COM-031-2002
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-031-2002
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2002
stra JU n concejo municipal
ACDO.No. COM-031-02
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Administración Municipal en cumplimiento de lo que establece la Constitución Política de la Republica de Guatemala, el Código Municipal y la Ley Orgánica del Presupuesto, sometió a la aprobación de este Concejo Municipal, el proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Municipalidad de Guatemala, para cl ejercicio Fiscal del año 2003
CONSIDERANDO: Que en el proyecto de Presupuesto presentado para el año 2003, contiene la estimación de los recursos financieros a obtenerse, el cual ha sido elaborado técnicamente sobre bases realistas compatibles con el potencial económico del Municipio , así como su distribución aplicada en forma racional y adecuada a los gastos, guardando entre si un equilibrio prudente y razonable CONSIDERANDO: Que el Proyecto de Presupuesto es la expresión cualitativa y cuantitativa del plan de trabajo que el Gobierno Municipal se propone realizar para alcanzar los objetivos y metas que permitan lograr el desarrollo integral del Municipio, asignando recursos para su funcionamiento, así como el mantenimiento y mejoramiento en los servicios públicos mediante la ejecución de proyectos de inversión y el desarrollo de programas de beneficio social colectivo.
CONSIDERANDO: “Que corresponde al Concejo Municipal aprobar o modificar el presupuesto general de Ingresos y Egresos de la Institución , para cada ejercicio municipal.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 125,126, 129, y 131 del Código Municipal, Decreto numero 12-2002 del Congreso de la Republica y articulo 253 literales b y ce; 255 y 257 del capitulo VII de la Constitución Política de la Republica de Guatemala.
ACUERDA:
ACUERDA: ulo Primero: Se aprueba el Presupuesto Gejetral de Ingresos de la Municipalidad de Guatemaly, para el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil tres por la cantidad de: CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NUEVE QUETZALES EXACTOS (@- 445:473,309.00).4stra Juni Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003
Hoja No.2
INGRESOS CORRIENTES
Ingresos Tributarios Impuestos DirectosArbitrio sobre Boleto de Órnato Impuesto sobre Inmuebles Impuestos Indirectos Nomenclatura Municipal Convenios de Pago 1USI Impuesto Café Impuesto Hule Impuesto sobre Cerveza Arbitrio sobre consumo de Gasolina Regalías Sobre Establecimientos de Servicio Arbitrio sobre Diversiones y Espectáculos Arbitrio Diversos Impuesto sobre Circulación de Vehículos Ingresos No Tributarios Tasas Tasa sobre Alumbrado Publico Arrendamiento de Edificios e Instalaciones Indemnización TELGUA Contribución por Mejoras Multas Tasa por Cheque Rechazado Venta de Bienes y Servicios de Las Administraciones publicas Venta de Servicios Servicios Administrativos Municipales Licencias de Construcción concejo municipal 135,198,700.00 135,198,700.00 125,100,000.00 20,000,000.00 105,100,000.00 10,098,700.00 60,000.00 2,500,000.00 10,000.00 1,000.00 200,000.00
125,100,000.00 20,000,000.00 105,100,000.00 10,098,700.00 60,000.00 2,500,000.00 10,000.00 1,000.00 200,000.00 1,850,000.00 75,000.00 64,000.00 1,495,000.00 43,700.00 3,800,000.00 176,337,750.00 176,337,750.00 134,000,000.00 250,000.00 12,500,000.00 2,710,000.00 26,867,750.00 10,000.00 43,798,500.00 43,798,500.00 14,298,500.00stra ¡uni Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 3 Ingresos de Operación Servicios Públicos Municipales Piso de Pla? Ingresos Patrimoniales Renta de la Propiedad Intereses Intereses sobre Depósitos Bancarios Transferencias Corrientes Del Sector Privado
EMPAGUA
Donaciones Corrientes Empresas Privadas Donaciones Varias Empresas de Cable
RECURSOS DE CAPITAL
TRANSFERENCIA DE CAPITAL
