COM-039-2000
CONCEJO MUNICIPAL
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- COM-039-2000
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2000
muni concejo municipal municipalidad guatemala El CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que con fecha 6 de julio de 1988, el Honorable Concejo Municipal de esta ciudad facultó al señor Alcalde, para que pudiera otorgar, a solicitud de los interesados y por una sola vez, ayudas económicas hasta por Mil Quetzales (01,000.00), en programas de asistencia social, recreo y otras actividades culturales que patrocinen entidades del Estado, autónomas, semiautónomas y descentralizadas, así como clubes sociales que proporcionen servicios a la comunidad.
CONSIDERANDO: Que en las circunstancias acutales, por el incremento en el costo de bienes y servicios, la cantidad establecida como límite, ya no es suficiente para que pueda concederse una ayuda que sea realmente efectiva, y en consecuencia, se hace necesario aumentar el limite indicado.
POR TANTO: En uso de las facultades que le confieren los artículos 3, 6, 39, 40, 83 y 84 del Código Municipal, Decreto No.58-88 del Congreso de la República; ACUERDA: Artículo 10. Se modifica el artículo 1°. del Acuerdo del Concejo Municipal de fecha 6 de julio de 1988, el cual queda así: “Artículo 1°. Se faculta al Alcalde Municipal para que pueda otorgar ayuda económica hasta por la suma de Quince Mil Quetzales (015,000.00), a las personas individuales o jurídicas que lo soliciten y por una sola vez al año, en concepto de asistencia social, recreación y otras actividades culturales en beneficio de los vecinos de la ciudad. Cuando se trate de solicitudes de erogaciones mayores de tal cantidad, las resolverá el Honorable Concejo, efectuándose en ambos casos las erogaciones
en beneficio de los vecinos de la ciudad. Cuando se trate de solicitudes de erogaciones mayores de tal cantidad, las resolverá el Honorable Concejo, efectuándose en ambos casos las erogaciones con cargo al Programa: “Transferencias y Contribuciones Municipales", del renglón y la partida presupuestaria correspondiente.” Artículo 20. El presente acuerdo entra en vigencia inmediatamente. EL ALCALDE palacio municipal rantra cívico zone << 20121 1.8 ext. 7"Expediente (Ref.) Fo.1309/2000. Prorrogar hasta el 31 de enero del año 2001, la intervm transporte público urbano por antobuses, an el mmmicipic de Muatenale, CONCEJO MINICIPAL: Cuatemala, veintiuno de diciembre ¿el año dos mil,— En sesión extraordinaria celebrada el dfa de ayer, vointo del me y ño an curso, poto 20. del acta No.151, resolvió: Prorro, into y me de enero del año dos mil uno (31 de enero de 2001), intervención “el servicio > transporte ¿blico urbano por sutobuses, que se presto on al Maicipio de Guatemala; debiéndose observar “as mismas condiciones est acuerdo de esto Cuerpo Cole.iado, de fecha veintiocho fl dos mil (2000), que originó la intervención.— La smute resolución debo publicarse en el Diario Oficial.- ase atentamente Secretario Mmicipal para que lo acumule a sus antecedentes y continúe con su trámite, ¿revis notificación. /et~