COM 11-2018
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 11-2018
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
ACUERDO COM-11-2018
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto rúmero 12-2002 del Congreso de la República, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas y corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, debiendo emitir para ello las ordenanzas necesarias para su organización y funcionamiento.
CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo COM-032-2010 de fecha trece de septiembre del año dos mil diez, este órgano colegiado facultó a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para que a través de su Junta Directiva autorice la suscripción de convenios de pago por concepto de multas administrativas.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia, descentralización y desconcentración administrativa, en menester que los procedimientos de autorización para la suscripción de los convenios de pago por la imposición de multas administrativas se puedan resolver y agilizar en menor tiempo.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253, 254 y 255 de la Constituc ón Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, 9, 33, 35 literales a), d), i); n), 67, 72, 73 inciso a) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; 1 y 22 del Reglamento de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala
12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; 1 y 22 del Reglamento de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, de fecha 28 de abril del año 1997.
ACUERDA: Aprobar las siguientes reformas al Acuerdo COM-032-2010 de fecha trece de septiembre del año dos mil diez.
Artículo 1. Se modifica el artículo 1 del Acuerdo COM-032-2010 de fecha trece de septiembre del año dos mil diez, el cual queda así: “Facultar a la Entidad Metropo itana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para que a través del Director General autorice la suscripción de convenios de pago derivados de la imposición de multas administrativas.”.DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 2
ACUERDO COM-11-2018
Artículo 2. Se adiciona un pérrafo al artículo 3 del Acuerdo COM-032-2010 de fecha trece de septiembre del año des mil diez, el cual queda así: “No se podrá otorgar convenios de pago en los casos que el saldo de las multas administrativas sea igual o menor a mil quetzales (Q. 1,000.00)”. Artículo 3. Se ratifica en todo lo demás el contenido del Acuerdo COM-032-2010 de fecha trece de septiembre del año dos mil diez, emitido por el Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala. Artículo 4. El presente Acuerdo es de observancia general y debe ser publicado en el Diario de Centro América, Ó-gano Oficial del Estado, y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.
Ciudad de Guatemala. Artículo 4. El presente Acuerdo es de observancia general y debe ser publicado en el Diario de Centro América, Ó-gano Oficial del Estado, y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.
DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO.
|_ Ricardo Quiñónez