economías cuatrimestrales que se causen en el grupo sólo son transferibles: a Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que haya sido previamente declarados de conformidad con la ley. b. Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general. que pudieran acordarse en e Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda PúblicaACUERDO No. COM-028-2004 Hoja No. 9 No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar
e Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda PúblicaACUERDO No. COM-028-2004 Hoja No. 9 No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto. previsión financiera, ordenamiento presupuestario y/o reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa Presupuestariamente las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos. materiales y financieros asignados en el presente ejercicio. con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. Las reorganizaciones aun cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de las Direcciones: Administrativa y Finanzas. quienes para el efecto pueden actuar en forma conjunta. XII La administración de la Empresa podrá suspender. previa calificación de las circunstancias propias del caso, la autorización de desembolsos con cargo a asignaciones presupuestarias previstas como contrapartida de préstamos externos, si después de evaluar el avance fisico y financiero de los proyectos. se establece que la utilización de los recursos no está acorde con la programación y con las cláusulas de los convenios respectivos o con los documentos complementarios que para el efecto sean firmados. Podrá acordarse la suspensión. y esta también podrá aplicarse a los servicios de upervisión de los proyectos. De igual forma se procederá en el caso de las obras o proyectos financieros con recursos intemos. cuando el avance fisico no este acorde con el avance financiero. XIV
upervisión de los proyectos. De igual forma se procederá en el caso de las obras o proyectos financieros con recursos intemos. cuando el avance fisico no este acorde con el avance financiero. XIV La Dirección de Obras y/o las unidades que tengan a su cargo la Ejecución de Programas o Proyectos de Inversión deberán de informar a la Dirección de Finanzas: cuando se finalice la construcción de cada obra. con el propósito de incorporar al patrimonio de la Empresa la obra concluida. así mismo presentar a la administración de la Empresa informes que contengan el estado del avance fisico y financiero de cada uno de los proyectos de inversión. a más tardar quince (15) días después de finalizado cada cuatrimestre, quedando esta. obligada a rendir estos informes al Concejo Municipaloe cuarta ple one ACUERDO No. COM-028-2004 Hoja No. 10 xv Los vehículos que se hayan adquirido o que se adquieran en el futuro. por las unidades ejecutoras de proyectos de inversión, ya sea con fondos asignados en su respectivo presupuesto o con donaciones específicas, deberán estar exclusivamente al servicio directo del proyecto de que se trate, mientras dure su ejecución. Se sancionará a los funcionarios o empleados que autoricen el uso de tales vehículos para fines distintos a los del proyecto. XVI Los vehículos de trabajo propiedad de la Empresa, no deben estar especificamente al servicio de un empleado, sino disponibles para la realización de distintas comisiones o labores que demanda la ejecución de los programas. Deben ser marcados en lugar visible y fácilmente legible con el nombre de la Empresa La asignación de cada vehiculo deberá hacerse conforme las circunstancias de la comisión o labor que deba llevarse a cabo. y la provisión de combustible se hará con base a las disposiciones reglamentarias que correspondan.
La asignación de cada vehiculo deberá hacerse conforme las circunstancias de la comisión o labor que deba llevarse a cabo. y la provisión de combustible se hará con base a las disposiciones reglamentarias que correspondan. La Dirección Administrativa. velará por el debido cumplimiento de la presemte norma recomendando a la Gerencia las sanciones que procedan de conformidad con la Ley en contra de los responsable: Cuando se adquieran vehículos nuevos. podrán entregarse a cuenta del precio correspondiente. los usados que estén al servicio de la Empresa. previo dictamen de la Dirección de Finanzas de la Empresa. XVII Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus programas requieran servicios personales, no personales y bienes o suministros que sean producidos por empresas estatales. deberán adquirirlos en éstas. aplicando el Artículo 20. Del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento). salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar todo o en parte los productos o serviciosDE GUATEMALA ¡mple Bei Gar,
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Hoja No. 11 XVI En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo. así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias: y que se provean los manuales en idioma español para la guía de operaciones y/o el mantenimiento correspondiente. Los materiales. equipo. maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto. deberán ser preferentemente de producción nacional xi
para la guía de operaciones y/o el mantenimiento correspondiente. Los materiales. equipo. maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto. deberán ser preferentemente de producción nacional xi Para el pago de los vencimientos de la deuda pública externa se elaborará el plan anual de tales vencimientos. para lo cual la Dirección de Finanzas hará la provisión de fandos respectiva a fin de que se atienda oportunamente el pago del servicio de la Deuda, Las asignaciones previstas en el presupuesto para el pago de la deuda pública. deberán utilizarse únicamente para ese fin y no podrán transferirse por ningún motivo X Las acreedurías del ejercicio fiscal anterior que provengan de obligaciones legítimamente contraídas: entendiéndose como tales. aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de Ley y los que surjan como consecuencia de haber recibido bienes o servicios así como los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre del 2004. podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. XXI La administración de la Empresa dentro de los 15 días siguientes de finalizado cada cuatrimestre se compromete a remitir a el Conecio Municipal un informe de su gestión. que contendrá como mínimo lo siguiente: a La ejecución física de los programas y proyectos. comparándola con lo programado. v. la ejes lo programado, LR de Li Bt (O TG P <lDE GUATEMALA ¡pl SINCE e,
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Hoja No. 12 c. La ejecución financiera de los recursos por rubro de ingreso. d Los resultados económicos y financieros del período. e Análisis y justificaciones de las principales variaciones.
