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COM-040-2008

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-040-2008
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2008

DE GUATEMALA 5 mPle ión ACUERDO COM-040-08

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en sesión celebrada el seis de noviembre del dos mil ocho, la Junta Directiva de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana —-EMETRA-, aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de dicha Entidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal del año dos mil nueve, CONSIDERANDO: Que los ingresos a percibirse durante el año dos mil nueve han sido cuantificados razonablemente en concordancia con la realidad financiera de la Entidad en lo relativo a fuentes de recurso por los cobros que realiza.

CONSIDERANDO: 1 Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado deniro de los lineamientos y procedimientos ! técnicos y legales para la elaboración del Presupuesto por Programas, emanados por los entes rectores; tomando en cuenta las necesidades de recursos presupuestarios, a fin de que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y O sus Áreas de Influencia Urbana ~EMETRA-, atienda sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones que por Ley le compete.

POR TANTO: Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República; 126, 129 y 131 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.

ACUERDA: Artículo 1. Presupuesto de Ingresos. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de

ACUERDA: Artículo 1. Presupuesto de Ingresos. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana ~EMETRApara el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, por un valor total de CIENTO DIECIOCHO MILLONESConcejo Municipal

Hoja No. 2 Acuerdo COM-040-08 Ll cumple. -] | |

NOVECIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE

(Q.118,912,459.00), distribuidos de la manera siguiente:

PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS

QUETZALES EXACTOS

CODIGO

F F T v 1 L

E N A N A s

T N E DENOMINACION APROBADO 2009

E c 1 20 29 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 13.000.000,00 30 31 11 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 74.520.476,00 30 31 14 INGRESOS DE OPERACIÓN 26.091.983,00 30 31 15 RENTAS A LA PROPIEDAD 300.000,00 30 31 27 INCREMENTO DE PATRIMONIO 5.000.000,00 Toral | CODIGO F F c s G A u 1 L E R U E N A c u X N A s c P ï

T N E 1 o L DENOMINACION APROBADO 2009

E c o 1

1 N A R 20 29 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

DEL SECTOR PUBLICO

50 DE MUNICIPALIDADES

T N E 1 o L DENOMINACION APROBADO 2009

E c o 1

1 N A R 20 29 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

DEL SECTOR PUBLICO

50 DE MUNICIPALIDADES

1 MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA 13,000,000.00Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-040-08

CODIGO F F C E G A u 1 L E R u E N A G uU X ja ñ : g 5 ' DENOMINACION APROBADO 2009

E c o E

1 N A . R : 30 3 T INGRESOS NO TRIBUTARIOS : 6 MULTAS

| 10 ORIGINADAS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1 |SOLVENCIAS : 1 |SOLVENCIAS DE TRANSITO 12,000,000.00 i 2 [MULTAS 4 [MULTAS AL TRANSPORTE (ADMINISTRATIVAS) 4,164,000.00 L 2 |ceros 5,400,000.00 : 3 MULTAS TRANSITO 9,600,000.00 : 4 |MULTAS PARQUIMETROS 3,000,000.00 5 [MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD 9,576,000.00 3 [RECUPERACION DE CARTERA 4 [RECUPERACION DE MULTAS TRANSITO 8,752,401.00 2 [RECUPERACION DE MULTAS PARQUIMETROS 5,000,000.00

O 3 [RECUPERACION DE MULTAS AL TRANSPORTE (ADMON). 4,908,075.00

; 4 [RECUPERACION DE MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD 12,000,000.00

7 INTERESES POR MORA

10 ORIGINADOS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS

; 4 [RECUPERACION DE MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD 12,000,000.00

7 INTERESES POR MORA

10 ORIGINADOS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1 INTERESES POR MORA 120,000.00 30 3t 14 INGRESOS DE OPERACION

2 VENTA DE SERVICIOS 40 SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES 4 [TASAS ANUALES 4 [TAXIS ESTACIONARIOS 96,544.00 : 2 |TAXIS 708,064.00 : 3 |FLETEROS PICK UPS 21,280:00 4 |FLETEROS CAMIONES 13,356.00 5 |RECOLECTORES (CAMION AMARILLO) 144,800.00

PARQUIMETROS 4 [INGRESO POR USUFRUCTO (SENECASA) VEHICULO 142,980.49

INGRESO POR USUFRUCTO (SENECASA) MOTO 6,752.67PE GUATEMALA , ¡mple.

Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-040-08

CODIGO F F T s G A u 1 L E R u E N A c u X ¥ a : 7 $ H DENOMINACION APROBADO 2009

E c o 1 C 1 N A R 3 [CARNETS A FILOTOS 1 PILOTOS TAXIS 177,016.00 2 |PILOTOS TAXIS ESTACIONARIOS 48,272.00 3 |PILOTOS BUSES ESCOLARES 53,620.00 4 [PILOTOS FLETEROS PICK UPS 10,640.00 5 PILOTOS BUSES URBANOS 85,708.00 6 [PILOTOS FLETEROS CAMIONES 4,452.00

4 [PILOTOS FLETEROS PICK UPS 10,640.00 5 PILOTOS BUSES URBANOS 85,708.00 6 [PILOTOS FLETEROS CAMIONES 4,452.00 7 [PILOTOS BUSES EXTRA URBANOS 2,800.00 4 [ESTACIONAMENTOS MUNICIPALES 1 [PARQUEO PLAZA ITALIA 2,349,900.00 2 [PARQUEO PLAZA MAYOR 691,200.00 3 [PARQUEO PLAZA SAGRARIO 1,716,000.00 4 [PARQUEO PARROQUIA 158,760.00 $ PARQUEO TELGUA 216,000.00 6 |PAQUEO INDUSTRIA CONCO 120,000.00 7 [SANITARIOS PLAZA MAYOR 219,500.00 $ |TARJETA DEOPERACIÓN 1 [TARJETA DE OPERACIÓN TAXIS ESTACIONARIOS 48,272.00 2 [TARJETA DE OPERACIÓN TAXIS 632,200.00 3 [TARJETA DE OPERACIÓN FLETEROS CAMIONES 4,452.00 4 [TARJETA DE OPERACIÓN FLETEROS PICK UPS 10,640.00 $ [TARJETA DE OPERACIÓN BUSES URBANOS 85,708.00 6 [TARJETA DE OPERACIÓN BUSES ESCOLARES 53,620.00 7 |REP. TARJETA DE OPERACIÓN CAMION AMARILLO 1,680.00 6 [RODAJE DE TRANSPORTE EXTRAURBANO 1 [RODAJE DE TRANSPORTE EXTRAURBANO 1,045,408.00 7 [INGRESOS POR REGISTROS E INSCRIPCIONES MENSUALES 1 [TAXIS ESTACIONARIOS 463,411.20 2 |TAXIS 6,089,120.00

7 [INGRESOS POR REGISTROS E INSCRIPCIONES MENSUALES 1 [TAXIS ESTACIONARIOS 463,411.20 2 |TAXIS 6,089,120.00 3 |FLETEROS CAMIONES 68,688.00.

N

UNCISALICAD - DE GUATEMALA cumple.

Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-040-08

CODIGO F F c E G A u 1 L E R u E N A c U Xx N A s c P 1 .

T N E 1 o L DENOMINACION APROBADO 2009

E G o 1 1 N A . R 4 |FLETEROS PICK UPS 109,440.00 5 [BUSES URBANOS 80,640.00 8 |INGRESOS VARIOS 4 INGRESOS VARIOS 469,594.88 2 [CAPACITACION DE PILOTOS (1ERA. FASE) 192,000.00 3 [CAPACITACION DE PILOTOS (2DA. FASE) 244,800.00 4 [ARRENDAMIENTO DE PASARELAS 353,595.00 5 (ARRENDAMIENTO DE PUENTES 64,800.00 6 [CAPACITACION A PILOTOS RETROALIMENTACION 0.00 7 |escupos . 70,000.00 8 INGRESOS VARIOS (02) 216,000.00 . 9 |CESION DE TAXIS 155,000.00 9 [RECUPERACION DE CARTERA 4 |RECUPERACION REGISTRO MENSUAL TAXIS 535,360.00