Del Sector Publico Aporte Mandato Constitucional Transferencia IVA-Paz Recursos Propios de Capital Venta de Tierras y Terrenos Venta de Terrenos concejo municipal 17,176,000.00 1.370.005.00 946,550.00 300,000.00 15,000.00 250,000.00 26,000,000.00 24,400,000.00 6,680,804.00 18,546,005.00
1.370.005.00 946,550.00 300,000.00 15,000.00 250,000.00 26,000,000.00 24,400,000.00 6,680,804.00 18,546,005.00 18,546,005.00 946,550.00 946,550.00 300,000.00 300,000.00 265,000.00 265,000.00 57,080.804.00 50,400,000.00 6,680,804.00stra JU n concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 4 FUENTES FINANCIERAS 13,000,000.00 27 Incremento del Patrimonio . 13,000,000.00 $ Incremento de Resultados Acumulados Saldos de Caja ingresos Corrientes 13,000,000.00
TOTAL DE INGRESOS 445,473,309.00
RESUMEN GENERAL DE INGRESOSa % INGRESOS CORRIENTES 375,392,505.00 84.27
INGRESOS DE CAPITAL 57,080,804.00 1281
FUENTES FINANCIERAS 13.000,000.00 292
TOTAL 445.473,309.00 100.00
Artículo Segundo: Se aprueba el Presupuesto General de Egresos de la Municipalidad, para el periodo Comprendido del Uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil tres por la cantidad de:
CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q. 445,473,000.00). o de Oj me
GASTOS DE
ADMINISTRACION
CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q. 445,473,000.00). o de Oj me
GASTOS DE
ADMINISTRACION
TOTALES 156,962,292.00
01. Corporación Municipal 4,159,000.00
02. Alealdía Municipal 3,921,500.00
05. Administración general 29,528,000.00
06. Servicios Administrativos 20,869,900.00
07. Finanzas Municipales 26,521,892.00
09. Servicios Públicos Municipales 71,962,000.00Westra u n concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003
Hoja No. 5
GASTOS EN RECURSO
HUMANO
TOTALES 58.154.809.00
05. Administración general 9,065,200.00
06. Servicios Administra! 3,171,500.00
07. Finanzas Municipales 20,252,000.00 08, Mantenimiento y Ejecución de Obras 18,637,509.00
09. Servicios Públicos Municipales 7,028,600.00
PROGRAMA DE EGRESOS DE CAPITAL
INVERSIÓN
TOTALES 210,256.208.00
04. Plan Desarrollo Metropolitano 153,449,704.00
08. Mantenimiento y Ejecución de Obras 45,602,304.00
09. Servicios Públicos Municipales 11,204,200.00Nestra ¡uni Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003
Hoja No. 6 concejo municipal
PROGRAMA DE EGRESOS DEUDA PÚBLICA
TOTALES
20.100.000,
¡uni Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 6 concejo municipal
PROGRAMA DE EGRESOS DEUDA PÚBLICA
TOTALES
20.100.000, 07.4 Finanzas Municipales Deuda Interna 5,400,000.00 Deuda Externa 14,700,000.00
INTERESES Y AMORTIZACIONES
COMISIONES
5262,950.00 7,050. 5,400,000.00 5262950.00 9,437,050.00
PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS POR GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, RECURSO HUMANO INVERSIÓN Y DEUDA PÚBLICA
TOTAL 445,473,309.00 CORPORACIÓN MUNICIPAL 4,159,000.00 ALCALDÍA MUNICIPAL 3,921,500.00 PLAN DESARROLLO METROPOLITANO 153,449,704.00 ADMINISTRACIÓN GENERAL 38,593,200.00 SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 24,041,400.00 FINANZAS MUNICIPALES 66,873,892.00 MANTO. Y EJECUCIÓN DE OBRAS 64,239,813.00 SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES 90,194,800.00
GASTOS DE
ADMON. 156.962,292.00 4,159,000.00 3,921,500.00 29,528,000.00 20,869,900.00 26,521,892.00 71,962,000.00
RECURSO DEUDA HUMANO INVERSIÓN PÚBLICA 58.154.809.00 210.256.208.00 20,100,000.00
153,449,704.00 9,065,200.00 3,171,500.00
RECURSO DEUDA HUMANO INVERSIÓN PÚBLICA 58.154.809.00 210.256.208.00 20,100,000.00
153,449,704.00 9,065,200.00 3,171,500.00 20,252,000.00 20,100,000.00 18,637,509.00 45,602,304.00 7,028,600.00 11,204,200.00stra JU ni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 7 DE AS NORMAS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Artículo Tercero: Disposiciones Complementarias. Las presentes normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Decreto 101-97 del Congreso de la Republica, Ley Orgánica de Presupuesto y Decreto 12-2002 Código Municipal.
