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COM-050-2001

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-050-2001
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2001

Nuestra Juni concejo municipal Guatemala Acuerdo No. COM —050-2001

EL CONSEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.

CONSIDERANDO Que en sesión celebrada el Diecinueve de diciembre del año dos mil uno, la JUNTA DIRECTIVA de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Transito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana -EMETRAaprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de dicha Entidad, correspondiente al ejercicio fiscal del año dos mil dos.

CONSIDERANDO.

Que los ingresos a ser percibidos durante el año dos mil dos han sido cuanfificados razonablemente en concordancia con la realidad financiera de la Entidad en lo relativo a fuentes de recurso por los cobros que realiza

CONSIDERANDO.

Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado programaticamente tomando ia disponibilidad de recursos, a fin de que EMETRA atienda sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones para la modernización, el control y el ordenamiento del transporte y transito de la ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana

POR TANTO.

Con base en lo dispuesto en el articulo 253 de la constitución Política de la República, el Articulo 40 literales %) y D), Artículos 95; 98; y 101 y 102 del Decreto 58-88 del Congreso de la República, Código Municipal.

ACUERDA.

ARTICULO 1: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Transito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana -EMETRApara el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del Dos mil dos, con un valor de

Transporte y Transito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana -EMETRApara el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del Dos mil dos, con un valor de CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETENTA Y SEÍS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO QUETZALES CON SESENTA CENTAVOS EXACTOS (Q. 49,076,445.60), Distribuidos de la manera siguiente 7alacio Municipal, Centro Civico zona 1 Te:eiono £52-0121 al 8 ext. 204-353 ¡Todos ustugd: 40 cazo. Fa ciudad!Nuestra Juni concejo municipal Guatemala

PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS.

EMETRA.

CODIGO CONCEPTO VALOR

Q

14 INGRESOS DE OPERACIÓN.

14.2 VENTA DE SERVICIOS.

14.2.40 Servicios Publicos Municipales. [#so76:43560 14.240.1 INGRESOS POR CONCEPTO DE TASAS. 24,581, 252.60 14.2.40.1.1. tasas anuoles. T 519,344.00 14.240.1.2. parquimetros. 6.300,000.00 14.2.40.1.3. solvencias 9.583.075.00 14.2.40.1.4 ingreso por carnet de pilotos. 741,708.00 14.2.40.1.5. ingresos por estacionamientos municipales. 3,874.320.00 14.2.40.1.7. ingreso por tarjeta de operación. 280,588.00 14.2.40.1.8. rodaje transporte extraurbano. 769,686.40 14.2.40.1.9. ingreso par tasa de registres mensuales. 2,512.531.20

14.2.40.1.8. rodaje transporte extraurbano. 769,686.40 14.2.40.1.9. ingreso par tasa de registres mensuales. 2,512.531.20 142.402 INGRESO POR CONCEPTO DE MULTAS. 23,980,000.00 1424021 Multas al Transporte. 1,650.000.00 14,240.22 cepos 6.750,000.00 14,240.23 Gruas. 50,000.00 14.240.2.4 Multas Transito 15,500,000 00 142403 INGRESOS VARIOS. 193.00 14.2.40.2.1 ingresos vorios. 303,703.00 12.2.40.3.2 capacitacion de pilotos. 186.400.00

1.5 RENTAS A LA PROPIEDAD 25,000.00

Ss. Intereses. 25.000.00Nuestra uni concejo municipal Guatemala Acuerdo No. COM 050-2001 Articulo 2: Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Transito del Municipio de Guatemala y sus Areas de Influencia Urbana EMETRA, para el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil dos, por el valor total de CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO QUETZALES CON SESENTA CENTAVOS EXACTOS (Q. 49,076,445.60) PRESUPU TO G [ RENGLON | TIPO DE OPERACION [ASIGNACIONES | % | | | FONDOS EN FIDEICOMISO 49,076.445.60 190

