COM-030-2004
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-030-2004
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2004
DE GUATEMALA ¡mole
ACUERDO No. COM-030-2004
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en su sesión celebrada el día dieciocho de noviembre del dos mil cuatro, la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.), aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio fiscal dos mil cinco.
CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Egresos comprende los recursos estimados a obtener por el servicio que presta la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, los cuales han sido cuantificados razonablemente y en concordancia con la realidad financiera de la misma CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar su función básica como lo es la prestación del servicio de transporte público.
POR TANTO: Con base en lo dispuesto por el artículo 253 de la Constitución Política de la República artículo 35 literales e), f) y i), 125, 126, 128, 129, y 133 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97 del Congreso de la República, su Reglamento Acuerdo Gubernativo 240-98 y el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Acuerdo Ministerial 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de
Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Acuerdo Ministerial 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.) para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cinco, en la cantidad de TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q33,899,150.00), según la siguienteok GuaremaLa ¡mole cu
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Hoja No. 2
PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS PARA EL AÑO 2005
Rubro de i S 3 3 2 Monto en S | & | & |Nombe de Unidad y Rubro de Ingreso Quetzales % 11 9 90 | Otrosingresos 6,924,200. 20.43% 14 1 90 Venta de otros bienes 18,000.00 0.05% 14 2 90 Ingresos de operación otros servicios 26:952.750.00 79.51% 15 1 31 | intereses por depósito internos 4,200.00) 0.01% [ TOTAL DE INGRESOS | —33,899,150.00| 100.00% ARTICULO 2°. Aprobar el Presupuesto General de Egresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.) para el periodo correspondiente del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cinco,
Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.) para el periodo correspondiente del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cinco, en la cantidad de TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q33,899,150.00), distribuidos de la siguiente forma
PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS PARA EL AÑO 2005
Grupo Monto de Presupuestado Gasto Nombre del Grupo de Gasto En Quetzales % 0 ISERVICIOS PERSONALES 3,959,232.00| 11.68%) 1 SERVICIO PENSINALES 16067 B ] 2 IMATERIALES Y SUMINISTROS 18,065,857.55) — 53.29% 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES 102,000. 0.30%| 9 JASIGNACIONES GLOBALES 480.000. 1.42%) r TATAT DE CABEEAR T3 n00 466 Ma 1000Concejo Municipal
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ARTICULO 3°. La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analítica, será realizada por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Subgerencia General, la que deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa para el año dos mil cinco, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes:
NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL AÑO 2005
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL AÑO 2005
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La ejecución del Presupuesto de Ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil cinco, para alcanzar las metas estimadas de cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil cinco: para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas 1) La calendarización mensual y cuatrimestral de la recaudación de los diferentes ingresos 2) La realización de un programa anual de control y fiscalización de los ingresos de la Empresa. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil cinco, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto, que conduzca al uso óptimo de los recursos asignadosox cuaremala ¡mole Gonce’n Municipal
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Hoja No. 4 procedimientos de control necesarios que tiendan a racionalizar los gastos minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipat, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que por medio de la Subgerencia General disponga, en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con
las medidas que adopte el Concejo Municipat, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que por medio de la Subgerencia General disponga, en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la ejecución del Presupuesto de Egresos. Además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes Las Gerencias y Unidades son responsables de la ejecución del Presupuesto de Egresos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de sus requerimientos, evitando de esta manera el sobregiro en los renglones asignados y la duplicidad del gasto. - El Departamento de Contabilidad y Presupuesto queda obligado a la distribución, registro y control de las asignaciones a nivel de renglón, de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. Cuando los trabajos a ejecutar requieran la suscripción de contrato, se procederá a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento v Las personas contratadas por la Empresa desempeñarán las funciones que correspondan a su contrato, en la dependencia administrativa donde los mismos se encuentren presupuestados. Es responsabilidad de la Subgerencia General y de la Gerencia General el cumplimiento de esta disposición Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivoDE GUATEMALA ¡ple Concejc Municipal
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VI Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover
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VI Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de una o varias remuneraciones, cuando el prestador del servicio, tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de honorarios o cualesquiera otra clase de cobros indebidos, Los honorarios retenidos, deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago. Para el efecto, se autoriza al Gerente General a fin que, conforme a-su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. VII Las remuneraciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelarán mediante Acuerdo de Gerencia General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: a) Al cónyuge o conviviente; b) Hijos menores o incapaces y c) A los padres que dependían económicamente del fallecido. VII No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa adoptadas nor la Junta [+.eClive 1005.ve cuaTemaLa,mpl® Y Conceio Municipa!
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presupuestario y reforma administrativa adoptadas nor la Junta [+.eClive 1005.ve cuaTemaLa,mpl® Y Conceio Municipa!
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Hoja No. 6 Presupuestariamente las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. X Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus labores requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 2° del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. X En las especificaciones para cotizacion de maquinaria y equipo, asi como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias y que provean los manuales en español para guía de operaciones y mantenimiento correspondiente xi Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre previo análisis de su situacion podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputandose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora y los gastos devengados no pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes para cada unidad ejecutora. XII La administración de la Empresa, dentro de los treinta días siguientes de finalizado cada
durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes para cada unidad ejecutora. XII La administración de la Empresa, dentro de los treinta días siguientes de finalizado cada cuatrimestre se compromete a remitir a el Concejo Municipal un Informe de su gestión que contendrá como mínimo la siguiente a) La ejecución financiera de los ingresos por rubro, comparándolos con lo programado hi Ta pieciición financiera de los enrpens par rapalán nreciniestario. comnarándnlosATEMALA ¡mple DE GUATEMALA ¡mple Concerto MuniriDal
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Hoja No. 7 c) Los resultados económicos y financieros del período. Y d)Análisis y justificaciones de las principales variaciones. Xin A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos; cuando dichas partidas correspondan a otra dependencia, se deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad ejecutora afectada. Las transferencias de asignaciones hasta por CIEN MIL QUETZALES EXACTOS (Q.100,000.00), únicamente deberán ser aprobadas por los Departamentos de Contabilidad y Presupuesto, Subgerencia General y la Gerencia General. XIV De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del Congreso de la República), las modificaciones presupuestarias, cuando excedan de CIEN MIL QUETZALES (Q.100,000.00), deberán ser aprobadas por la Junta Directiva y el Concejo Municipal. xv
(Decreto Número 101-97 del Congreso de la República), las modificaciones presupuestarias, cuando excedan de CIEN MIL QUETZALES (Q.100,000.00), deberán ser aprobadas por la Junta Directiva y el Concejo Municipal. xv El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2005, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de un incremento de ingresos, de transferencias del Gobierno Central y otros. XVI La administración de la Empresa, a más tardar el 31 de marzo del dos mil seis, deberá presentar al Concejo Municipal, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes: Estado de Ejecución Presupuestaria 1) Liquidación del Presupuesto de Ingresos y 2 1 imnidación del Prosniniocto de (actneDE GUATEMALA ple Concejo Municipal
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ARTICULO 4°. Se faculta a la Sub-Gerencia General, para que programe analiticamente, la estimación de ingresos que establece este Acuerdo. ARTICULO 5%. Las dependencias quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año dos mil cinco ARTICULO 6°. El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil cinco. siones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal a los seis bre del año dos mil cuatro.
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