Artículo Cuarto: La Ejecución del Presupuesto de Ingresos Corrientes será regulada por las siguientes normas:
1 La ejecución, control y evaluación de los Ingresos Corrientes en forma analítica, será realizada por la Dirección de Finanzas, por medio de la Sub-Dirección de Ingresos. mn La Administración por medio de sus dependencias además de la ejecución de las funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal del año 2003, para lograr los montos establecidos en cada rubro de ingresos; y regirá según las disposiciones siguientes:
1. Lacalendarización mensual y trimestral de la recaudación de los diferentes ingresos.
2. La realización de un programa anual de control y fiscalización de los ingresos municipales.
3. Establecimiento del programa anual de cobranzas, para que se cumpla estrictamente el control efectivo de
2. La realización de un programa anual de control y fiscalización de los ingresos municipales.
3. Establecimiento del programa anual de cobranzas, para que se cumpla estrictamente el control efectivo de las cobranzas normales y económico-coactivos. Para tal efecto, se aplicaran criterios de simplificación y racionalización de los tramites.
4. Intensificación del programa anual de capacitación considerando la formación de todo el personal de la administración para apoyar y desarrollar con eficiencia los planes de recaudación, cobranza y procedimientos administrativos.estra JU ni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003
Hoja No. 8
E LA EJECUCI Artículo Quinto: En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2003, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto que conduzca al uso óptimo de los recursos asignados en el Presupuesto. Para el efecto cada unidad ejecutora aplicará la política de austeridad y los procedimientos de control necesarios que tiendan a racionalizar los gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean-necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Alcaldía Municipal, para que por medio de la Dirección de Finanzas disponga, en caso necesario, las medidas de ajuste y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica en general, prevaleciente en la Municipalidad.
Artículo Sexto: En la ejecución del Presupuesto de Egresos, además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes: Responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes, Coordinadores de Dependencias y Unidades Ejecutoras.
Artículo Sexto: En la ejecución del Presupuesto de Egresos, además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes: Responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes, Coordinadores de Dependencias y Unidades Ejecutoras.