TOTAL EGRESOS 49,076,445.60 100

PRESUPU TO G [ RENGLON | TIPO DE OPERACION [ASIGNACIONES | % | | | FONDOS EN FIDEICOMISO 49,076.445.60 190

TOTAL EGRESOS 49,076,445.60 100

Palacio Municipal, centro Civico Zona Telefono 232-0121 al 6 ext ilNuestra u n I concejo municipal Guatemala Acuerdo No. COM —050-2001

NORMAS PRESUPUESTARIAS 2002

ARTICULO 30. Disposiciones Complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Decreto 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica de Presupuesto y Decreto 58-88 Código Municipal. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ARTICULO 40. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de EMETRA será regulada por las siguientes normas: 1 La ejecución, control y evaluación del Presupuesto de Ingresos Corrientes en forma analítica, será realizada por la Coordinación Administrativa, por medio de la Unidad de Presupuesto, quien deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta días (30) siguientes después de finalizado cada trimestre. o La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2002, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro de ingresos; a saber. Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS el cual se desarrollará en el año 2002; para tales propósitos, dicho plan integrará, como mínimo, los programas siguientes:

1. Calendarización mensual y trimestral de la recaudación de los diferentes

ingresos; a saber. Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS el cual se desarrollará en el año 2002; para tales propósitos, dicho plan integrará, como mínimo, los programas siguientes:

1. Calendarización mensual y trimestral de la recaudación de los diferentes ingresos que obtiene la Entidad.

2. Realización .de un programa anual de control y de fiscalización de los ingresos de la Entidad.

Palacio Municipal, Centro Cívico zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204-353 Todos unidos por nuestra ciudad!Nuestra un I concejo municipal Guatemala 3 Establecimiento del programa anual de cobranzas, para que se cumpla estrictamente el control efectivo de las cobranzas normales y economicocoactivos. Para tal efecto, se aplicaran criterios de simplificación y acionalización de los tramites.

4. Intensificación del programa anual de capacitación considerando la formación de todo el personal de la administración para apoyar y desarrollar con eficiencia los planes de recaudación, cobranza y procedimientos administrativos.

DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS ARTICULO 50. En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2002, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto que conduzca al uso óptimo de los recursos, asignados en el Presupuesto. Para el efecto se aplicará la política de austeridad y los procedimientos de control necesarios que tiendan a racionalizar los gastos minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Coordinación General de la Entidad, para que por medio de la Coordinación Administrativa disponga, en caso necesario, las medidas de

ejecución de sus actividades y proyectos. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Coordinación General de la Entidad, para que por medio de la Coordinación Administrativa disponga, en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad.. ARTICULO 60. En la ejecución del Presupuesto de Egresos además de las disposiciones legales ordinarias, se observan las normas siguientes: L Los Departamentos son responsables de la ejecución de los programas y Proyectos contemplados en el presupuesto general de egresos, conforme la distribución analítica formulada en cl Presupuesto. En ese sentido, para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto, deberán presentar en los Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204-353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!Gu Palacio Nuestra Uni concejo municipal atemala primeros quince días del ejercicio fiscal, una programación de los requerimientos financieros acorde con sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance físico a nivel de renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda. Los Departamentos y unidades ejecutoras quedan obligadas a llevar registros y control de sus asignaciones. Así también deberán establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, así como con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria La Coordinación Administrativa queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Proyectos a nivel de renglón de los gastos que efectúa por el monto aprobado en este presupuesto. LUN

La Coordinación Administrativa queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Proyectos a nivel de renglón de los gastos que efectúa por el monto aprobado en este presupuesto. LUN Cuando los trabajos a ejecutar deban realizarse por medio de contrato, y sean objeto de licitación pública, la Entidad deberá proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la dependencia administrativa donde el mismo sc encuentre presupuestado Es responsabilidad de la Coordinación General el cumplimiento de esta disposición Municipal, centro Civico Zona 1 Telefono 2320121 al exi 3 ]Nuestra Juni concejo municipal Guatemala v Los servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración, deberán ser autorizados por el Coordinador General, basada en disponibilidad presupuestaria VI Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. - vn Las Departamentos autorizadores y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiado tenga deudas pendientes con la misma. Los salarios o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza a el Coordinador General a fin que conforme a su criterio y

