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COM-038-2006

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-038-2006
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2006

ACUERDO No. COM-038-2006

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que en sesión celebrada el veintitrés de noviembre del dos mil seis, la JUNTA DIRECTIVA de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana — EMETRA -, aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de dicha Entidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal del año dos mil siete. CONSIDERANDO Que los ingresos percibidos durante el año dos mil seis han sido cuantificados razonablemente en concordancia con la realidad financiera de la Entidad en lo relativo a fuentes de recurso por los cobros que realiza, y estimando los que pueden percibirse para el Ejercicio Fiscal 2007 CONSIDERANDO Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado dentro de los lineamientos y procedimientos técnicos y legales para la elaboración del Presupuesto por Programas, emanados por los entes rectores, tomando en cuenta las necesidades de recursos presupuestarios, a fin de que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana - EMETRA -, atienda sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones que por Ley le compete. POR TANTO Con base en lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República, los artículos 126, 129 y 131 del Código Municipal, Decreto número 122002, del Congreso de la República de Guatemala.Concejo Municipal Pás

ACUERDO No. COM-035-2006

2

ACUERDA

República, los artículos 126, 129 y 131 del Código Municipal, Decreto número 122002, del Congreso de la República de Guatemala.Concejo Municipal Pás

ACUERDO No. COM-035-2006

2 ACUERDA ARTICULO 1° Presupuesto de Ingresos. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana — EMETRA — para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, por un valor total de CIENTO CUATRO MILLONES SEISCIENTOS

OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS

(Q.104,685,176.00), distribuidos de la manera siguiente: el B g - >| 8| & DENOMINACION APROBADO 2007 | TOTAL mi 2 3

TOTAL TO BOS TUDO | 10400517600 7 70 [ORIGINADOS DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS 5617000 ESE

INGRESOS POR MORA ENEE]

7 40 INGRESOS POR TASAS ANUALES SO0 —25205,085.00

TAXIS ESTACIONARIOS 0360000

TAXIS ROTATIVOS 3060200

FLETEROS PCR UPS 7700000

FLETEROS CAMIONES 372800

RECOLECTORES 12450000

PARQUIMETROS 205353000

INGRESO POR USUFRUCTO 203580000

SOLVENCIAS T500.00000

SOLVENCIAS DE TRANSITO: 1750000000

CARNETS APILOTOS 52141000

PILOTOS TAXIS ROTATIVOS 20000007

PILOTOS TAXIS ESTACIONARIOS EE

SOLVENCIAS T500.00000

SOLVENCIAS DE TRANSITO: 1750000000

CARNETS APILOTOS 52141000

PILOTOS TAXIS ROTATIVOS 20000007

PILOTOS TAXIS ESTACIONARIOS EE

PILOTOS BUSES ESCOLARES Ta 50800

PILOTOS FLETEROS PICK UPS 7708800

PILOTOS BUSES URBANOS 205,128 00Concejo Municipal ACUERDO No. COM-038-2006 Página 3 e fl e £ g 2 OENOMINACION APROBADO 2007 | Toral Rl gi 8

PILOTOS FIETEROS CAMIONES EE

PILOTOS BUSES EXTRA URBANOS 72080

ESTACIONAMIENTOS MUNICIPALES 525720000

PARQUEO PLAZA TADA 236700000 PARCUEO PLAZA MAYOR 556000 00

PARQUEO PLAZA SAGRARIO G000 60 PARQUEO PARROQUIA 12800

PARQUEO TELSUA EEE PAQUEO INDUSTRIA CONCO 7200000

TARJETA DE OPERACIÓN 498,316.00

TARJETA DE OPERACIÓN TAXIS ESTACIONARIOS 51,800.00

TARJETA DE OPERACIÓN TAXIS ROTATIVOS: 296,100 00

TARJETA DE OPERACIÓN FLETEROS CAMIONES 4,564.00

TARJETA DE OPERACIÓN FLETEROS PICK UPS 056050

TARJETA DE OPERACIÓN BUSES URBANOS 5200 TARJETA DE OPERACIÓN BUSES ESCOLARES 2583200

RODAJE DE TRANSPORE EXTRAURBANG ANUAL 35520000

RODAJE DE TRANSPORE EXTRAURBANG 23520007

INGRESOS POR INSCRIPCIONES MENSUALES REI]