Los responsables de las dependencias y de las distintas unidades ejecutoras velaran por la ejecución de los programas, subprogramas y proyectos contenidos en el Presupuesto General de Egresos de la Municipalidad, conforme a la distribución contenida en la apertura presupuestaria que registre el Departamento Técnico de Presupuesto. Los objetivos y metas programados, deben alcanzarse con los recursos asignados y solo en casos debidamente justificados ante el Departamento Técnico de Presupuesto se permitirán cambios en la programación prevista, para lo cual se emitirá la resolución correspondiente. Las dependencias y unidades ejecutoras quedan obligadas a llevar registro y control de sus asignaciones por programas subprogramas y proyectos, a nivel de renglón, así como de la aplicación correcta del gasto, debiendo observar lo dispuesto en el Manual de Procedimientos para la Ejecución Presupuestaria, y artículo 134 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal.stra JU ni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 9 n El Departamento Técnico de Presupuesto, queda obligado a la distribución, de las asignaciones a nivel de renglón. de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este Presupuesto. m Cuando los trabajos a ejecutar deban realizarse por el sistema de contrato, y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. - v
m Cuando los trabajos a ejecutar deban realizarse por el sistema de contrato, y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. - v Los servidores municipales desempeñarán las funciones que correspondan al puesto para el cual fueron nombrados en la dependencia administrativa donde se encuentren presupuestados. Es responsabilidad de las autoridades respectivas, el cumplimiento de esta disposición. v Los servicios personales que se requieran en forma temporal, reglón de gasto “022”, que se requieran para Programas y Proyectos específicos que realiza la Administración Municipal, deberán ser autorizados por el Señor Alcalde, a solicitud del Jefe de la Unidad Ejecutora. Los servicios con cargo a las asignaciones del reglón de gasto “029” Otras Remuneraciones de Personal Temporal deberán contratarse de acuerdo a los términos contenidos en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias del Sector Público de Guatemala y deberán programarse en función de los servicios a contratar, especificando el monto y tiempo de duración de los mismos. Dicha programación será aprobada mediante resolución emitida por la autoridad superior Municipal En todos los instrumentos que se suscriban para la prestación de servicios con cargo al renglón de gasto 029, deberá quedar claramente estipulado la naturaleza, modalidad, sistema de evaluación de la actividad encomendada al profesional o técnico contratado. Asimismo deberá establecerse que las personas que se contraten con cargo a este renglón no tienen calidad de servidores públicos, por lo tanto no tienen derecho a ninguna prestación laboral y la institución contratante tiene la potestad de rescindir dicho contrato en cualquier momento, sin que ello implique responsabilidad de su parte,
este renglón no tienen calidad de servidores públicos, por lo tanto no tienen derecho a ninguna prestación laboral y la institución contratante tiene la potestad de rescindir dicho contrato en cualquier momento, sin que ello implique responsabilidad de su parte, La ejecución del renglón de gasto 029 “Otras remuneraciones de personal temporal”, debe realizarse con base a la programación de los serviciosstra JU ni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 10 Para los efectos de control, fiscalización y evaluación, las autoridades superiores de cada Dirección deberán remitir a más tardar el quince (15) de enero, la programación inicial del referido renglón de gasto, a la Alcaldía Municipal y Departamento Técrrico de Presupuesto de la Dirección de Finanzas, Dicha programación solamente podrá ser modificada con autorización de Alcaldía Municipal. Jornales. Los recursos asignados en el renglón de gasto 031 “Jornales” responden a una programación detallada que únicamente podrá variarse en el transcurso del ejercicio en casos debidamente justificados ante el Departamento Técnico de Presupuesto VI Los puestos cuyos títulos o denominación requieren el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. VI Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios, pensiones o prestaciones cuando el servidor municipal, pensionado o beneficiado tenga deudas pendientes con la Municipalidad, por concepto de sueldos o cualesquiera otra clase de cobros indebidos.
