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COM 10-2015

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 10-2015
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2015

DE GUATEMALA cumP

" Concejo Municipal ACUERDO No. COM-10-2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, entre otras funciones les corresponde: elegir a sus propias autoridades, obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.

CONSIDERANDO: Que corresponde al Gobierno Municipal de forma exclusiva la administración de sus intereses, la obtención y disposición de sus recursos patrimoniales y su fortalecimiento económico, debiendo emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de dichos fines.

CONSIDERANDO: ¡Que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio -de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, tiene la libre disposición de los bienes que están bajo su administración, ejerciéndola conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

CONSIDERANDO: Que se hace necesario simplificar y agilizar los procesos administrativos para el arrendamiento de los bienes municipales bajo la administración de EMETRA, por parte de personas individuales o jurídicas con el fin de reducir costos de preservación, mejoramiento y mantenimiento de los mismos.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los “artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3,

preservación, mejoramiento y mantenimiento de los mismos.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los “artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 6, 7, 9, 33, 35 literales a), d), i); n), 67, 72, 73 inciso a), 142 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, 1,16, 21 y 22 del Reglamento de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, de fecha 28 de abril de 1997.DE GUATEMALA cumple

Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-10-2015

ACUERDA: Artículo 1. Facultar a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para que a través de su Junta Directiva, autorice el arrendamiento de bienes municipales que están bajo su administración, a favor de personas individuales o jurídicas.

Artículo 2. Autorizar a la Dirección General de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para suscribir previa aprobación de su Junta Directiva, los instrumentos legales por medio de los cuales se otorgue en arrendamiento los bienes municipales que estén bajo su administración. El plazo máximo de dicho arrendamiento no podrá exceder de diez (10) años. Artículo 3. Facultar a la Dirección Financiera de la Entidad Metropolitana

arrendamiento los bienes municipales que estén bajo su administración. El plazo máximo de dicho arrendamiento no podrá exceder de diez (10) años. Artículo 3. Facultar a la Dirección Financiera de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para que proceda a la creación de las cuentas, tanto contables como presupuestarias para el registro de los ingresos que se perciban de los arrendamientos correspondientes. Artículo 4. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente. n de Sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal, a las-del mes de marzo del año dos mil quince. Li Secreto Mmicipal > To [,

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