COM-03-1986
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-03-1986
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1986
EL CONCEJO DE “LA MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA. .
CONSIDERANDO: - ue la situación económica ha motivado que muchos vecinos se encueritran atrasados en ¢l pagó de los arbitrios minicipales, lo que no -- permite que la Municibalidad disponga de los recursos económicos ne- “cesáríos.para poder prestar los-servicios públicos en forma eficiente y contínua. : : | SE CONSIDERANDO: Que la Municipalidad como Institución de servicio público debe brindar a los vecinos facilidades para que puedan cumplir con sus obliga iones -tributorias para evitar los cobros. por la vía compulsiva que conlleven gastos y problemas ifinecesarios a los: contribuyentes.
E POR TANTO: - POR TANTO: del Código Municipal, Decreto 1183 del Cóngreso de la República.
E - - ACUERDA: . “#Artieulo.do.. Conceder exoneración total de la multá derivada del pa Eo extemporáneo en el arbitrio de Renta Inmobiliaria hasta el último -- Eſa: del mes de: marzo del presenté año.
Artículo. 20. “Otorgar facilidades de pago en el arbitrio de Renta In mobiliaria, en el siguiente caso: Cuandó el saldo pendiefité de pago al 31 de diciembre de 1985, éstó - integrado por ados: o más trifiestres, los interesados podrán Cancelar Ca entres (3) abonos: mensuales y consecutivos;..a partir de ima: 5 N convenio. ‘
integrado por ados: o más trifiestres, los interesados podrán Cancelar Ca entres (3) abonos: mensuales y consecutivos;..a partir de ima: 5 N convenio. ‘ i Para’Zozar de la’ exoneración acordada, los interesados deberán acu-- E ira la Sección de Renta Inmobiliaria, ubicada en el tefcer nivel,- [ sala oriente del Palacio Minicipal, ‘en. el perfodo que establéce el. yr i tículo primero del presente acuerdo. -Los contribuyentes que suscri- | -ban convenios: de pago conforme los incisos anteriores y NO cumplan - “-berá Formular la certificación que contenga la milta legal no pagada, “sobre las cantidades abonadas. en cadacuenta a finde: plantear los. ~ “juicios econámico-coactivos, condición que-se hará-constar én los. -- Convenios. respectivos. SEE . Articulo36. -Los contribuyentes que por razones Especiales; no pue“ dan acogerse a los beneficios del presente Ácuerdo, se-estará a los 4 caldía identificados con los números AA-24/82 y AA-33/82, En’uso de las faciltades que le confieren 1ós artículos 40, y 106 -- con la fora de pago acordada, la Sección de Renta Inmobiliaria, de- - “convenios ya suscritos e a: lo-establecido en 168 Acuerdos de esta AL”72
con la fora de pago acordada, la Sección de Renta Inmobiliaria, de- - “convenios ya suscritos e a: lo-establecido en 168 Acuerdos de esta AL”72 - Artículo 40. Todos los casos en que los tribunales correspondientes conozcan: procesos económico coactivos que haya iniciado la Munic i palidad de esta ciudad, gozarán (nicamente de los beneficios que otor — ga el artículo lo. del presente acuerdo y por consiguiente deberán - pagar íntegramente el adeudo en un solo pago. No gozarán de los beneficios de este acuerdo los casos en los cuales ya se hubiere dicta do sentencia.- Artículo So. El presente Acuerdo entrará en vigor cinco días des--- pués de su publicación en el Diario Oficial.- > DADO EN EL SALON DÉ SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A-LOS TRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHEN TA, . ei e Card o García Regás. i (ARTO MUNICIPAL. A Yao i Aver Arz) Irigoyen. MONTCY /SdeG.-