COM-043-2003
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-043-2003
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2003
v MUNI concejo municipal
ACUERDO No. COM-043-2003
EL CONCEJO MUNICIPAL DE: LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en su sesión celebrada el día 27 de noviembre de dos mil tres, la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.), aprobó el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos correspondiente al ejercicio fiscal dos mil cuatro.
CONSIDERANDO: Que el presupuesto de ingresos comprende los recursos estimados a obtener por el servicio que presta la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, los cuales han sido cuantificados razonablemente y en concordancia con la realidad financiera de la misma.
CONSIDERANDO: Que el presupuesto de egresos ha sido formulado tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar su función básica como lo es la prestación del servicio de transporte público.
POR TANTO: Con base en lo dispuesto por el Artículo 253 de la Constitución Política de la República, artículo 35 literales e), f) y i), 125, 126, 128, 129, y 133 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República, su Reglamento Acuerdo Gubernativo 240-98 y el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Acuerdo Ministerial 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el presupuesto general de ingresos de la Empresa Municipal de
Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Acuerdo Ministerial 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el presupuesto general de ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.) para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro, en la cantidad de CUARENTA Y OCHO MILLONES DOS CIENTOS OCHO MIL CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q48,208,050.00), según la siguiente distribución:
21 Calle 677, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053M U N I concejo municipal
PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS PARA EL AÑO 2004
[Rubro de Ingreso] 5 81813 Monto en 5 & | Nombre de Unidad y Rubro de Ingreso | Quetzales | % 11 8 9| Ovosingesos . 17300000 0.38% 14 1 % | Ventadedros tienes 1440000 0.03% 14 2 9 | Ingesosdecperadón oros sendos | 4801525000 SE 454 31| intereses por depósito internos 540000 0017
C TOTAL DE INGRESOS | 45,208,050.00] 700.009
ARTICULO 2°. Aprobar el presupuesto general de egresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.) para el período correspondiente del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro, en la cantidad de CUARENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL
Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (E.M.T.) para el período correspondiente del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro, en la cantidad de CUARENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q48,208,050.00), distribuidos de la siguiente forma:
PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS PARA EL AÑO 2004
Grupo Monto de Presupuestado Gasto Nombre del Grupo de Gasto En Quetzales | % 3 [SERVICIOS PERSONALES 586707600 12.17% 14 [SERVICIOS NO PERSONALES 19:507,738.10) 40.47% 2 ATERIALES Y SUMINISTROS 22,699.122.90) 47.09% 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES 43,200.00) — 0.09%| © [ASIGNACIONES GLOBALES 90,012.00] — 0.19% C TOTAL DE EGRESOS | 48,208, 050.00) 10.00%) ARTICULO 3°. La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analítica, será realizada por el Departamento de Presupuesto y supervisada por la Gerencia Financiero Administrativa, la que deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre En la ejecución del presupuesto general de ingresos y egresos de la Empresa para el año dos mil cuatro, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes:
los treinta (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre En la ejecución del presupuesto general de ingresos y egresos de la Empresa para el año dos mil cuatro, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes: 21 Calle 6-77, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053E M U N l concejo municipal
NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL AÑO 2004
DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La ejecución del presupuesto de ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, para alcanzar las metas estimadas de cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil cuatro; para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas: 1) La calendarización mensual y cuatrimestral de la recaudación de los diferentes ingresos, 2) La realización de un programa anual de control y fiscalización de los ingresos de la Empresa. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del presupuesto de egresos para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto, que conduzca al uso óptimo de los recursos asignados en el presupuesto. Para el efecto, cada unidad aplicará la política de austeridad y los
treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto, que conduzca al uso óptimo de los recursos asignados en el presupuesto. Para el efecto, cada unidad aplicará la política de austeridad y los procedimientos de control necesarios que tiendan a racionalizar los gastos minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que por medio de la Gerencia Financiero Administrativa disponga, en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la ejecución del presupuesto de egresos. Además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes: Las Gerencias y Unidades son responsables de la ejecución del presupuesto de egresos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de sus requerimientos, evitando de esta manera el sobregiro en los renglones asignados y la duplicidad del gasto. 21 Calle 677, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053E MUNI concejo municipal 1 El Departamento de Presupuesto queda obligado a la distribución, registro y control de las asignaciones a nivel de renglón, de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. Cuando los trabajos a ejecutar requieran la suscripción de contrato, se procederá a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Las personas contratadas por la Empresa desempeñarán las funciones que correspondan a
Cuando los trabajos a ejecutar requieran la suscripción de contrato, se procederá a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Las personas contratadas por la Empresa desempeñarán las funciones que correspondan a su contrato, en la dependencia administrativa donde los mismos se encuentren presupuestado. Es responsabilidad de la Gerencia Financiero Administrativa y de la Gerencia General el cumplimiento de esta disposición. NA Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. VI Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de una o varias remuneraciones, cuando el prestador del servicio, tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de honorarios o cualesquiera otra clase de cobros indebidos. Los honorarios retenidos, deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago. Para el efecto, se autoriza al Gerente General a fin que, conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago VII Las remuneraciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelarán mediante Acuerdo de Gerencia General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad:
VII Las remuneraciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelarán mediante Acuerdo de Gerencia General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: 21 Calle 677, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053“NI concejo municipal al cónyuge o conviviente; b) hijos menores o incapaces y c) a los padres que dependían económicamente del fallecido. Vil No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa. Presupuestariamente las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. De Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus labores requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 2° del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. x
del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. x En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias y que provean los manuales en español para guía de operaciones y mantenimiento correspondiente. XI Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre previo análisis de su situación podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora y los gastos devengados no pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes para cada unidad ejecutora. 21 Calle 6-77, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053v MUN l concejo municipal XI! La administración de la Empresa, dentro de los treinta días siguientes de finalizado cada cuatrimestre se compromete a remitir a el Concejo Municipal un Informe de su gestión que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución financiera de los ingresos por rubro, comparándolos con lo programado. b) La ejecución financiera de los egresos por renglón presupuestario, comparándolos con lo programado. 6) Los resultados económicos y financieros del período. Y d) Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XII
b) La ejecución financiera de los egresos por renglón presupuestario, comparándolos con lo programado. 6) Los resultados económicos y financieros del período. Y d) Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XII A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos; cuando dichas partidas correspondan a otra dependencia, se deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad ejecutora afectada. Las transferencias de asignaciones hasta por CIEN MIL QUETZALES EXACTOS (Q.100,000.00), únicamente deberán ser aprobadas por la Gerencia Financiero Administrativa y la Gerencia General. xv De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del Congreso de la República), las modificaciones presupuestarias, cuando excedan de CIEN MIL QUETZALES (Q.100,000.00), deberán ser aprobadas por la Junta Directiva y el Concejo Municipal. xv El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2004, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de un incremento de ingresos, de transferencias del Gobierno Central y otros. XVI La administración de la Empresa, a más tardar el 31 de marzo del dos mil cinco, deberá presentar al Concejo Municipal, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes: 21 Calle 6-77, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053. MUNI concejo municipal Estado de Ejecución Presupuestaria:
21 Calle 6-77, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053. MUNI concejo municipal Estado de Ejecución Presupuestaria: 1) Liquidación del Presupuesto de Ingresos y 2) Liquidación del Presupuesto de Gastos ARTICULO 4°. Se faculta a la Gerencia Financiero Administrativa, para que programe analiticamente, la estimación de ingresos que establece este acuerdo. ARTICULO 5%. Las dependencias quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año dos mil cuatro. ARTICULO 6°. El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil cuatro. DADO EN EL SALON DE SESIONES MIGUEL ANGEL ASTURIAS DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES, 9 TARIO fa MUNICIPAL” y — ENRIQUÍ OY ARCÍA GRANADOS | 3 %, > ALCALDE EN FUNCIONES Du 02° Tarzan N 21 Calle 677, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053