COM-033-2002
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-033-2002
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2002
y M U N l concejo municipal
ACUERDO No. COM 03302
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que es competencia de la Corporación Municipal formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral, así como emitir y ejecutar las ordenanzas y reglamentos de su Municipio de acuerdo con las facultades otorgadas por la ley, en función de un mejoramiento del medio ambiente y por lo tanto, de la calidad de vida de la población.
CONSIDERANDO: Que con el fin de preservar la calidad de vida en las áreas residenciales y ordenar el desarrollo urbano del Municipio de Guatemala, el Concejo Municipal emitió el Acuerdo 42-2001 que contiene la Declaratoria de Áreas Residenciales del Municipio de Guatemala, sín que se haya establecido la delimitación exacta de los distintos sectores residenciales.
CONSIDERANDO: Que se han presentado solicitudes de aprobación de localización de establecimientos abiertos al público en sectores de lo que se conoce como Ciudad Vieja en la Zona 10 del Municipio de Guatemala, debiéndose delimitar los sectores dentro de dicha área en los que es necesario preservar las cualidades residenciales.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 97, 134, 253 y 254 de la Constitución de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35, 38, 40, 67, 68, 142, y 143 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA: La delimitanión de sectores residenciales dentro del Área Residencial de Cludad Viej en la Zona 10 del Municipio de Guatemala
ACUERDA: La delimitanión de sectores residenciales dentro del Área Residencial de Cludad Viej en la Zona 10 del Municipio de Guatemala Artículo 1%, Se aprueba la delimitación de los sectores A y B del Área Residencial de Ciudad Vieja en la Zona 10 del Municipio de Guatemala, conforme el Plano adjunto.
Artículo 2°. El presente acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES “MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS™REL PALACIO MUNICIPAL, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL ( O DOS MIL DOS
Alcalde 21 Calle 6-77, Zona 1 - Centro Cívico - Palacio MunicipalUNIVERSIDAD