a retener el pago de uno o varios salarios, pensiones o prestaciones cuando el servidor municipal, pensionado o beneficiado tenga deudas pendientes con la Municipalidad, por concepto de sueldos o cualesquiera otra clase de cobros indebidos. Los salarios, pensiones o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado, pensionado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza al Señor Alcalde, a fin que conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Municipalidad, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. VII Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelarán mediante Acuerdo de Alcaldía, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: al cónyuge 0 conviviente, hijos menores o con impedimento fisico o a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades deferidas que el empleado tuviere acumuladas -stra u ni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 11 IX Programación, Subgrupo Maquinaria y Equipo. Las asignaciones del subgrupo 32 “Maquinaria y Equipo” responden a una programación detallada, aprobada por el Departamento Técnico de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución"de la, Dirección Financiera, exceptuándose de esta disposición el renglón 325
responden a una programación detallada, aprobada por el Departamento Técnico de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución"de la, Dirección Financiera, exceptuándose de esta disposición el renglón 325 “Equipo de Transporte” para lo cual se requiere autorización previa de la Alcaldía, toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección Financiera. X Las economías trimestrales que se causen en el grupo 0 “Servicios Personales”, sólo son transferibles: a) Cuando sean destinadas a cubrir pagos de la deuda pública. b) Para efectuar los ajustes saláriales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que ge produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal. XI a) Fondos en Fideicomisos: Los fondos que bajo la figura de fideicomiso se sítúen y se administren en los distintos Programas y Unidades Ejecutoras especificas, se efectuará la apertura correspondiente a nivel de Actividad y Proyecto a través de los cuales se ejecutarán , así como a nivel de objeto del gasto y fuente de financiamiento. b) Los procesos específicos de su ejecución serán definidos mediante los instrumentos jurídicos y mecanismos técnicos que para el efecto sean aprobados, por el Comité Técnico respectivo de cada fideicomiso ¢ Los recursos financieros que se asignen con obligación de reembolso a la unidad responsable del manejo del fideicomiso para que lo inviertan en la realización de proyectos específicos de beneficio social se constituirán en cualquier banco del sistema.stra uni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 12
del fideicomiso para que lo inviertan en la realización de proyectos específicos de beneficio social se constituirán en cualquier banco del sistema.stra uni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 12 XII La Administración Municipal podrá suspender, previa calificación de las circunstancias propias de cada caso, la autorización de desembolsos con cargo a asignaciones presupuestarias previstas, contrapartida de préstamos externos, si después de evaluar el avance físico y financiero de los proyectos, se establece que la utilización de los recursos no está acorde con la programación y con las cláusulas de los convenios respectivos o con los documentos complementarios que para el efecto sean firmados. Al acordarse la suspensión, ésta también podrá aplicarse a los servicios de supervisión de los proyectos. De igual forma se procederá en el caso de las obras o proyectos financiados con recursos internos, cuando el avance físico no esté acorde con el-avance financiero. XIII Las unidades que tengan a su cargo la ejecución de programas o proyectos de inversion, deberán informar a la Dirección de Finanzas cuando se finalice la construcción de cada obra, con el propósito de incorporar al patrimonio Municipal la obra concluida, para efectos de inventario. XIV Los vehículos que hayan adquirido o adquieran en el futuro las unidades ejecutoras de proyectos de inversión, ya sea con fondos asignados en su respectivo presupuesto o con donaciones especificas, deberán estar exclusivamente al servicio directo del proyecto de que se trate, mientras dure su ejecución. Se sancionará a los funcionarios o empleados que autoricen el uso de tales vehículos para fines distintos a los del proyecto. xv Los vehículos propiedad de la Municipalidad, estarán disponibles para la realización de las distintas actividades,