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Hoja No. 12 c. La ejecución financiera de los recursos por rubro de ingreso. d Los resultados económicos y financieros del período. e Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XXI A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto: siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que sc tomaran los recursos. cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia o a otra dependencia de la misma Dirección en cuyo caso deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad ejecutora afectada. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro. se requerirá la anuencia del respectivo Director. así como del Jefe de la Actividad y/o Proyecto que decrementa su presupuesto. Las transferencias de asignaciones hasta por CIEN MIL QUETZALES EXACTOS (Q.100.000.00), únicamente requerirán de ser aprobadas por la Dirección de Finanzas, previo Visto Bueno de la Gerencia General, El Concejo Municipal podrá aprobar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación al presupuesto asignado. - solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes. XXI De conformidad con lo establecido en la Lev Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del Congreso de la República): las modificaciones presupuestarias en el grupo 0 servicios personales, las tendencias a aumento o disminución en el presupuesto de inversión. el incremento en el gasto financiado con endeudamiento cambios en las fuentes de financiamiento. y
servicios personales, las tendencias a aumento o disminución en el presupuesto de inversión. el incremento en el gasto financiado con endeudamiento cambios en las fuentes de financiamiento. y las transferencias de asignaciones en los grupos | Servicios no Personales. 2 Materiales y Suministros y 3 Propiedad. Planta Equipo e Intangibles del Programa de Gastos de Adn mayores a CIEN MIL QUETZAL ES (100.000.00) deberán someterse al Concejo Municipal XXIV Fl nescipnecto podrá ser ampliado durante el ejerc | 2005 cuando la Empresa obtenga ingresos extraorán: es OV S de S, a eb B tasas, arbitrios 0 aumentos a los establecidos. saldo de ejercicios anteriores. y otros.ACUERDO No. COM-028-2004 Hoja No. 13 XXV La administración de la Empresa a más tardar el 31 de marzo de cada año. deberá presentar al Concejo Municipal y la Contraloría General de Cuentas. la liquidación de sus respectivos presupuestos y los estados financieros correspondientes. así mismo deberá enviarse copia de dicha liquidación a la Dirección de Contabilidad del Estado. para efectos de la consolidación financiera del sector Público de Guatemala. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes, en lo que les fuere aplicable: Balance General de EMPAGUA b. Estado de Resultados. e Estado de Ejecución presupuestari: 1 Liquidación de Presupuesto de Ingresos: 2 Liquidación de Presupuesto de Egresos: y 3 Ejecución fisica y financiera de los proyectos y obras ejecutadas en el año. ARTICULO 40. Se faculta a la Dirección de Finanzas para que programe analiticamente según su resos que establece este Acuerdo. fuente. la estimación de
3 Ejecución fisica y financiera de los proyectos y obras ejecutadas en el año. ARTICULO 40. Se faculta a la Dirección de Finanzas para que programe analiticamente según su resos que establece este Acuerdo. fuente. la estimación de n de lo dispuesto en estas io fiscal 2005. ARTICULO 50. Las dependencias quedan obligadas a la observa normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el ejerc ARTICULO 60. ente Acuerdo entra en vigencia. a partir del uno de enero del 2005 ¡guel Ángel Asturias del Palacio Municipal, a los seis días del Monda - 7 Spcretaxjo Many ——— Y SECRETARIO @ MUNICIPAL e