COM-034-2000
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-034-2000
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2000
Regulación para el transporte de carga a granel de 1.5 toneladas.
Aprobado: 12 de abril/2000.
Este acuerdo se encontraba en Secretaría, lo devolvieron firnado el 30 de mayo. El Lic. Franco indicó que sí debe publicarse, por eso se envía hasta esta fecha. con . pal municipalidad Silvia. guatemal A CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo de Alcaldía de fecha 8 de septiembre del 2000, publicado en el Diario Oficial el 29 del mismo mes y año, se acordó el traslado de los mayoristas del Mercado La Terminal como del mercado denominado “El Tomatero” a la Central de Mayoreo -CENMA-. CONSIDERANDO Que el proceso de traslado no se ha completado, en virtud de que algunos transportistas de productos perecederos continúan abasteciendo a los mayoristas que se oponen al traslado, con lo cual están generando una competencia desleal con los comerciantes que acataron la disposición municipal de trasladarse a la Central de Mayoreo. CONSIDERANDO Que se hace necesario dictar las disposiciones legales necesarias, con el objeto de garantizar el abastecimiento de productos en la Central de Mayoreo.
POR TANTO: Con base a lo anteriormente considerado y lo que establecen los artículos 253, 254, de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 4, 6, 39, 40 del Código Municipal, Decreto No. 58-88 del Congreso de la República, 5, 8, 77 y 78 del Reglamento de Tránsito.
ACUERDA: Artículo 1. Todo vehículo de una o más toneladas que ingrese a la ciudad de
República, 5, 8, 77 y 78 del Reglamento de Tránsito.
ACUERDA: Artículo 1. Todo vehículo de una o más toneladas que ingrese a la ciudad de Guatemala, que transporte productos perecederos para abastecimiento de los vecinos, deberá ser descargado en la Central de Mayoreo -CENMAArtículo 2. La Policía Municipal de Tránsito, impondrá las multas que establece el Reglamento de Tránsito, a los vehículos que infrinjan la anterior disposición. palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353muni concejo municipal municipalidad guatemala Artículo 3. El presente Acuerdo entra en vigencia el día de su publicación en
el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL ASTURIAS” DEL
PALACIO MUNICIPAL, A LOS TREINTA Y UN DIAS
DEL AÑO DOS MIL.
MES DE OCTUBRE palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353