TAXIS ESTACIONARTOS 1220000 TAXIS ROTATIVOS 7120000

RODAJE DE TRANSPORE EXTRAURBANG 23520007

INGRESOS POR INSCRIPCIONES MENSUALES REI]

TAXIS ESTACIONARTOS 1220000 TAXIS ROTATIVOS 7120000

FLETEROS CAMIONES 50000

FIETEROS PICK UPS 7070070 BUSES URBANOS 70082000

INGRESOS POR TASAS MENSUALES TR0 TAS ESTACIONARIOS 401,400

TAXIS ROTATIVOS 7756 55000

FLETEROS CAMIONES 500000 FLETEROS FIGKUPS EX BUSES URBANOS: ELE INGRESO POR CONCEPTO DE MULTAS AA ME MULTAS AL TRANSPORTE 240000500Concejo Municipal ACUERDO No. COM-038-2006 Página 4 o fa E 8§ ¢ DENOMINACIÓN APROBADO 2007 | Toral 4 2 8

TEPOS SR

MULTAS TRANSITO 7007451000

MULTAS PARQUIMETROS 559,000 00

REGUPERAGION DE MULTAS DE TRANSITO 1572770800

INGRESOS VARIOS Er TRES] —241 5000 INGRESOS VARIOS 14246400

CAPACITACIÓN DE PILOTOS (TERA FASE) 20552000

CAPACITACION DE PILOTOS (2D FASE) 50362 00

ARRENDAMIENTO DE PASARELAS 510200

ARRENDAMIENTO DE PUENTES 72720000

CAPACITACION A PILOTOS RETROALIMENTACIÓN 327 74000 7 37 | INTERESES POR DEPOSITOS BANCARIOS 0000000] 80000000

INTERESES go 00000 27 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS 7,000,000.00 7,000,000.0

7 37 | INTERESES POR DEPOSITOS BANCARIOS 0000000] 80000000

INTERESES go 00000 27 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS 7,000,000.00 7,000,000.0

SALDO DE CAJA DE EJERCICIO FISCAL 2005 7,000,000 00

Artículo 2° Presupuesto de Egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, EMETRA, para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil siete,

por el valor de CIENTO CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y

CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS

(Q.104,685,176.00), distribuidos de la forma siguienteConcejo Muni ACUERDO No. CO! Página 5

PRESUPUESTO POR TIPO DE GASTO

CODIGO DESCRIPCIÓN APROBADO 2007

TOTAL: 104,685:176.00

T GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 57.263.95000

27 GASTOS DE CAPITAL 7401,226.00

PRESUPUESTO POR CATEGORIA PROGRAMATICA

PROG. | ACTI. DESCRIPCION APROBADO 2007

TOTAL: 104,685,176.00 o1 ACTIVIDADES CENTRALES 31,476,661.00 — 07 | Drección y Coordinación Institucional 6.584.051.00 02 — | Ayministración Institucional 73,427,76100 03 | Administración Financiera 10,105,250.00 04 | Servicios Jurídicos 7,301,599.00

02 — | Ayministración Institucional 73,427,76100 03 | Administración Financiera 10,105,250.00 04 | Servicios Jurídicos 7,301,599.00 E SERVICIOS MUNICIPALES DE REGULACIÓN 73,206,515.00 DE TRANSITO 01 [Regularización del Trénsito 7326851500Concejo Municipal

ACUERDO No. COM-038-2006

Página 6

PRESUPUESTO POR GRUPO DE GASTO

GRUPO CONCEPTO APROBADO

2007

TOTAL: 104,685,176.00 o SERVICIOS PERSONALES 65,022,121.00

1 SERVICIOS NO PERSONALES 15,959,500-00

2 MATERIALES Y SUMINISTROS 14,267,329.00 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES 7,401,226.00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1,635,000-00 8 OTROS GASTOS 100,000/00]

B ASIGNACIONES GLOBALES 300,000.00

PRESUPUESTO POR GRUPO Y RENGLON DE GASTO

REN CONCEPTO APROBADO

2007

TOTAL: 104,685,176.00 0 SERVICIOS PERSONALES 65,022,121.00 022 | PERSONAL POR CONTRATO 46,258,068 00) 026 | COMPLEMENTOS POR CALIDAD PROFESIONAL 53,500.00 027 [COMPLEMENTOS ESPECIFICOS AL PERSONAL 2,854,125.00

