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COM-06-1996

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-06-1996
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

Voo - Y [e “e e ED Ema concejo municipal municipalidad guatemala

ACUERDO DEL CONCEJO CREANDO EL CONSEJO CONSULTIVO

DE LA DIRECCION DE SERVICIOS PUBLICOS, DENOMINADO

MTACITA DE PLATA"

APROBADO: 13 DE MARZO/96

HOJA No. 1 DE 3

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que por mandato constitucional, a las Municipalidades del país les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su Jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; pers los efectos ccrrespondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. Artículo 253 de la Constitución Política de le República de Guatemala.

CONSIDERANDO: Que a las Municipalidedes les compete la prestación y administración de los servicios públicos de las poblaciones bajo su Jurisdicción territorial; garantizando su funcionamiento eficiente, seguro, continúo, cómodo e higiénico a los habitantes y beneficiarios de dichas poblaciones.

CONSIDERANDO: Que en virtud del crecimiento demográfico de le población de la cludad de Gusterala, ha dado como resultado el deterloro' del medio ambiente, como consecuencia de la generación de las mi les de toneladas métricas de basura que se producen en las Áreas residenciales, comerciales e Industriales.

CONSIDERANDO: i Que en vista de lo expuesto en el considerando anterlor, se hace necesarloje Imprescindible la creación de un ente colegiado para que coadyuve técnicamente a asesorer a la Dirección de Servicios Públicos Municipales, con la finalidad de que emita las recomendaciones para le optima recolección,

creación de un ente colegiado para que coadyuve técnicamente a asesorer a la Dirección de Servicios Públicos Municipales, con la finalidad de que emita las recomendaciones para le optima recolección, transporte, tratomlento y disposición final de los desechos sólidos, así como la el Iminación de los basureros clandestinos. diseminados en la cludad de Gustonala. CONSIDERANDO; Que este órgano colegiado, esté facultado para emitir acuerdos de creación de sus dependencias, empresas y unidades de servicios adalnlstrativos.

POR TANTO: Con base en lo considerado, leyes citadas y lo que para el efecto preceptúan los artículos 134, primer párrafo; 121 Inciso.d: 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Gueteasla; 2, 3, 6, 7, 8, 11, 30, 3 Inclso e, 36, 39, 40 Inclsos a, b, k, av 3, v, Y; 82, 84, 99, 109, 110 del Código Municip v palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353muni concejo municipal municipalidad guatemala

ACLERDO DEL CONCEJO CREANDO EL CONSEJO CONSULTIVO

DE LA DIRECCION DE SERVICIOS PUBLICOS, DENONINADC "TACITA DE PLATA"

APROBADO: 13 DE MARZO/96 HOJA No. 2 DE 3

ACUERDA: el Consejo Consultivo de la Dirección de Servicios Públicos, Se cri Articulo Primero: CREACI denominado "Tacita de Plata".

APROBADO: 13 DE MARZO/96 HOJA No. 2 DE 3

ACUERDA: el Consejo Consultivo de la Dirección de Servicios Públicos, Se cri Articulo Primero: CREACI denominado "Tacita de Plata".

Articulo Segundo: Al Consejo Consultivo Tacita de Plate, le corresponde asesorar técnicamente o la Dirección de Servicios Públicos, de las medidas más apropiadas para manejar la recolección, transporte, tratamiento y disposición fInal de las basures o desechos sólidos que se producen o generan en la cludad de Guatemala; asf como proponer el Honorable Concejo la emisión de ordenanzas o reglamentos que permitan lo prestación en forma eficionte del servicio de aseo y barrido de calles, #51 como le recolección, transporte, tratamiento y disposición fInal de le basura c deseches 261 Eos.

Artículo Tercero: COORDINACION: El Consejo Consultivo Tacita de Plate, debe coordinar sus funciones cen los principios que informan los planes, programas y proyectos de trabajo ce la Municipal dad de Guatenala, en materia de ornato y |Inpleza de las vías públicas de la cludad de Guatonalo.

Artículo Cuerto: REGLAMENTO: El Consejo Consultivo Tacita de Plata, queda facultado paro elaborar los proyectos de su proplo reglamento Interior, asf como los acuerdos y ordenanzas municipales de observancia general que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines, los cuales deben ser aprobados por el Concejo Municipal.

Artículo Quinto: FUNCIONAMIENTO: El Consejo Consultivo Tacita de Plate, Inlclers su funcionanlento, conforme el acuerdo que emitirá Alcaldía Municipal para el efecto.