empleados que autoricen el uso de tales vehículos para fines distintos a los del proyecto. xv Los vehículos propiedad de la Municipalidad, estarán disponibles para la realización de las distintas actividades, comisiones o labores que demande la Administración Municipal. La asignación de cada vehículo deberá hacerse conforme las circunstancias o labor que debe llevar a cabo, el funcionario a quien se le asigne. La Dirección de Finanzas sera la responsable del Inventario de los vehículos municipales. Cuando se adquieran vehículos nuevos, podrán entregar a cuenta del precio correspondiente, los usados que estén al servicio de la Municipalidad, previo dictamen de la Dirección de Finanzas de la Municipalidad.stra JU ri concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 13 XVI Las dependencias municipales que para la ejecución de sus programas requieran bienes, servicios personales, no personales y de suministro deberán adquirirlos en las dependencias públicas aplicando el Articulo 2°. Del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado), y su reglamento, salvo que éstas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. XVII En las especificaciones para la cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la calidad y cantidad necesarias y que se provean los manuales en español para guía de operaciones y mantenimiento correspondiente. Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el Presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. XVIII
Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el Presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. XVIII Las asignaciones previstas en el presupuesto para cl pago de la deuda pública, deberán utilizarse únicamente para ese fin y se procurará no transferir a otros Programas Aplicación del Saldo de Caja. El saldo de caja del ejercicio fiscal anterior, podrá presupuestarse y aplicarse en su orden: a) Pago de la deuda flotante correspondiente al ejercicio fiscal fenecido b) Amortización de la deuda pública interna y externa. e) Proyectos en proceso de ejecución. d) Prestaciones que resulten del cese de la relación laboral, en estos casos el pago de indemnizaciones procederá de acuerdo a la política de la administración que persiga la disminución del pasivo laboral.v M U N l concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 14 XIX Las acreedurías del ejercicio fiscal anterior sólo podrán efectuarse cuando provengan de obligaciones legítimamente contraídas; entendiéndose como tales aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de ley y se haya recibido el bien o servicio. XX
XIX Las acreedurías del ejercicio fiscal anterior sólo podrán efectuarse cuando provengan de obligaciones legítimamente contraídas; entendiéndose como tales aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de ley y se haya recibido el bien o servicio. XX A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias superiores a OCHOCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q. 800,000.00), serán aprobadas por el Consejo Municipal y se les dará trámite. si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto; siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia o a Ctra dependencia de la misma dirección en este ultimo caso deberá contarse con la anuencia del jefe de la unidad Ejecutora afectada. Cuando se trate de solicitudes de traslado de una Dirección a otra, se requerirá la anuencia del respectivo Director. así como del Jefe de la Actividad y /o Proyectos que decrementa su presupuesto. Toda solicitud de transferencia deberá ser previamente autorizada por la Dirección Financiera y posteriormente analizada por el Departamento Técnico de Presupuesto previo visto bueno del señor Alcalde. De las Transferencias de Asignaciones Presupuestarias, únicamente serán autorizadas durante cl segundo, tercer y cuarto trimestre del presente ejercicio fiscal año 2003. XXI Transferencias de recursos a entidades y organizaciones No Gubernamentales Se faculta a la Dirección Financiera para que a través del Programa de Transferencias Corrientes pueda transferir & entidades del Sector Privado comprendidos como subsidios a Instituciones de enseñanza, de Servicios de Salud y Asistencia Social, Científicas, Tecnológicas, Religiosas y contribuciones para el funcionamiento de diversas entidades e instituciones sin fines de lucro.
21 Calle 677, Zona 1 - Centro Cívico - Palacio Municipalstra o JU ni concejo municipal Acuerdo de Aprobación del Presupuesto para el año 2003 Hoja No. 15 XXII El Presupuesto podrá'ser ampliado durante el ejercicio fiscal año 2003, cuando la Institución obtenga ingresos extraordinarios provenientes de Subsidios, donaciones, contratación de préstamos y empréstitos, nuevas tasas, arbitrios o aumentos a los establecidos, saldo de ejercicios anteriores, y otros, XXI La Comisión de Caja juntamente con la Dirección Financiera elaborará la estimación mensual de ingresos a percibir durante el ejercicio 2003, con el objeto de que la Tesorería Municipal con base en dicha estimación, fije a cada Dirección y Unidades Ejecutoras de fondos específicos y privativos, la cuota de compromiso para que puedan presentar su plan mensual de caja. La Dirección Financiera podrá ajustar las cuotas de gasto, según el comportamiento de los ingresos.
Artículo Séptimo: Se faculta a la Dirección de Finanzas para que programe analiticamente según su fuente, la estimación de ingresos que establece este Acuerdo.
Artículo Octavo: Los Jefes o responsables de las dependencias quedan obligados a la observancia de lo dispuesto en estas normas, en la ejecución de sus respectivos presupuestos para el ejercicio Fiscal del año 2003.
Artículo Noveno: El Presente acuerdo entra en vigencia, a partir del uno de enero del año 2003 y tendrá validez hasta el treinta y uno de diciembre del mismo año. a los cuatro Vías del mes de Dado en el salón de sesiones “Miguel Angel Asturias” del Palacio Municipal, diciembre del año dos mil dos.
22 Fritz: