COM-039-2006
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-039-2006
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2006
Concejo Municipal ACUERDO No. COM-039-06 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que en sesión celebrada el dieciséis de noviembre del dos mil seis, según Acta número ochenta y nueve guión dos mil seis (89-206). la Junta Directiva, aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala, EMPAGUA, correspondiente al ejercicio fiscal dos mil siete. CONSIDERANDO Que el Presupuesto de Ingresos comprende la estimación de los recursos financieros que en la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala, EMPAGUA, se tienen previstos a percibir durante el ejercicio fiscal dos mil siete, los cuales han sido cuantificados razonablemente, tomando en cuenta su actual situación financiera. CONSIDERANDO Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado programáticamente, tomando en cuenta la disponibilidad de recursos. a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones básicas como: la prestación mejoramiento y ampliación de los servicios de agua potable. así como los servicios de alcantarillado y drenajes. POR TANTO Con base en lo dispuesto por los artículos 253 de la Constitución Política de la República. 35 literales e). f) y i), 125, 126, 128, 129, y 133 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, y la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República.
ACUERDA
Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República. ACUERDA ARTICULO lo. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Gualemala, EMPAGUA, para el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil siete, por la suma de trescientos cuarenta y tres millones de quetzales (9343,000,000,00), distribuidos de la siguiente maneraConcejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo No, COM-039-06
PROYECCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS AÑO 2007
(Cifras en Quetzales) CODIGO CUENTA DENOMINACION TOTAL TOTAL 343,000,000 11000000 560000 Ingresos No Tributarios 14,745,000 11.3.00.0.01 560200 Contribución por mejoras 14,745, 14.0.00.0.00 520000 Ingresos por Operación. - 318,027,446 14240.1.00 520100 Servicio de agua potable. 240,022,826 14.2.40.2.00 520300 Servicios varios de Agua Potable. 25,537,337, 14240300 520200 Tasa de Alcantarillado 47,078,813 14.2.40.4.00 550000 Servicio varios de Alcantarillado. 5.388,471 15.0.00.0.00 540101 Rentas de la Propiedad. 2,222,221 15.1.30.0.00 540116 Intereses por Depósitos. 242, 15.1.50.0.00 540117 Intereses por Servicio de Agua. 1.980.221 16000000 540115 Transferencias corientes. o 19000000 510100 Venta de Títulos y Valores 5,505,333
15.1.50.0.00 540117 Intereses por Servicio de Agua. 1.980.221 16000000 540115 Transferencias corientes. o 19000000 510100 Venta de Títulos y Valores 5,505,333 23.0.00.0.00 151000 Disminución otros Activos. 2,500,000 23.1.10.0.01 111000 Disminución de Caja y Bancos. 2,500/ 23.2.00.0.00 112200 _ Disminución de Cuentas a Cobrar. ARTICULO 20. Aprobar el Presupuesto General de Egresos de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala, EMPAGUA, para el ejercicio fiscal correspondiente del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mi siete, por la suma de trescientos cuarenta y tres milones de quetzales {Q343,000,000.00). distribuidos así:Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo No. COM-039-06
PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS AÑO 2007
TIPO DE GASTO
(Cifras en Quetzales) [GRUPO - CONCEPTO SOLICITADO TOTAL 343,000,000 1 Gastos de Administración. 248,887,339 0 Servicios Personales. 76,713,774 1 Servicios No Personales. . 158,230 2 Materiales y Suministros. 28,523,262 3 Propiedad, Planta, Equipo e Intangibles. 5,020,291 4 Transferencias Comientes. 400,0 9 Asignaciones Globales 0
2 Gastos en Recurso Humano. 13,000,000 4 Transferencias Corientes. 13,000,0( 3 Inversión 26,112,661 0 Servicios Personales. 00/ 1 Servicios No Personales 3104 2 Materiales y Suministros 3,277,268 3 Propiedad. Planta, Equipo e Intangibles. 22,525,396 4 Deuda Pública. 35,000,01 Servicios de la Deuda Pública y Amortización 7 Otros Pasivos. — _ 35,000, ARTICULO 30. La ejecución control y evaluación del Presupuesto en forma analítica, será realizada por la Unidad de Presupuesto y supervisada por la Dirección de Finanzas, quien deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes de finalizado cada cuatrimestre. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa para el año dos mil siele, además de las disposiciones legales vigentes, se observaran las nomas siguientesConcejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo No. COM-039-06
NORMAS PRESUPUESTARIAS 2007
DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La Ejecución del Presupuesto de Ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La Administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que lienen a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el Ejercicio Fiscal dos mil siete, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil siete, para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas:
alcanzar las metas estimadas en cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil siete, para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas:
1. La calendarización mensual y cualrimestral de la recaudación de los diferentes ingresos.
2. La realización de un programa anual de control y fiscalización de los ingresos de la Empresa. Dicho programa contendrá acciones para la incorporación al sistema de facturación, a los usuarios que tienen instalaciones directas a sin medidor.
3. Iniciar con el programa de mejoramiento del sistema comercial de EMPAGUA, tendiente a incrementar los ingresos de la Empresa, como resultado de cobrar los servicios efectivamente prestados.
4. Establecimiento del programa anual de cobranza. para que se cumpla estrictamente el control efectivo de las cobranzas normales y económicocoactivas. Para tal efecto se aplicarán criterios de simplificación y racionalización de los trámites.
Para hacer efectivo el cobro de las deudas atrasadas, por concepto de: contribución por mejoras, servicios de agua potable y tasa de alcantarillado: se continuará otorgando el equivalente al diez por ciento [10%] por juicios extrajudiciales y el veinte por ciento (20%) por juicios judiciales, calculado sobre el monto que efectivamente se cobre por cada uno de los juicios económico coactivos que se tramiten. Tal porcentaje se pagará en concepto de honorarios y costas a los abogados que intervengan en dichos juicios.Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo No. COM-039-06 DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal das mil siete cada Unidad Ejecutora, aplicará la política de austeridad y establecerá los
Acuerdo No. COM-039-06 DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal das mil siete cada Unidad Ejecutora, aplicará la política de austeridad y establecerá los procedimientos de control que tiendan a racionalizar los gastos ya sea minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Además de las medidas que dicte el Concejo Municipal, la Gerencia General de la Empresa por medio de la Dirección de Finanzas, aplicará en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes y que esién en concordancia con la situación económica de la Empresa. Se observarán además de las disposiciones legales ordinarias, las normas siguientes: Las Direcciones y Unidades Ejeculoras son responsables de la ejecución de los programas y proyectos contemplados en el Presupuesto General de Egresos, conforme la distribución analítica formulada en el mismo. En ese sentido, para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto. deberán presentar en los primeros quince días del ejercicio fiscal, una programación de los requerimientos financieros conforme a sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance físico a nivel de renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda. Adicionalmente quedan obligadas a lo siguiente:
1. Llevar registro y control de sus asignaciones por programas y proyectos, a nivel de renglón.
2. Registro y control sobre la correcta aplicación al gasto.
3. Establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el Presupuesto, con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria.
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2. Registro y control sobre la correcta aplicación al gasto.
3. Establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el Presupuesto, con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. " La Unidad de Presupuesto queda obligada a la distribución, registro y control de los Proyectos y/o asignaciones a nivel de renglón, y de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. m Cuando los trabajos a ejecutar deben realizarse por el sistema de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán aplicar el procedimiento administrativo conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento.Concejo Municipal
Hoja No. 6 Acuerdo No. COM-039-06 w Los servidores de la Empresa desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto, en la dependencia administrativa donde se encuentren presupuestados, Queda bajo la responsabilidad de la Dirección Administrativa y de la Gerencia General el cumplimiento de esta disposición. v La jomada extraordinaria de labores será refribuida, siempre y cuando se establezca que los servicios son indispensables y la autorización de las mismas estará a cargo de cada Director. No se autorizará tiempo extraordinario si se establece que las actividades se realizarán en una Dirección y/o unidad distinta a la que pertenece el trabajador, salvo casos especiales debidamente autorizados por Acuerdo de Gerencia. vi La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la Administración: deberán ser autorizados por la Junta Directiva de la Empresa, a solicitud del Director de la Unidad Ejecutora respectiva y con la autorización de la Dirección de Finanzas, basada en la disponibilidad presupuestaria. VII Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad
VII Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. VII Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios, pensiones o prestaciones cuando el servidor de la Empresa. pensionado o beneficiado tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de sueldos o cualesquiera otra clase de cobros indebidos. Los salarios, pensiones o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o se haya firmado el correspondiente compromiso de pago.Concejo Municipal Hoja No. 7 Acuerdo No. COM-039-06 Para el efecto. se autoriza al Gerente General a fin que conforme a su criteria y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, aceple y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales. que deberán descontarse de los respectivos pagos. 3 Las pensiones por jubilación a los empleados, y las pensiones que al fallecer los mismos tienen derecho sus viudas o viudos, hijos menores o incapaces, o padres que dependían económicamente de ellos, serán autorizadas a través de la Gerencia General X Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelaran mediante Acuerdo de Gerencia General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: a) Al cónyuge o conviviente; b) Hijos menores o incapaces: y <) Alos padres que dependían económicamente del fallecido
General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: a) Al cónyuge o conviviente; b) Hijos menores o incapaces: y <) Alos padres que dependían económicamente del fallecido Lo dispuesto en esta norma se aplicará también para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de diferido, que el empleado tuviere acumuladas; entendiéndose como tal a la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el sueldo fijo que figura en una cuenta especial de Fondos Consignados Dicha retención se hará de enero a noviembre del ejercicio fiscal que corresponda y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre; a excepción de aquellos casos, en que el trabajador, solicite su devolución con antelación a esta fecha xl Las economías cuatrimestrales que se causen en el grupo "0 SERVICIOS PERSONALES, solo son transferibles: a) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia municipal o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley b) Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización delConcejo Municipal Hoja No. 8 Acuerdo No. COM-039-06 Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal ¢} Cuando sean destinados a cubrir pagos de la Deuda Pública. XI No se aprobaran operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para
implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización “se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y/o reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa. Presupuestariamente las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. Las reorganizaciones aun cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de la Dirección Administrativa y de Finanzas, respectivamente, las cuales para el efecto podrán actuar en forma conjunta. Xul La Administración de la Empresa podrá suspender, previa calificación de las circunstancias propias del caso, la autorización de desembolsos con cargo a asignaciones presupuestarias previstas como contrapartida de préstamos externos, si después de evaluar el avance físico y financiero de los proyectos, se establece que la utilización de los recursos no está acorde con la programación y con las cláusulas de [os convenios respectivos o con los documentos complementarios que para el efecto sean fimadas. Podrá acordarse la suspensión, y esta también podrá aplicarse a los servicios de supervisión de los proyectos. De igual forma se procederá en el caso de las obras o proyectos financiados con recursos internos, cuando el avance físico no este acorde con el avance financiero XIV
aplicarse a los servicios de supervisión de los proyectos. De igual forma se procederá en el caso de las obras o proyectos financiados con recursos internos, cuando el avance físico no este acorde con el avance financiero XIV La Dirección de Obras y/o las unidades que tengan a su cargo la Ejecución de Programas o Proyectos de Inversión deberán de informar a la Dirección de Finanzas: cuando se finalice la construcción de cada obra, con el propósito de incorporar al patrimonio de la Empresa la obra concluida, así mismo presentar a la Administración de la Empresa informes que contengan el estado del avance físico y financiero deConcejo Municipal Hoja No. 9 Acuerdo No, COM-039-06 cada uno de los proyectos de inversión, a más tardar quince (15) días después de finalizado cada cuatrimestre, quedando ésta, obligada a rendir estos informes al Concejo Municipal. xv Los vehículos que se hayan adquiido o que se adquieran en el futuro, por las unidades ejecutoras de proyectos de inversión, ya sea con fondos asignados en su respectivo presupuesto o con donaciones específicas, deberán estar exclusivamente al servicio directo del proyecto de que se trate, mientras dure su ejecución. Se sancionará a los funcionarios o empleados que autaricen el uso de tales vehículos para fines distintos a los del proyecto. XVI Los vehículos de trabajo propiedad de la Empresa, no deben estar específicamente al servicio de un empleado, sino disponibles para la realización de - distintas comisiones o labores que demanda la ejecución de los programas. Deben ser marcados en lugar visible y fácimente legible con el nombre de la Empresa.
La asignación de cada vehículo deberá hacerse conforme las circunstancias de la comisión o labor que deba llevarse a cabo, y la provisión de combustible se hará con base a las disposiciones reglamentarias que correspondan. La Dirección Administrativa, velará por el debido cumplimiento de la presente norma recomendando a la Gerencia las sanciones que procedan de conformidad con la Ley en contra de los responsables. Cuando se adquieran vehículos nuevos, podrán entregarse a cuenta del precio correspondiente, los usados que estén al servicio de la Empresa, previo dictamen de la Dirección de Finanzas de la Empresa. XVII Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus programas requieran servicios personales, no personales y bienes o suministros que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirios en éstas, aplicando el Artículo 20. del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República [Ley de Contrataciones del Eslado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrilo que no tienen capacidad para proporcionar tado o en parte los productos o servicios.Concejo Municipal Hoja No. 10 Acuerdo No. COM-039-06 XVI En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquiñilos que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias: y que se provean los manuales en idioma español para la guía de operaciones y/o el mantenimiento correspondiente. Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional XIX Para el pago de los vencimientos de la deuda pública externa se elaborará el plan anual de tales vencimientos, para lo cual la Dirección de Finanzas hará la provi
XIX Para el pago de los vencimientos de la deuda pública externa se elaborará el plan anual de tales vencimientos, para lo cual la Dirección de Finanzas hará la provi de fondos respeciiva a fin de que se atienda oportunamente el pago del servicio de la deuda. Las asignaciones previstas en el presupuesto para el pago de la deuda pública, deberán utilizarse únicamente para ese fin y no podrán transferise por ningún motivo. XX las acreedurias del ejercicio fiscal anterior que provengan de obligaciones legítimamente contraídas: entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de Ley y los que surjan como consecuencia de haber recibido bienes o servicios así como los gastos comprometidos y no devengados al treinta y uno de diciembre del dos mil seis, podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. XXI La Administración de la Empresa dentro de los 15 días siguientes de finalizado cada cuatrimestre se compromete a remitir al Concejo Municipal un informe de su gestión. que contendrá como minimo lo siguiente: a) La ejecución física de los programas y proyectos, comparándola con lo programado: b) La ejecución financiera de los gastos par programa y proyectos, comparándolos con lo programado; e) La ejecución financiera de los recursos por rubro de ingreso: dl) Los resultados económicos y financieros del periodo; y, €) Análisis y justificaciones de las principales variacionesConcejo Municipal Hoja No. 11 Acuerdo No, COM-039-06 XXI
e) La ejecución financiera de los recursos por rubro de ingreso: dl) Los resultados económicos y financieros del periodo; y, €) Análisis y justificaciones de las principales variacionesConcejo Municipal Hoja No. 11 Acuerdo No, COM-039-06 XXI A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto; siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomaran los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia o a otra dependencia de la misma Dirección en cuyo caso deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad Ejecutora afectada. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia del respectivo Director, así como del Jefe de la Actividad y/o Proyecto que decrementa su presupuesto. Las transferencias de asignaciones hasta por QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (500,000.00), Unicamente requerirán de ser aprobadas por la Dirección de Finanzas, previo Visto Bueno de la Gerencia General, excluyéndose transferencias de la disponibilidad del renglón 111 (Energía Eléctrica), cuya asignación se utilizará exclusivamente para el pago de dicho servicio. El Concejo Municipal podrá aprobar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación al presupuesto asignado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes XI De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del “Congreso de la República): las modificaciones presupuestarias en el grupo 0 servicios personales, las tendencias a
XI De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del “Congreso de la República): las modificaciones presupuestarias en el grupo 0 servicios personales, las tendencias a aumento o disminución en el presupuesto de inversión, el incremento en el gasto financiado con endeudamiento cambios en las fuentes de financiamiento, y las transferencias de asignaciones en los grupos 1 Servicios no Personales, 2 Materiales y Suministros y 3 Propiedad, Planta Equipo e Intangibles del Programa de Gastos de Administración mayores a QUINIENTOS MIL QUETZALES (Q500,000.00) deberán someterse a consideración del Concejo Municipal, para su aprobación. Así tam deberán someterse a aprobación del Concejo las transferencias de proyectos financiados por contribución por mejoras, ya que si algún proyecto se cambia, se debe estar seguro de obtener su financiamiento. XXIV El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal dos mil siete cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de subsidios, donaciones, contratación de préstamos, nuevas tasas, arbitrios o aumentos a los establecidos, saldo de ejercicios anteriores, y otrosConcejo Municipal Hoja No. 12 Acuerdo No. COM-039-06 XXV la Administración de la Empresa a más tardar el treinta y uno de marzo de cada año, deberá presentar al Concejo Municipal y la Contraloría General de Cuentas, la liquidación de sus respeciivos presupuestos y los estados financieros correspondientes, así mismo deberá enviarse copia de dicha liquidación a la Dirección de Contabilidad del Estado, para efectos de la consolidación financiera del Sector Público de Guatemala. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes, en lo que les fuere aplicable: a] Balance General de EMPAGUA.
Dirección de Contabilidad del Estado, para efectos de la consolidación financiera del Sector Público de Guatemala. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes, en lo que les fuere aplicable: a] Balance General de EMPAGUA. b) - Estado de Resultados. . ©) Estado de Ejecución Presupuestaria 1) Liquidación de Presupuesto de Ingresos. 2) Liquidación de Presupuesto de Egresos: y, 3) Ejecución física y financiera de los proyectos y obras ejecutadas en el año ARTICULO do. Se faculta a la Dirección de Finanzas para que programe analiticamente según su fuente, la estimación de ingresos que establece este Acuerdo. ARTICULO So. Las dependencias quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el ejercicio fiscal dos mil siete. ARTICULO 80. El presente Acuerdo entra en vigencia, a partir del uno de enero del dos mil siete.