Po 2 [RECUPERACION REGISTRO MENSUAL TAXIS ESTACIONARIOS 24,650.00

LD . 3 [RECUPERACION REGISTRO MENSUAL FLETEROS PICK UPS | 484,936.90

Po 2 [RECUPERACION REGISTRO MENSUAL TAXIS ESTACIONARIOS 24,650.00

LD . 3 [RECUPERACION REGISTRO MENSUAL FLETEROS PICK UPS | 484,936.90 4 [RECUPERACION REGISTRO MENSUAL FLETEROS CAMIONES 334,250.40 5 RECUPERACION REGISTRO RODAJE TRANSPORTE EXTRAURBANO 1,091,011.46 6 [RECUPERACION DE ARRENDAMIENTO DE PASARELAS 434,850.00 10 [TARIFA DE PARQUIMETRO 1 [TARIFA PARQUIMETRO ZONA DIEZ 5,760,000.00 30 3 15 RENTAS A LAPROPIEDAD

1 INTERESES 30 POR DEPOSITOS 14 [INTERESES 300,000.00 o 30 31 27 INCREMENTO DE PATRIMONIO

! 5 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS : 10 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS : 1 [SALDO DE CAJA AÑO 2008 5,000,000.00

TOTAL 118,912,459.00DE GUATEMALA mple i

Concejo Municipal Hoja No. 6 Acuerdo COM-040-08 Artículo 2. Presupuesto de Egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, EMETRA, para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil nueve, por el valor de CIENTO DIECIOCHO MILLONES

NOVECIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE QUETZALES EXACTOS

(Q.118,912,459.00), distribuidos de la forma siguiente:

NOVECIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE QUETZALES EXACTOS

(Q.118,912,459.00), distribuidos de la forma siguiente:

PRESUPUESTO POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Pte DESCRIPCIÓN APROBADO 2009 inanciamiento

TOTAL 118,912.459,00|

OTROS RECURSOS DEL TESORERO CON AFECTACION

29 ESPECIFICA 13.000.000,00/ 3 INGRESO PROPIOS 105.912.459,00)

PRESUPUESTO POR TIPO DE GASTO

TIPO GASTO DESCRIPCIÓN APROBADO 2009

TOTAL) 118.912.459,00 ] 11 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 113.975.024,00 21 GASTOS DE CAPITAL 4.937 .435,00)N

DE GUATEMALA TP e: |

Concejo Municipal Hoja No. 7 Acuerdo COM-040-08

PRESUPUESTO POR CATEGORIA PROGRAMATICA PROGRAMA | ACTIVIDAD ! DESCRIPCIÓN APROBADO 2008

TOTAL| —118.912.459,00)

ot ACTIVIDADES CENTRALES 01 DIRECCION Y COORDINACION INSTITUCIONAL 6.776.499,00 02 ADMINISTRACION INSTITUCIONAL 19.440.885,00 03 ADMINISTRACION FINANCIERA 7.456,205,00 04 SERVICIOS JURIDICOS 1.754.935,00) 05 ADMINISTRACION DEL RECURSO HUMANO 897 100,00)

a SERVICIOS MUNICIPALES DE REGULARIZACION DE TRANSITO!

01 REGULACION DEL TRANSITO 82.586.835,00|

PRESUPUESTO POR GRUPO DE GASTO

05 ADMINISTRACION DEL RECURSO HUMANO 897 100,00)

a SERVICIOS MUNICIPALES DE REGULARIZACION DE TRANSITO!

01 REGULACION DEL TRANSITO 82.586.835,00|

PRESUPUESTO POR GRUPO DE GASTO

C APROBADO A GRUPO DESCRIPCIÓN bt

TOTAL

o SERVICIOS PERSONALES

1 SERVICIOS NO PERSONALES 18.994.420,

2 MATERIALES Y SUMINISTROS 16.458.200, 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGILES 4.937.435, 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.685.000,0¢ 8 OTROS GASTOS 100.000,0 | 9 ASIGNACIONES GLOBALES 300.000,0DE GUATEMALA Concejo Municipal Hoja No. 8 Acuerdo COM-040-08 PRESUPUESTO POR RENGLON Y GRUPO DE GASTO ! RENGLON DESCRIPCION DEL RENGLON APROBADO 2009 i TOTAL) 118,912,450.00) RS = : 0 SERVICIOS PERSONALES 76,437,404.00

022 PERSONAL POR CONTRATO 55,049,400.00)

[COMPLEMENTO PERSONAL AL SALARIO DEL PERSONAL 024 TEMPORAL 0.00

026 COMPLEMENTOS POR CALIDAD PROFESIONAL 94,500.00) 027 COMPLEMENTOS ESPECIFICOS AL PERSONAL TEMPORAL 4,028,000.00 : . 029 OTRAS REMUNERACIONES AL PERSONAL TEMPORAL 3,644,604.00 i 042 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS AL PERSONAL TEMPORAL 300,000.00 ¡ 061 DIETAS 3,340,800.00 i 071 AGUINALDO 4,402,050.00]

i 042 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS AL PERSONAL TEMPORAL 300,000.00 ¡ 061 DIETAS 3,340,800.00 i 071 AGUINALDO 4,402,050.00] ! 072 BONIFICACION ANUAL (BONO 14) 4,402,050.00| i 073 BONO VACACIONAL 1,176,000.00) i 1 SERVICIOS NO PERSONALES 18,994,420.00 : 111 ENERGIA ELECTRICA 70,000.00] | 113 TELEFONIA 850,000.00 ¡ ó 114 CORREOS Y TELEGRAFOS 6,000.00) ; 121 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 3,970,900.00 : 122 IMPRESIÓN, REPRODUCCION Y ENCUADERNACION 1,385,000.00) 131 VIATICOS EN EL EXTERIOR 210,000.00 141 [TRANSPORTE DE PERSONAS 32,000.00 142 FLETES 16,000.00) 181 (ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS LOCALES 711,720.00) 153 [ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA 143,000.00 155 [ARRENDAMIENTO DE MEDIOS DE TRANSPORTE 816,000.00) i 156 (ARRENDAMIENTO DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 234,000.00) : 157 (ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE COMPUTO 25,000.00) : 162 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE OFICINA 65,000.00) : MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO EDUCACION : 164 CULTURAL Y RECREATIVO 101,000.00

: 162 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE OFICINA 65,000.00) : MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO EDUCACION : 164 CULTURAL Y RECREATIVO 101,000.00

165 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MEDIOS DE TRANSPORTE 2,000,000.00)

165 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO PARA COMUNICACIÓN 35,000.00)

168 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE COMPUTO 15,000.00

169 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 505,000.00)Hoja No. 9

Acuerdo COM-040-08

RENGLON DESCRIPCION DEL RENGLON APROBADO 2009

169 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 505,000.00)Hoja No. 9

Acuerdo COM-040-08 RENGLON DESCRIPCION DEL RENGLON APROBADO 2009 171 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS 75,000.00] MANTENIMIENTO Y REPARACIONES DE BIENES NACIONALES DE 173 USO COMUN 2,300,000.00] 174 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES 215,000.00) MANTENIMINETO Y REPARACION DE OTRAS OBRAS E 176 INSTALACIONES 1,000.00) 183 SERVICIOS JURIDICOS $0,000.00 184 SERVICIOS ECONOMICOS, CONTRABLES Y AUDITORIA 100,000.00] 185 SERVICIOS DE CAPACITACION 254,000.00] 186 SERVICIOS DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS 120,000.00) 187 SERVICIOS DE ACTUACIONES ARTISTICAS Y DEPORTIVAS 10,000.00) 189 OTROS ESTUDIOS Y SERVICIOS 1,850,000.00) 191 PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS Y FIANZAS 432,000.00) 194 OTRAS COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS 500,000,00 195 IMPUESTOS, DERECHOS Y TASAS 150,000.00 196 SERVICIOS DE ATENCION Y PROTOCOLO 100,000.00) 199 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 1,546,800.00|

2 MATERIALES Y SUMINISTROS 16,458,200.00 211 ALIMENTOS PARA PERSONAS 700,000.00] PRODUCTOS AGROFORESTALES, MADERA, CORCHO Y SUS 214 MANUFACTURAS 7,000.00] 223 PIEDRA, ARCILLA Y ARENA 15,000.00 229 [OTROS MINERALES 5,000.00) 231 HILADOS Y TELAS 16,000.00 232 ACABADOS TEXTILES 65,000.00 233 PRENDAS DE VESTIR 1,290,000.00| 1239 OTROS TEXTILES Y VESTUARIO 5,000.00| 241 PAPEL DE ESCRITORIO 175,000.00] 242 PAPELES COMERCIALES, CARTONES Y CTROS 115,000.00 243 PRODUCTOS DE PAPEL O CARTON 130,000.00] 244 PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS 85,000.00 245 LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS 10,000.00) 247 ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES 10,000.00 253 LLANTAS Y NEUMATICOS 225,000.00) 254 ARTICULOS DE CAUCHO 6,000.00! 259 OTROS PRODUCTOS DE CUERO Y CAUCHO 1,000.00 261 ELEMENTOS Y COMPUESTOS QUIMICOS 17,200.00 262 (COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 4,520,000.00)Concejo Municipal Hoja No. 10 Acuerdo COM-040-08

RENGLON DESCRIPCIÓN DEL RENGLÓN APROBADO 2009

Hoja No. 10 Acuerdo COM-040-08 RENGLON DESCRIPCIÓN DEL RENGLÓN APROBADO 2009 264 INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y SIMILARES 9,000.00] 266 PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS 51,000.00] 267 TINTES, PINTURAS Y COLORANTES 520,000.00, 268 PRODUCTOS PLASTICOS NYLON, VINIL Y P.V.C 410,000.00 260 OTROS PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS 45,000.00 271 PRODUCTOS DE ARCILLA 1,000.00) 272 PRODUCTOS DE VIDRIO 6,500.00) 273 PRODUCTOS DE LOZA Y PORCELANA 18,500.00 274 CEMENTO 41,000.00 275 PRODUCTOS DE CEMENTO, ASBESTO Y YESO 40,000.00 281 PRODUCTOS SIDERGICOS 14,000.00) 283 PRODUCTOS DE METAL $6,000.00 1284, ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS 2,605,000.00 285 MATERIALES Y EQUIPOS DIVERSOS 302,000.00] 286 HERRAMIENTAS MENORES 32,500.00) 289 OTROS PRODUCTOS METALICOS 11,000.00 201 UTILES DE OFICINA 215,000.00) 292 UTILES DE LIMPIEZA Y PRODUCTOS SANITARIOS 216,000.00) 293 UTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES 42,500.00 294 UTILES DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 42,500.00 295 UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICOS Y DE LABORATORIO 60,000.00 296 UTILES DE COCINA Y COMEDOR 10,500.00)

207 UTILES, ACCESORIOS Y MATERIALES ELECTRICOS 1,901,000.00)

295 UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICOS Y DE LABORATORIO 60,000.00 296 UTILES DE COCINA Y COMEDOR 10,500.00) 207 UTILES, ACCESORIOS Y MATERIALES ELECTRICOS 1,901,000.00) 298 (ACCESORIOS Y REPUESTOS EN GENERAL 2,095,000.00|

299 OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS 306,000.00]

3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES 4,937,435.00

322 EQUIPO DE OFICINA 211,550.00]

324 EQUIPO EDUCACIONAL CULTURAL Y RECREATIVO 390,650.00

325 EQUIPO DE TRANSPORTE 1,548,970.00

326 EQUIPO PARA COMUNICACIONES 137,300.00

328 EQUIPO DE COMPUTO 668,400.00 329 OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 1,910,565.00) 381 ACTIVOS INTANGIBLES 70,000.00|ve GUATEMALA Dl |

Concejo Municipal Hoja No. 11 Acuerdo COM-040-08 RENGLON DESCRIPCIÓN DEL RENGLÓN APROBADO 2009 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1,885,000.00 411 AYUDA PARA FUNERALES 110,000.00] 412 PRESTACIONES POSTUMAS 150,000.00]

413 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL 300,000.00 415 VACACIONES PAGADAS POR RETIRO 450,000.00 419 [OTRAS TRANSFERENCIAS A PERSONAS 20,000.00)

423 PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL 420,000.00

424 PRESTACIONES GLOBALES POR INCAPACIDAD PERMANENTE 35,000.00)

419 [OTRAS TRANSFERENCIAS A PERSONAS 20,000.00)

423 PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL 420,000.00

424 PRESTACIONES GLOBALES POR INCAPACIDAD PERMANENTE 35,000.00)

456 SERVICIOS GUBERNAMENTALES DE FIZCALIZACION 200,000.00 459 [TRANSFERENCIAS A OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO 0.00 8 OTROS GASTOS 100,000.00 823 DEVOLUCIONES 100,000.00] 9 ASIGNACIONES GLOBALES 300,000.00 913 SENTENCIAS JUDICIALES 300,000.00)

NORMAS PRESUPUESTARIAS 2009

Artículo 3. Disposiciones Complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal. DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Artículo 4. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de EMETRA será regulada por las siguientes normas: Informes trimestrales. La ejecución, control y evaluación del Presupuesto de Ingresos Corrientes en forma analítica, será realizada por la Dirección Financiera, por medio del Departamento de Presupuesto, quien deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta días (30) siguientes después de finalizado cada trimestre.Concejo Municipal Hoja No. 12 Acuerdo COM-040-08 Cumplimiento de metas por dependencia. La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de la funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2009, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro de ingresos; a saber:

además de la ejecución de la funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2009, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro de ingresos; a saber: Plan Anual de Ingresos. Se formulará y desarrollará durante el Ejercicio Fiscal 2009; para tales propósitos, dicho plan integrará, como mínimo, los programas siguientes: a) Seguimiento al programa anual de control y fiscalización de los ingresos que permita a la Entidad desarrollar sus planes para reordenamiento vehicular en la ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana b) Mejorar la efectividad de control interno implementado para la inscripción Yy autorización de taxis rotativos como estacionarios. c) Intensificación del programa anual de capacitación, para el personal operativo como administrativo; con el objeto de hacer eficiente la cartera que se encuentra pendiente de cobro. DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS Artículo 5, Priorización y racionalización del gasto. Para el Ejercicio Fiscal 2009 en la utilización de los recursos aprobados en el presupuesto de egresos deberá aplicarse una política estricta de priorización y racionalización del gasto, el que conduzca al uso óptimo de los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios: que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción

Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad. Artículo 6. Responsables de la ejecución de gastos. En la ejecución del Presupuesto de Egresos además de las disposiciones legales ordinarias, se observan las normas siguientes:E E

DE GUATEMALA ,mple

Concejo Municipal Hoja No. 13 Acuerdo COM-040-08 Los funcionarios, a cargo de sus Departamentos, son responsables de la correcia ejecución de los programas y proyectos contemplados en el presupuesto general de egresos, conforme la distribución analítica formulada en el presupuesto. Para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto, deberán; Requerimiento de recursos financieros, Presentar en los primeros quince días del Ejercicio Fiscal 2009, una programación de los requerimientos financieros y de compras acorde con sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance físico a nivel del renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda. Registro y control presupuestario. Los Departamentos y Unidades Ejecutoras quedan obligados a llevar registros y control de sus asignaciones, debiendo establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control de proyectos, La Dirección Financiera de EMETRA, queda obligada a la distrioución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado

evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control de proyectos, La Dirección Financiera de EMETRA, queda obligada a la distrioución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de rengión de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este presupuesto, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF-MUNI, o el que durante el Ejercicio Fiscal 2009 pueda incorporarse. Contratos y Licitaciones. Las dependencias de la Entidad, cuya ejecución de sus programas y proyectos se realice por medio de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Lugar de desempeño de funciones. Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la dependencia administrativa donde el mismo se encuentre presupuestado. Es responsabilidad de la Dirección General el cumplimiento de esta disposición. v Servicios temporales. La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración,“Concejo Municipal Hoja No. 14 Acuerdo COM-040-08 deberá ser autorizada por el Director General de EMETRA, basada en la disponibilidad presupuestaria asignada en el Ejercicio Fiscal 2009. VI Contratación en los puestos profesionales. Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de un actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo, VII Retención temporal de salarios. Los Departamentos autorizados y pagadores de gastos

colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo, VII Retención temporal de salarios. Los Departamentos autorizados y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas pendientes con la misma, sin contravenir el porcentaje estipulado en las leyes específicas. Los salarios o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza al Director General de EMETRA, a fin de que conforme a su criterio y sin prejuicio de los intereses de la Entidad, acepte y formalice por escrito que el, o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. VII Salarios por fallecimiento. Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago: se cancelarán mediante Acuerdo de la Dirección General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: el cónyuge o conviviente, hijos menores o incapaces y a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empleado tuviere acumuladas. X Fondo de Ahorro del Empleado de EMETRA: El ahorro a que se refiere el último párrafo de la noma que antecede, es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el

acumuladas. X Fondo de Ahorro del Empleado de EMETRA: El ahorro a que se refiere el último párrafo de la noma que antecede, es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el sueldo fijo que figura en cuenta especial, Dicha retención se hará de enero a octubre del Ejercicio Fiscal 2009, y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos, en que el trabajador, solicite que le sea devuelto con antelación.Concejo Municipal Hoja No. 15 Acuerdo COM-040-08 Artículo 7. Economías generadas en el grupo de gasto, 0 Servicios Personales. Las economías Trimestrales que se causen en el grupo O "Servicios Personales" (sueldos, salarios y beneficios de los mismos), no son transferibles, y podrán utilizarse solo en los siguientes casos: a) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley. b} Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal. c) Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. Artículo 8. No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento

implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad. Presupuestariamente la reorganización se entiende como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la Entidad. Las reorganizaciones aún cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de la Dirección General, por medio de la Dirección Financiera. Artículo 9. Bono incremento a la Bonificación Incentivo. Se faculta al Director General de EMETRA, para que de acuerdo con situaciones especiales y hasta por un monto de UN MIL QUETZALES EXACTOS (GQ. 1,000.00), pueda incrementar la bonificación incentivo, a los puestos de oficiales y Agentes de la Policía Municipal de Tránsito, que por razones del servicio, se les conceda un reconocimiento a los esfuerzos observados en el desarrollo de su trabajo. Artículo 10. Subgrupo Maquinaria y Equipo. Todas las asignaciones presupuestarias aprobadas dentro del grupo de gasto 3 "Propiedad, Planta, Equipo e intangibles”, por ninguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaria y Equipo responden a una programación detallada por la Unidad de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución de la

podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaria y Equipo responden a una programación detallada por la Unidad de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución de la Dirección Financiera, exceptuando de esta disposición el renglón 325 Equipo de Transporte para lo cual se requiere autorización previa de la Dirección General. Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección General.Concejo Municipal Hoja No. 16 Acuerdo COM-040-08 Artículo 11. Uso de equipo de transporte de la Entidad, No deberán estar para el uso exclusivo de un funcionario o empleado, sino disponibles para la realización de las distintas actividades, que demanda la ejecución de programas previamente definidos. Los vehículos deben ser marcados en lugar visible y fácilmente legible con el nombre de la Entidad. Así mismo, las asignaciones de cada vehículo deberán hacerse en atención a las labores que se deban desarrollar, provisionándose del combustible que sea necesario en base allas políticas definidas por la administración. La Dirección Administrativa velará por el cumplimiento de la presente norma, recomendando ala Dirección General de EMETRA, las sanciones que correspondan de acuerdo alas políticas previamente establecidas. Artículo 12. Compras a empresas Estatales. Los departamentos de la Entidad que para la ejecución de sus programas requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el artículo 2 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o

aplicando el artículo 2 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. Artículo 13. Garantías en las compras. En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repu

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