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COM-03-2006

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-03-2006
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2006

ACUERDO COM-003-06

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República y el Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual esta facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas.

CONSIDERANDO: Que las tasas del Registro Civil se encuentran contempladas en el Acuerdo emitido por el Concejo Municipal con fecha 17 de marzo de 1986 y modificado por los Acuerdos del Concejo Municipal de fechas 10 de junio de 1992 y 13 de diciembre del año 2000, en donde se decidió exonerar de la tasa municipal correspondiente a la expedición de la primera cédula de vecindad.

CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala, a través de la Dirección de Desarrollo Social ha implementado el “Programa de Población en Riesgo," que tiene como objetivo fundamental la reinserción social de niños, jóvenes y adultos a través de proyectos específicos, siendo uno de estos la identificación legal correspondiente a cada una de las personas indigentes que por su situación no cuentan con los mismos.

POR TANTO: Con fundamento en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos: 33, 35 incisos: a), e), i), m) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República ACUERDA: Artículo 1°. Se exonera del pago de la tasa municipal por emisión o reposición de cédula de vecindad y por extensión de certificaciones de nacimiento, únicamente

número 12-2002 del Congreso de la República ACUERDA: Artículo 1°. Se exonera del pago de la tasa municipal por emisión o reposición de cédula de vecindad y por extensión de certificaciones de nacimiento, únicamente en aquellos casos que estén debidamente inscritos en el Registro Civil, así comoConcejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-003-06 del pago del arbitrio de ornato a las siguientes personas indigentes que se encuentran dentro del “Programa de Población en Riesgo": . Amelia Alejandra López . Julia Aura Hernandez Chacon Daniel Alfonso Chavez Walter Isaac Martinez Giovani Lester Hernandez . Fernando Rodolfo Cutzan . William Edelvin Lopez Duque Henry Giovani Alvarez Jimenez . Jenifer Leonor Vasquez Soto

10. Jenifer Clarivel Garcia Galiano

11. Daniel Alonso Chavez

12.Daniel Alejandro Gomez Santos 13.Gloria Elizabeth Garcia Miranda 14.Carlos Noe Carranza

15. Jose Luis Gonzalez

16. Rosa Delia Javier

17.Edwin Saul Rodriguez Garcia 18.Carlos Enrique Monroy Rojas

19. Miriam Beatriz Alvarado Peralta

20. Josefa Eugenia Barreno Tohon

21.Juan Aj Tzoc

22. Esteban Samuel Pereira Sequen

23. Willian Rene Chalin

24. Henry Rene Monroy Zurdo

25. Brayan David Ruiz Sandoval

26. Jose Daniel de la Roca

27. Marjorie Mishel Garcia

28. Gustavo Ricardo Alfaro Gutierrez

29. Joseline Waleska Enriquez Ramirez

30.Laida Nivoneth Ramos Estrada

31. Sandra Selena Ramirez

32. Astrid Guadalupe Barilla Lopez

33.Kevin Alexis Garcia Miranda

34. Leticia Norma Marroquin Franco

35. Neftali González Col

30.Laida Nivoneth Ramos Estrada

31. Sandra Selena Ramirez

32. Astrid Guadalupe Barilla Lopez

33.Kevin Alexis Garcia Miranda

34. Leticia Norma Marroquin Franco

35. Neftali González Col

36. Gerson Misael Aroche Asensio

37.Marlene Aide Vicente BarriosConcejo Municipal Hoja La 3 pa Acuerdo COM-003-06

38. Jacqueline Yhajaira Franco Barrera

39. Glenda Maricela Franco Barrera

40. David Fernando Rompiche Peñate

41. Heidi Amarilis Augustin Chiguichon

42. Erick Josue Marroquin Franco

43. Lidia Leticia Vaquez Marroquin

44. Claudia Jeannette Marroquin Franco

45. Jessica Fabiola Collan Jarros

46. Nancy Paola Collan Jarros 47.Irma Fabiola Guerra Hernández Artículo 20. Será responsabilidad de la Dirección de Desarrollo Social que las personas indigentes beneficiadas con esta exoneración se encuentren dentro del “Programa de Población en Riesgo." Artículo 3%. El presente Acuerdo empezará a regir inmediatamente. étario Municipal ADA, — E > SECRETARIO © L WA e %,

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