COM 12-2013
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 12-2013
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
ACUERDO COM-12-2013
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en sesión Número 79-2013 celebrada el día 10 de octubre del dos mil trece, la JUNTA DIRECTIVA de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana - EMETRA -, aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de dicha Entidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal del año dos mil catorce.
CONSIDERANDO: Que los ingresos percibidos durante el año dos mil trece han sido cuantificados razonablemente en concordancia con la realidad financiera de la Entidad en lo relativo a fuentes de recurso por los cobros que realiza, y estimando los que pueden percibirse para el
Ejercicio Fiscal 2014.
CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado dentro de los lineamientos y procedimientos técnicos y legales para la elaboración del Presupuesto por Programas, emanados por los entes rectores, tomando en cuenta las necesidades de recursos presupuestarios, afin de que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana — EMETRA -, atienda sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones que por Ley le compete.
POR TANTO: Con base en lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República, los artículos 126,129 y 131 del Decreto número 12-2002 y sus modificaciones 22-2010 y 14-2012 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
artículos 126,129 y 131 del Decreto número 12-2002 y sus modificaciones 22-2010 y 14-2012 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA: ARTÍCULO 1°. Presupuesto de ingresos. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana —EMETRApara el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce, por un valor total de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES DIECISEIS MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q.155,016,200.00), distribuidos de la manera siguiente:DE GUATEMALA ¿ymple
Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-12-2013
PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS EN TIDAD METROFOLMANA RECULADORADE TE und ha ur NUNCA DEGUATENAA EMETRA
FORMULACIÓN DL PRESUPUESTO N INGRESOS Lem
E {CERAS EXPRESADAS EN QUETZALES) INSTITUCIÓN: 12200001 Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránstta del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA CÓDIGO DESCRIPCIÓN eltule ls la [o un | ELO ix Eſacfale luli DESCRIPCIÓN visENIE 2013 | PERCEDO ALSO coucrano 201) VARIACIÓN LA PR lie I DE AGOSTO 2013 2013/2014 ejro| ELO] fa A R TOTALES 160,000,000,00 | 83,621,434.65 | 155,016,200.00 | (4,983,800.00)
ejro| ELO] fa A R TOTALES 160,000,000,00 | 83,621,434.65 | 155,016,200.00 | (4,983,800.00) 20 RECURSOS DEL TESORO CON AFECTACIÓN ESPECÍFICA 381720000) — 132445068) — 2,816,600.00) (1,001,300.00)
[OTROS RECURSOS DEL TESORO CON AFECTACIÓN
2 ESPECÍICA 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2 [DEL SECTOR PÚBLICO 50| DE MUNICIPALIDADES 1 [APORTE MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA 381790000 — 132445068) 2.816,60000] (100120000) 30 RECURSOS PROPIOS DE LAS INSTITUCIONES 15246027000) — 8220608297) 151,699.600.00] (780,670.00) ] 31 INGRESOS PROPIOS 150,182.100.00] — 79.998.814.83| 146,699,600.00] 3.462.500.00 E INGRESOS NO TRIBUTARIOS 6 MULTAS 10| ORIGINADAS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS 10445500000) 5981877731) 10175502200 (267997800) | |SOLVENCIAS DE TRÁNSITO 7,500,000.00) 380509500 9950,000.00| (2.450,000.00)| 2 [MULTAS AL TRANSPORTE (ADMINISTRATIVAS) 600000000 — 357424506) — 6.000,00000 - ] 3 ſcrPos 12,40000000] 9.997.65000] 670000000] _5.500.00000
