COM-11-1998
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-11-1998
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1998
Le. AN concejo municipal municipalidad guatemala
ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL,
MODIFICACION A LA TABLA DE COSTOS DE
CONSTRUCCION POR METRO CUADRADO,
APROBADO: 27 DE MAYO DE 1998
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que este cuerpo colegiado, con fecha veintiocho de noviembre de mil novecientos setenta y nueve, instituyó la tabla de costos de construcción. por metro cuadrado, disposición municipal que sufrió la primera modificación el veinte de julio de mil novecientos ochenta y siete y la segunda modificación se realizó el veinte de julio de mil novecientos noventa y dos.
CONSIDERANDO: Que” por mandamiento constitucional, los Concejos Municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que le sean necesarios. “CONSIDERANDO: Que constituye la hacienda municipal, entre otros bienes y valores, el producto de los arbitrios, las tasas administrativas y por servicios municipales y los ingresos de otras fuentes legales.
CONSIDERANDO: Que a la presente fecha, se ha establecido que los costos de construcción han tenido un incremento considerable, por lo que se hace necesario e impostergable actualizar la tabla de costos de construcción por metro cuadrado; para los efectos consiguientes, deberá emitirse la disposición correspondiente.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptian los artículos 253, 254, y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 6, 11, 30, 40, 41, 60, 61, 62, 82, 83, 84, 109, 110, 112, 113, 115, 116, del Decreto Número 58-88 del Congreso de la República.
ACUERDA: Artículo 10.: Se modifica el acuerdo municipal fechado el 28. de noviembre de 1979, que instituyó la tabla de costos de construcción por metro cuadrado; que a su vez fue modificado por los acuerdos municipales fechados el 20 de julio de 1987 y 20 de julio de 1982, respectivamente; en consecuencia, la Municipalidad de Guatemala, tomará como base para el cálculo de las diversas obligaciones derivadas de las construcciones que se ejecutan dentro del distrito jurisdiccional del Municipio de Guatemala, los valores de la presente tabla de costos de construcción por metro cuadrado, en la forma que a continuación se detalla: palacio municipal centro cívico zona, 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353concejo municipal municipalidad guatemala
TABLA DE COSTOS DE CONSTRUCCION Y OTROS
TIPO DESCRIPCIÓN COSTO UNIDAD EDIFICACIÓN 1 EDIFICIOS DE TRES O MAS NIVELES: Estructura de concreto reforzado o de metal, paredes de ladrillo o block y techos de losa de concreto. . A. Hoteles Q. 1,500.00 M2
B. Oficinas C. Locales Comerciales D. Vivienda Multifamiliartechos de losa de concreto. . A. Hoteles Q. 1,500.00 M2
B. Oficinas C. Locales Comerciales D. Vivienda Multifamiliar2 EDIFICIOS DE UNO O DOS NIVELES: A. Hoteles B. Oficinas C. Locales Comerciales Q. 1,200.00 M2 D. Vivienda Multifamiliar 3 EDIFICIOS DE BODEGAS Y/O INSTALACIONES INDUSTRIALES: A. Un nivel Q 600.00 M2
B. Dos o más niveles Q100000 Ma 4 RESIDENCIAL: Tipo E Vivienda hasta 60 Mis2 Q 500.00 M2
Tipo TE Vivienda con área de 6La | Q 700.00 M2 100ms2 __ Tipo HI: Vivienda con área de 101a| Q 1,200.00 M2 300 Mts.2 Tipo IV: Vivienda con área de 301 a | Q. 1,500.00 M2 400 Mts.2
Tipo V: Vivienda con área mayor de | Q. 1,750.00 M2 400 Mts.2 5 URBANIZACIONES: Q 10,000.00 Lore 6 EXCAVACIONES Y/O Q 2500 M3
MOVIMIENTO DE TIERRAS: 7 AMPLIACIONES: (Se aplica costo correspondiente al tipo de edificación que se trate) 8 REMODELACIONES (Cambio en | (Se aplica 50% del “costo uso): correspondiente al tipo de edificación que sc trate)
9 DEMOLICION: Q 5000 M2
OTRAS EDIFICACIONES NO TIPIFICADAS EN LO ANTERIOR: A. Levantado de muro de ladrillo. Q 150.00 M2 10 B. Levantado de muro de block. Q 105.00 M2
C. ‘Cubierta de duralita, lámina galvanizada o plástica. Q 17000 M2 D. Cubierta de losa de concreto reforzado. Q.__400.00 M2 palacio municipal centro cívico zona, 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353muni concejo municipal municipalidad guatemala Artículo 20.: El Plan de Desarrollo Metropolitano o la dependencia que haga sus veces será la dependencia municipal encargada de la aplicación de la tabla de costos de construcción a que se refiere el presente acuerdo municipal y a efectuar el cálculo de la licencia correspondiente; de conformidad con la riormativa del acuerdo municipal que regula la modificación a las tasas por concepto de licencias municipales de demolición, construcción o modificación de las edificaciones existentes en el Municipio de Guatemala.
Artículo 30.: Transitorio. Los expedientes relacionados con la tabla de costos de construcción, por metro cuadrado, que estuvieren en trámite al entrar en vigencia la presente disposición municipal, se regirán por la tabla de costos de construcción, por metro cuadrado, contenida en el acuerdo municipal emitido por el Concejo Municipal con fecha veinte de julio de mil novecientos noventa y dos. Articulo 40.: Derogatoria. Se deroga cualquier disposición municipal que se oponga o tergiverse a este acuerdo municipal. Artículo 50.: El presente acuerdo entra en vigor, el mismo dia de su publicación en el diario oficial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL. ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS
DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL. ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. palacio Municipal Sentro oivico d6na + télétono 20181 al 8 ext. 204-355