COM 11-2020
CONCEJO MUNICIPAL
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- COM 11-2020
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
DE GUATEMALA 710
Concejo Municipal
ACUERDO No. COM-11-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde al Concejo Municipal, la deliberación y decisión del gobierno y la administración del municipio; dentro de sus competencias está la de emitir Reglamentos que establezcan o regulen sus formas de organización para el cumplimiento de sus fines.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley de Orden Público, Decreto Número 7 de la Asamblea Constituyente de la República de Guatemala, se establece que el Estado de Calamidad podrá ser decretado por el Ejecutivo para evitar en lo posible los daños de cualquier calamidad, y estipula que el Presidente de la República podrá tomar todas las medidas necesarias para que la calamidad no se extienda a otras zonas para la protección de la persona y de sus bienes.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República de Guatemala, en Consejo de Ministros emitió el Decreto Gubernativo 052020 de fecha 5 de marzo del año 2020, mediante el cual declara el Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con las Disposiciones Presidenciales en Caso de Calamidad Pública y Órdenes para el estricto cumplimiento, emitido por la Presidencia de la República en fecha 16 de marzo del año 2020, en el cual se establece que dichas disposiciones son de cumplimiento obligatorio, y se ordenó suspender las labores y actividades en las distintas dependencias del Estado, así como el Sector Privado.
POR TANTO:
establece que dichas disposiciones son de cumplimiento obligatorio, y se ordenó suspender las labores y actividades en las distintas dependencias del Estado, así como el Sector Privado.
POR TANTO: Este Concejo en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en sus artículos 253 y 254, así como lo dispuesto en los artículos 33, 35 literales a), e), i) y 68 literal d) del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas.
ACUERDA: Artículo 1. Suspender, a partir del día 17 de marzo del año 2020, el cómputo de los plazos de los procesos administrativos que se encuentran en trámite en la Municipalidad de Guatemala, en consecuencia a partir de la fecha señalada se consideran como días inhábiles para el cómputo de los mismos, hasta que culmine la suspensión de las labores y actividades en las distintas dependencias del Estado, así como el Sector Privado.
Quedan a salvo las adquisiciones que se efectúen para atender la emergencia dentro del marco del Estado de Calamidad Pública vigente y que se tramiten como excepción conforme la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 2. El presente acuerdo entrará en vigencia inmediatamente.Concejo Municipal Hoja No. 2
ACUERDO No. COM-11-2020
Dado en la Ciudad de Guatemala, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil veinte. N tee — > Acardo|Quiñóne S Alcalde Municip: " 5 Héctor Leonel Flores García | Secretario Municipal . %