TEMPORAL 928 [OTRAS REMUNERACIONES AL PERSONAL TEMPORAL 3,041,604.00

042 | SERVICIOS EXTRAORDINARIOS AL PERSONAL 300,000.00 TEMPORAL

TEMPORAL 928 [OTRAS REMUNERACIONES AL PERSONAL TEMPORAL 3,041,604.00 042 | SERVICIOS EXTRAORDINARIOS AL PERSONAL 300,000.00 TEMPORAL 061 [DIETAS JUNTA DIRECTIVA, ASESORAS O CONSTULTIVAS 3,340,800.00Concejo Municipal ACUERDO No. COM-038-2006 Página 7

REN CONCEPTO APROBADO 2007 0717 [AGUINALDO 4,335,012.00 072 | BONIFICACION ANUAL (BONO 14) 4335,012.00 073 | BONO VACACIONAL 435,000.00

T SERVICIOS NO PERSONALES 5,959,500.00 111 [ENERGIA ELECTRICA 706,000 00

T3 | TELEFONIA 700,000.00 774 [CORREOS Y TELEGRAFOS 70,000.00 127 |PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 1,500,000.00 122 |IMPRESION, REPRODUCCION Y ENCUADERNACIÓN 450,000.00 131 [VIATICOS EN EL EXTERIOR 210,000.00 141 | TRANSPORTE DE PERSONAS 32,000.00 142 |FLETES 16,000.00 151 [ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES 864,000.00

753 [ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE 50,000.00

OFICINA 166 | ARRENDAMIENTO DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 550,000.00 157 [ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE COMPUTO 25,000.00

162 | MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE OFICINA 85,000.00

164 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO 48,500.00

157 [ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE COMPUTO 25,000.00

162 | MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE OFICINA 85,000.00

164 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO 48,500.00

EDUCACION CULTURAL Y RECREATIVO

165 | MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MEDIOS DE 2.000,000.00

TRANSPORTE Tes | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO PARA 70,000.00

COMUNICACIÓN

768 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE 705,000.00

COMPUTO 769 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS MAQUINAS 5.000.00

Y EQUIPOS 171 [MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS 255,000.00

173 | MANTENIMIENTO Y REPARACIONES DE BIENES 1,500,000-00

NACIONALES DE USO COMUN

174 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE INSTALACIONES 305,000.00

176 | MANTENIMIENTO Y REPARACIONES DE OTRAS OBRAS E 1,000.00

INSTALACIONES 84 [SERVICIOS ECONOMICOS CONTABALES Y DE AUDITORIA 100,000.00Concejo Municipal ACUERDO No. COM-038-2006

Página 8 REN CONCEPTO APROBADO 2007 85 | SERVICIOS DE CAPACITACION 25,000.00 186 [SERVICIOS DE INFORMATICA Y SISTEMAS 50,000.00 COMPUTARIZADOS 187 [SERVICIOS DE ACTUACIONES ARTICISTICAS Y 10,000.00

DEPORTIVAS 785 [OTROS ESTUDIOS Y SERVICIOS 5,150,000.00

187 [SERVICIOS DE ACTUACIONES ARTICISTICAS Y 10,000.00

DEPORTIVAS 785 [OTROS ESTUDIOS Y SERVICIOS 5,150,000.00

191 |PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS Y FIANZAS 716,000.00 184 | OTRAS COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS 500,000.00 785 | IMPUESTOS, DERECHOS Y TASAS 50,000.00 188 | SERVICIOS DE ATENCION Y PROTOCOLO 700,000.00 198 [OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 257.000,00 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 14,267,329.00 2117 [ALIMENTOS PARA PERSONAS 300,000.00 214 [PRODUCTOS AGROFORESTALES. MADERA CORCHO Y 5.000.00 SUS MANUFACTURAS 223 | PIEDRA, ARCILLA Y ARENA 15,000 00 229 [OTROS MINERALES 5,000.00 231 [HILADOS Y TELAS 16,000.00 232 [ACABADOS TEXTILES 30.00000 233 [PRENDAS DE VESTIR 1,940,000-00 239 [OTROS TEXTILES Y VESTURARIO 5,000.00 241 |PAPELDE ESCRITORIO 300,000.00 242 | PAPELES COMERCIALES, CARTONES Y OTROS 15,000.00 243 [PRODUCTOS DE PAPEL O CARTON 131,000.00 244 | PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS 40,000.00 245 | LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS 10,000.00 247 ¡ESPECIES TIMBRADAS Y DE VALORES 10,000-00 254 [ARTÍCULOS DE CAUCHO 6,000.00

259 [OTROS PRODUCTOS DE CUERO Y GAUCHO 1,000.00

247 ¡ESPECIES TIMBRADAS Y DE VALORES 10,000-00 254 [ARTÍCULOS DE CAUCHO 6,000.00 259 [OTROS PRODUCTOS DE CUERO Y GAUCHO 1,000.00 261 [ELEMENTOS Y COMPUESTOS QUIMICOS 13,000:00 262 | COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 2,750,000:00Concejo Municipal

ACUERDO No. COM-0

Página 9 REN CONCEPTO APROBADO 2007 264 |INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y SIMILARES 9,000.00 266 [PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS 6,000.00 267 | TINTES, PINTURAS Y COLORANTES 520,000.00 268 [PRODUCTOS PLASTICOS NYLON, VINIL Y PV.C 125,000.00 269 [OTROS PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS 77,500.00 271 |PRODUCTOS DE ARCILLA 1,000.00 272 | PRODUCTOS DE VIDRIO 6,500.00 273 | PRODUCTOS DE LOZA Y PORCELANA 18,500.00 274 [CEMENTO 30,000.00 283 [PRODUCTOS DE METAL 65,000.00 284 [ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS 3,100,000.00 285 [MATERIAL Y EQUIPO DIVERSO 500,000.00 286 | HERRAMIENTAS MENORES 32,500.00 289 | OTROS PRODUCTOS METALICOS 17,000.60 251 [UTILES DE OFICINA 300,000.00 282 [UTILES DE LIMPIEZA Y PRODUCTOS SANITARIOS 307,000.00 293 [UTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES 30,500.00 284 [UTILES DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 30,500.00

282 [UTILES DE LIMPIEZA Y PRODUCTOS SANITARIOS 307,000.00 293 [UTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES 30,500.00 284 [UTILES DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 30,500.00 295 [UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICOS Y DE 50,000.00

LABORATORIO. 28 [UTILES DE COCINA Y COMEDOR 5,500.00

287 | UTILES, ACCESORIOS Y MATERIALES ELECTRICOS 7,600,000.00 208 | ACCESORIOS Y REPUESTOS EN GENERAL 1,400,000.00 299 [OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS 312,829.00 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES 7,401,226.00 322 | EQUIPO DE OFICINA 175,426.00 325 [EQUIPO DE TRANSPORTE 5,418,000.00 326 [EQUIPO PARA COMUNICACIONES 272,430.00 328 | EQUIPO DE COMPUTO 449,870.00 329 [OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 745,600.00]Concejo Municipal ACUERDO No. COM-038-20( Página 10 REN CONCEPTO APROBADO 2007 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1,635,000-00 412 [PRESTACIONES POSTUMAS 150,000-00 413 | INDEMNIZACIONES AL PERSONAL 300,000.00 415 [VACACIONES PAGADAS POR RETIRO 450,000.00 419 [OTRAS TRASFERENCIAS A PERSONAS 700,000.00 423 [PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL 110,000.00 424 | PRESTACIONES GLOBALES POR INCAPACIDAD 15,000.00

PERMANENTE

419 [OTRAS TRASFERENCIAS A PERSONAS 700,000.00 423 [PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL 110,000.00 424 | PRESTACIONES GLOBALES POR INCAPACIDAD 15,000.00

PERMANENTE

458 SERVICIOS GUBERNAMENTALES DE FIZCALIZACION 400,000.00

459 [TRANSFERENCIAS A OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR 0.00

PUBLICO 8 OTROS GASTOS 100,000.00 823 [DEVOLUCIONES 100,000.00 9 ASIGNACIONES GLOBALES 300,000.00 913 | SENTENCIAS JUDICIALES 300,000.00

NORMAS PRESUPUESTARIAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007

ARTICULO 3 Disposiciones Complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Código Municipal, Decreto No. 12-2002, del Congreso de la República. DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ARTICULO 4°. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de EMETRA será regulada por las siguientes normas:Concejo Municipal