Artículo Sexto: ORGANIZACION: El Consejo Consultivo Tacita de Plata, se organizará con siete mlenbros titulares, los cuales serén nombrados por acuerdo de Alcaldía.

Artículo Séptimo: REQUISITO: Para ser membro del Consejo Consultivo Tacita de Plata se requiere: a) Ser mayor de veinticinco años b) Sor de reconocida honorablIdad €) Poseer +Ttulo a nivel medio Artículo Octavo: Sin perJulcio de ctras funciones que le asignen en el futuro, al Censejo Consultivo Tecite de Plate, le corresponde: 1) Enltie opinión sotre los proyectos y las acclones Institucionales o Inter Institucionales, que traten sobre la presteción del servicio local de aseo, barrido de calles, así como la recolección, transporte, tratamiento y disposición fInal de las basuras o desechos sÓl idos. 2) Recomendar o proponer los proyectos o acciones que debe aprobar el Concejo Municipel en relación 2 los aspectos de su competencia. ipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-3532ncejo municipal municipalidad guatemala

ACUERDO DEL "CONCEJO CREANDO EL CONSEJO CONSULTIVO

DE LA DIRECCION DE SERVICIOS PUBLICOS, DENOMINADO

MTACITA DE PLATA"

APROBADO: 13 DE MARZO/96

HOJA No. 30€ 37

Artículo Noveno: SESIONES: El Consejo Consultivo Tacita de Plata, seslonarf ordinarlemente dos veces quincena en el horario comprendido de las diecisiete e las velnts hores, en el local que pare

el efecto re le asigne en el Palacio Municipal y extreordinerlamente las veces que sean necesarias en virtud de la convocatoria del que presida el relecionedo órgano colegludo o blen por convocatoria de tres de sus miembros. En las deliberaciones del Consejo Consultlyo Tacita de Plata, podrán no participar todos sus mlesbros y sus resoluciones deberán contar con la opinión favorable de la meyoría absoluta de los miembros que lo Integran. En ceso de empate en la votación la persona que preside tendrá doble voto o voto decisorio. El Secretario levantarh acta detal lada de cada sesión, la que seré firmada por todos los miembros que hayan asistido a la misma y por el Secretario, después de haber sido lefda y aprobada en la sesión siguiente. De cada acta se sacará copia cortificads, la que ser6 enviada al señor Alcalde para su conocimiento y demás efectos legales consiguientes: Artículo Décimo: Los miembros del Consejo Consultivo devengarán un sobresueldo por la cantidad de 1,300.00. Los recursos para el funcionemiento se pagarán del Presupuesto anual de la Dirección de Servicios Públicos; ordenándose a la Dirección de Finanzas, que haga las operaciones contables y presupuesterTes correspondientes.

Articulo Onceavo: La designación de le Presidencia del Consejo Consultivo Tacita de Plata, la haré el mismo en la primera sesión que realicen, entre los mlembros nombrados para Integrarlo. Entre otras funciones le corresponde presidir les seslones del Consejo Consultivo Tacita de Plata y las demás atribuciones que se señalen en el Reglamento Interno del mismo.

Artículo Doceavo: Asimismo este órgano coleglado tendrá un Secretario, entre otras funciones le

correspon:

demás atribuciones que se señalen en el Reglamento Interno del mismo.

Artículo Doceavo: Asimismo este órgano coleglado tendrá un Secretario, entre otras funciones le correspon: a) Ejecutar y velar por el cumplimiento de los acuerdos que emita el Consejo Consultivo Tacita de Plata y mantenerlo Informedo al respecto. b) Llevar el libro de actas de les sesiones y emitir les certificaciones de las mismas.

©) Las demás atribuciones que el Consejo Consultivo designe o blen se esteblezcan en el Reglamento Interno.

Articulo Trecesvo: Las dependencias, empresas y unidades administratizes de la Municipalidad de Guetenela, quedan obligadas a prestar el apoyo necesario para el normal desarrollo de las funciones del Consejo Consultivo Tacita de Plata. ‘ Artículo Catorceevo: El presente acuerdo entrará en vigor ocho días después de su publicación en el

Diario Oficial.

Artículo Quinceavo: DEROGATORIA: Se derogs cualquier otra disposición sunicipal que se oponga al presente acuerdo.

RIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL A LOS TRECE DIAS DEL MES

DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENZYY SEIS.

Cue palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 /41 8 ext. 20% E 5 53

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