el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza a el Coordinador General a fin que conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Entidad, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago.Nuestra uni concejo municipal Guatemala VII Programación, Subgrupo Maquinaria y Equipo. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaría y Equipo responden a una programación detallada, aprobada por la Unidad de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución de la, Coordinación Administrativa, exceptuando de esta disposición el renglón 325 Equipo de Transporte para lo cual se requiere autorización previa de la Coordinación General, toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Coordinación Administrativa. X Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago; se cancelarán mediante Acuerdo de la Coordinación General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de propiedad: el cónyuge o conviviente, hijos menores o incapaces y a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de Diferido que el empleado tuviere acumuladas. X El salario diferido, es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el sueldo fijo que figura en cuenta especial “Fondos Consignados™ Dicha retención se hará de enero a noviembre del ejercicio y se devolverá en el

X El salario diferido, es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el sueldo fijo que figura en cuenta especial “Fondos Consignados™ Dicha retención se hará de enero a noviembre del ejercicio y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos, en que el trabajador, solicite que le sea devuelto con antelación Palacio Municipal, Centro Civico Zona 1 Telefono 232-0121 al 8 ext. 204-353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!Nuestra uni concejo municipal Guatemala XI Las economías trimestrales que se causen en el grupo O “Servicios Personales”, sólo son transferibles a) b) 5) a) b) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley. Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal. Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. xn Fondos en fideicomisos: Los fondos que bajo la figura de fideicomiso se sitúen y se administren en los distintos Programas específicos, se efectuara la apertura correspondiente a nivel de Actividad y proyecto a través de los cuales se ejecutaran, así como a nivel de objeto del gasto y fuente de financiamiento. Los procesos específicos de su ejecución serán definidos mediante los instrumentos jurídicos y mecanismos técnicos que para el efecto sean

ejecutaran, así como a nivel de objeto del gasto y fuente de financiamiento. Los procesos específicos de su ejecución serán definidos mediante los instrumentos jurídicos y mecanismos técnicos que para el efecto sean aprobados, por el Comité Técnico respectivo de cada Fideicomiso. palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Telefono 232-0121 al 8 ext ¡Todos unidos por 204-353 nuestra ciudad:Nuestra u n I concejo municipal Guatemala c) Los recursos financieros que se asignen con obligación de reembolso a la unidad responsable del manejo del fideicomiso para que lo inviertan en la realización de proyectos específicos de beneficio social se constituirán en cualquier banco del sistema. XI No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto,-previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad. Presupuestariamente las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. Las reorganizaciones aún cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de la Coordinación General correspondiente y de la Coordinación Administrativa. XIV Los vehículos propiedad de la Entidad, estarán disponibles para la realización de las

Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de la Coordinación General correspondiente y de la Coordinación Administrativa. XIV Los vehículos propiedad de la Entidad, estarán disponibles para la realización de las distintas actividades, comisiones o labores que demande la Administración Municipal. palacio Municipal, Centro Cívico zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204-353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!Nuestra uni concejo municipal Guatemala La asignación de cada vehículo deberá hacerse conforme las circunstancia o labor que debe llevarse a cabo, el funcionario que se le asigne. El Departamento Administrativo Financiero será el responsable del inventario de los vehículos municipales Cuando se adquieran vehículos nuevos, podrán entregar a cuenta del precio correspondiente, los usados que estén al servicio de la Entidad, previo dictamen del Departamento Administrativo Financiero. xv Los Departamentos de la Entidad que para la ejecución de sus programas requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 20. del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. XVI En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la calidad y cantidad necesarias y que se provean los manuales en español para guía de operaciones y cl mantenimiento correspondiente.

para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la calidad y cantidad necesarias y que se provean los manuales en español para guía de operaciones y cl mantenimiento correspondiente. palacio Municipal, Centro Civico Zona 1 Teléfono 237-0121 al 6 ext 204-353 ¡Todos unidos por nuesra ciucan!Nuestra uni concejo municipal Guatemala Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el Presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional XVII Las acreedurías del ejercicio fiscal anterior que se cubran con cargo al renglón 981 “Gastos Devengados no Pagados” sólo podrán efectuarse cuando provengan de obligaciones legítimamente contraidas; entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de la Ley y sc han recibido los bienes o servicios. Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre, previo análisis de su situación, podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora, y los gastos devengados no pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes a esa fecha de cada unidad ejecutora. XVIII A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto; siempre que los Departamentos interesadas propongan las partidas de las que sc tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia se requerirá la firma del Gerente correspondiente. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa

Departamentos interesadas propongan las partidas de las que sc tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia se requerirá la firma del Gerente correspondiente. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia de los Gerentes de ambas dependencias. Las transferencias de asignaciones hasta por TRESIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.300.000.00) deberán ser aprobadas por la Coordinación Administrativa, previo Visto Bueno de la Coordinación General palacio Municipal, Centro Civico zona 1 Telefono 232-0121 al 6 ext 204-353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad:Nuestra uni concejo municipal Guatemala El Concejo Municipal, podrá aprobar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación al presupuesto asignado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes. XIX En lo que respecta a las modificaciones tendientes a aumento o disminución del presupuesto, siempre que no afecten los Gastos de Inversión, deberán ser aprobadas por la autoridad administrativa superior de la Entidad, recayendo tal responsabilidad en la Junta Directiva, a excepción de modificaciones del Grupo 0 Servicios Personales, para lo cual deberá obtener previamente autorización de la Coordinación Administrativa. XX Transferencias de recursos a entidades y organizaciones No Gubernamentales. Se Faculta a la Coordinación Administrativa para que a través del Programa de Transferencias Corrientes pueda transferir a entidades del sector privado comprendidos comos subsidios a Instituciones de enseñanza, de servicios de salud y asistencia Social, Científicas, Tecnológicas, Religiosas y Contribuciones para el

Transferencias Corrientes pueda transferir a entidades del sector privado comprendidos comos subsidios a Instituciones de enseñanza, de servicios de salud y asistencia Social, Científicas, Tecnológicas, Religiosas y Contribuciones para el funcionamiento de diversas entidades e instituciones sin fines de lucro. XXI El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio 2002 cuando la Entidad obtenga ingresos extraordinarios provenientes de subsidios, donaciones, contratación de préstamos; nucvas tasas, arbitrios, multas o aumentos a los establecidos; saldo de ejercicios anteriores, y otros. palacio Municipal, centro Cívico Zona 1 Telefono 232-0121 al 8 ext. 204-353 ¿Todos unidos por nuestra ciudad!Nuestra uU ri concejo municipal Guatemala xx La comisión de caja juntamente con la Coordinación Administrativa elaborara la estimación mensual de ingresos a percibir durante el ejercicio fiscal 2002, con el objeto de que la Tesorería Municipal con base en dicha estimación, fije a cada Departamento y unidad Ejecutoras de fondos específicos y privativos, la cuota de compromiso par que puedan presentar su plan mensual de caja. La Coordinación Financiera podrá ajustar las cuotas de gasto, según el comportamiento de ingresos. ARTÍCULO 7. Se faculta ala Coordinación Administrativa para que programe analiticamente según su fuente, la estimación de ingresos que establece este Acuerdo. ARTÍCULO 8. Las Departamentos quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, en la ejecución de sus respectivos presupuestos para el ejercicio 2002. © ARTÍCULO 9. El presente Acuerdo entra en vigencia, a partir del uno de encro del año Dos Mil Dos.

dispuesto en estas normas, en la ejecución de sus respectivos presupuestos para el ejercicio 2002. © ARTÍCULO 9. El presente Acuerdo entra en vigencia, a partir del uno de encro del año Dos Mil Dos.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES “MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS” DEL

PALACIO MUNICIPAL, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE

DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.

. ALCALDE MUNICIPAL Y EE DREAD TARIO MUNICIPAL palacio Municipal, Centro Cívico zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204-353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!

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