ACUERDO No, COM-038-2006

Página 11 Informes trimestrales. La ejecución, control y evaluación del Presupuesto de Ingresos Corrientes en forma analítica, será realizada por la Dirección Financiera, por medio del Departamento de Presupuesto, quien deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta días (30) siguientes después de finalizado cada trimestre. Cumplimiento de metas por dependencia. La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de la funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2007,

de finalizado cada trimestre. Cumplimiento de metas por dependencia. La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de la funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2007, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro de ingresos; a saber Plan Anual de Ingresos. Se formulará y desarrollará durante el Ejercicio Fiscal 2007; para tales propósitos, dicho plan integrará, como mínimo, los programas siguientes: a) Seguimiento al programa anual de control y fiscalización de los ingresos que permita a la Entidad desarrollar sus planes para reordenamiento vehicular en la ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana. b) Mejorar la efectividad de control interno implementado para la inscripción y autorización de taxis rotativos como estacionarios. c) Intensificación del programa anual de capacitación, para el personal operativo como administrativo; con el objeto de hacer eficiente la cartera que se encuentra pendiente de cobro DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS ARTICULO 5°. Priorización y racionalización del gasto. Para el Ejercicio Fiscal 2007, en la utilización de los recursos aprobados en el Presupuesto General de Egresos deberá aplicarse una política estricta de priorización y racionalización del gasto, el que conduzca al uso óptimo de los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios queConcejo Municipal

ACUERDO No. COM-038-2006

Página 12 tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el

Página 12 tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad. ARTICULO 6°, Responsables de la ejecución de gastos. En la ejecución del Presupuesto de Egresos además de las disposiciones legales ordinarias, se observan las normas siguientes Los funcionarios, a cargo de sus Departamentos, son responsables de la correcta ejecución de los programas y proyectos contemplados en el Presupuesto General de Egresos, conforme la distribución analítica formulada en el Presupuesto. Para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el Presupuesto, deberán: Requerimiento de recursos financieros, Presentar en los primeros quince días del Ejercicio Fiscal 2007, una programación de los requerimientos financieros y de compras acorde con sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance fisico a nivel del renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda Registro y control presupuestario. Los Departamentos y Unidades Ejecutoras quedan obligados a llevar registros y control de sus asignaciones, debiendo establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria Registro y control de proyectos. La Dirección Financiera de EMETRA, queda

establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria Registro y control de proyectos. La Dirección Financiera de EMETRA, queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de renglón de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este Presupuesto, a traves del Sistema Integrado deConcejo Municipal

ACUERDO No. COM-038-2006

Página 13 Administración Financiera - SIAF-MUNI, o el que durante el ejercicio fiscal 2007 pueda incorporarse. LU Contratos y Licitaciones. Las dependencias de la Entidad, cuya ejecución de sus programas y proyectos se realice por medio de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Lugar de desempeño de funciones. Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la dependéncia administrativa donde el mismo se encuentre presupuestado. Es responsabilidad de la Dirección General el cumplimiento de esta disposición v Servicios temporales. La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración, deberá ser autorizada por el Director General de EMETRA, basada en disponibilidad presupuestaria asignada en el presente ejercicio fiscal. vi Contratación en los puestos profesionales. Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de un actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama

vi Contratación en los puestos profesionales. Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de un actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. VII Retención temporal de salarios. Los Departamentos autorizados y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas pendientes con la misma, sin contravenir el porcentaje estipulado en las leyes específicas.Concejo Municipal ACUERDO No. COM-038-2006 Página 14 Los salarios o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza al Director General de EMETRA, a fin de que conforme a su criterio y sin prejuicio de los intereses de la Entidad, acepte y formalice por escrito que el, o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. X Salarios por fallecimiento. Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago; se cancelarán mediante Acuerdo de la Dirección General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de propiedad: el cónyuge o conviviente, hijos menores o incapaces y a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empleado tuviere acumuladas. X

menores o incapaces y a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empleado tuviere acumuladas. X Fondo de Ahorro del Empleado de EMETRA: El ahorro a que se refiere el último párrafo de la norma que antecede, es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre sueldo fijo que figura en cuenta especial. Dicha retención se hará de enero a octubre del ejercicio fiscal vigente y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos, en que el trabajador, solicite que le sea devuelto con antelación. Articulo 7, Economías generadas en el grupo de gasto, 0 Servicios Personales. Las economías trimestrales que se causen en el grupo O "Servicios Personales" (sueldos, salarios y beneficios de los mismos), no son transferibles, y podrán utilizarse solo en los siguientes casos: a) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia Municipal o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley. b) Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal.Concejo Municipal ACUERDO No. COM-038-2006 Página 15 e) Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. Articulo 8. No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que

e) Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. Articulo 8. No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las politicas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad. Presupuestariamente la reorganización se entiende como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la Entidad. Las reorganizaciones aún cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de la Dirección General, por medio de la Dirección Financiera Articulo 9. Subgrupo Maquinaria y Equipo. Todas las asignaciones presupuestarias aprobadas dentro del grupo de gasto 3 "Propiedad, Planta, Equipo e intangibles”, por ninguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaria y Equipo responden a una programación detallada por la Unidad de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución de la Dirección Financiera, exceptuando de esta disposición el renglón 325 Equipo de Transporte para lo cual se requiere autorización previa de la Dirección General. Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección General. Articulo 10. Uso de equipo de transporte de la Entidad, No deberán estar para

de la Dirección General. Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección General. Articulo 10. Uso de equipo de transporte de la Entidad, No deberán estar para el uso exclusivo de un funcionario o empleado, sino disponibles para la realización de las distintas actividades, que demanda la ejecución de programas previamente definidos. Los vehículos deben ser marcados en lugar visible y fácilmente legible con el nombre de la Entidad. Así mismo, las asignaciones de cada vehículo deberán hacerse en atención a las labores que se deban desarrollar, provisionándose del combustible que sea necesario en base a las políticas definidas por la administración.Concejo Municipal ACUERDO No, COM-038-2006 Página 16 La Dirección Administrativa velará por el cumplimiento de la presente norma, recomendando a la Dirección General de EMETRA, las sanciones que correspondan de acuerdo a las políticas previamente establecidas Articulo 11. Compras a empresas Estatales. Los departamentos de la Entidad que para la ejecución de sus programas requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 2°. Del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República ( Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. Los materiales, equipo. maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. Articulo 12. Garantías en las compras. En las especificaciones para cotización

Los materiales, equipo. maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. Articulo 12. Garantías en las compras. En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, asi como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en calidad y cantidad necesarias y que se provean los manuales en español para guía de operaciones y el mantenimiento correspondiente. Articulo 13. Pago de deudas de años anteriores. Las acreedurías de Ejercicios Fiscales anteriores que se encuentren pendientes de pago, podrán pagarse siempre y cuando provengan de obligaciones legítimamente contraídas; entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de la Ley y se han recibido los bienes o servicios. Las deudas legítimamente contraídas que se encuentren pendientes de pago al 31 de diciembre 2006 así como aquellos compromisos correspondientes al fideicomiso denominado FIDEMETRA, previo análisis de su situación, podrán cubrirse aplicando el gasto a los créditos disponibles de cada Unidad Ejecutora, con cargo al Presupuesto General de Egresos de EMETRA correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007. Articulo 14, Modificaciones presupuestarias. A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley contenidos el Decreto número 101-97 (Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento); siempre que los departamentos interesados propongan las partidas de las que se tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la

la Ley contenidos el Decreto número 101-97 (Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento); siempre que los departamentos interesados propongan las partidas de las que se tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia se requerirá la firma del Director General. Cuando se trate deConcejo Municipal ACUERDO No, COM-038-2006 Página 17 solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia de los jefes de ambas dependencias y del funcionario a cargo de la Dirección General, mismas que serán aprobadas por medio de Resolución Interna. Las transferencias de asignaciones hasta por NOVECIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.900, 000.00) deberán ser aprobadas por la Dirección Financiera, previo Visto Bueno de la Dirección General En lo que respecta a las modificaciones tendientes a aumento o disminución del Presupuesto, siempre que no afecten los Gastos de Inversión, deberán ser aprobadas por la autoridad administrativa superior de la Entidad, recayendo tal responsabilidad en la Junta Directiva, a excepción de modificaciones del Grupo 0 servicios personales y 3 Propiedad, Planta e Intangibles, que corresponde al Concejo Municipal, emitiendo en tal sentido la correspondieñte certificación del punto de acta aprobado por cada instancia. Articulo 15, Ampliaciones presupuestarias. El Concejo Municipal, podrá aprobar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación al presupuesto asignado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes y su fuente de financiamiento. Articulo 16. Transferencias de recursos a Entidades y Organizaciones No

situación especial que amerite ampliación al presupuesto asignado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes y su fuente de financiamiento. Articulo 16. Transferencias de recursos a Entidades y Organizaciones No Gubernamentales. Se faculta a la Dirección Financiera para que a través del Programa

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