] 3 ſcrPos 12,40000000] 9.997.65000] 670000000] _5.500.00000 4 [MULAS IRÁNSITO 20000.000.00) 16,963.219.63] — 7.500.000.00| 12.500,000.00 5 [MULTAS PARQUIMETROS 3,600,00000] — 210467062| — 360000000) - ‘ 6 [MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD 1250000000] — 790284677 12.500000.0) - 7 [RECUPERACIÓN DE MULTAS TRÁNSITO 1577000000] 6:25650874| — 2664002200] 10870.02200 ] 8 [RECUPERACIÓN DE MULTAS PARGUIMETROS 700000000] — 1.384386.25) 7,000000.00l 9 [RECUPERACIÓN DE MULTAS AL TRANSPORTE (ADMÓN) 5.500,000.00| 1,785.791,75| £.500,000.00} - 11 [RECUPERACIÓN MULEXC.DE VELOCIDAD 1300000000] — 680.006.49| 15000,00000] 2,000.00000 12 [DEPÓSITO DE VEHÍCULOS CONSIGNADOS 715,000.00] 390,717.00 715,000.0013 [PESOS Y MEDIDAS PARA TRANSPORTE DE CARGA 450,000.00] 153,600.00] 450,000.00] - 7 INTERESES POR MORA 10] |ORIGINADOS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS 5500000000 239582667 7.365,00000 (1.135.000.00)
7 INTERESES POR MORA 10] |ORIGINADOS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS 5500000000 239582667 7.365,00000 (1.135.000.00) 1 [INTERESES POR MORA 550000000 — 233582067] — 7:365.000.00 (.135.000.00)DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-12-2013 E [INGRESOS DE OPERACIÓN 607 00.00) — 1771500010 3690157000 — :3447000] 2 VENTA DE SERVICIOS 40 | [SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES > [TASA ANUAL TAXIS ESTACIONARIOS 126,000.00) 24336 00) 126.000.002 TASA ANUAL TAXIS 851.000.00) 555,767.53]_890.00000| 39,000.00] 3 [TASA ANUAL FIETEROS PICK-UP 10,500.00] 4.6560 720000] 0,000,001 4 TASA ANUAL FLETEROS CAMIONES 7000500) 71,567.03] 10500000] (3006.00) 5 [TASA ANUAL RECOLECTORES (CAMIÓN AVARILLOS 275,000.00 144,000.09) 275,005.00) E 7 [CARNETS APILOTOS TAXIS 320,009.09 128.932 00 320000006 [CARNETS APILOTOS TAXIS ESTACIONARIOS 61,500 00) 1796200] 61,500.00] B 3 [CARNETS APILOTOS BUSES ESCOLARES 55,000.00] 16.632,00) 55.000,00) - 10 [CARNETS APILOTOS FLEVEROS PICK UPS 1,000.00 56:00 100000] E
3 [CARNETS APILOTOS BUSES ESCOLARES 55,000.00] 16.632,00) 55.000,00) - 10 [CARNETS APILOTOS FLEVEROS PICK UPS 1,000.00 56:00 100000] E 77 [CARNETS APILOTOS BUSES URBANOS 1,000.00] - - 1000.00) T3 |CARNETS APLOTOS FIETEROS CAMIONES 400.00 - E (00.00) 13 ¡CARNET APILOTOS BUSES EXTRAURBANOS 600000) 1,520.00) 350000] 250000) 14 [ESTACIONAMIENTO PLAZA ADA conocio) — 1128,817.00] 4000.00000] - 15 [ESTACIONAMIENTO PLAZA CENTRAL (MAYOR) 00000000 — 1.033,69600] 2.000.000 00) 16 [ESTACIONAMIENTO PLAZA SAGRARIO AG7000000| — 1.468.16500| — 500000000 93000000 17 ESTACIONAMIENTO PARROQUIA 500,000.00] 95,383.00) 5000000018 [ESTACIONAMIENTO TELGUA 252,000.00] 188-0000 252,000.0077 [ESTACIONAMIENTO INDUSTRIA CONCÓ 180,000.00] 152000.00] 9800000 1600000 25 [SANITARIO ESTACIONAMIENTO PLAZA CENTRAL (MAYOR) 350,000.00 136.421.00| 350.000) - T [TARJETA DE OPERACIÓN TAXI ESTACIONARIO 35.000,00 38,556.00) 500000) - 22 [TARJETA DE OPERACIÓN TAS. 875,472.00) 525000) 750,460.00) 0125022700)
T [TARJETA DE OPERACIÓN TAXI ESTACIONARIO 35.000,00 38,556.00) 500000) - 22 [TARJETA DE OPERACIÓN TAS. 875,472.00) 525000) 750,460.00) 0125022700) 23 [TARJETA DE OPERACIÓN FLETEROS CAMIONES 1,700.00] 34400) 1,70000] - 21 |TARUETA DE OPERACIÓN HETERGS PICK-UPS 7200.00] 235200 250000] 070000) 26 [TARJETA DE OPERACIÓN BUSES ESCOLARES 58,450.00] 31,368.00] 58,450.00] - 27 [ARJETA DE OPERACIÓN CAMIÓN AMARILLO 75,000.00] 1.008 00) 75,000026 RODAJE DE TRANSPORTE EXIRAURBANO. 7,525,000.00 777,873.06] 1:62500000| - 25 [REGISTRO MENSUAL TAXIS ESTACIONARIOS: 575.450,00] 351,836 77] 57646000) - 30 [REGISTRO MENSUAL TAXS 4975,37800| — 3.001,97000) 4975 37800 31 REGISTRO MENSUAL FLETEROS CAMIONES 15.350,00] ¿28000] 15,350.00] - 32 [REGISTRO MENSUAL FIETEROS PICK-UPS 26.500,00) 17,096.00] 28.00.00] - 34 INGRESOS VARIOS 216,000.00 18703807) 252670000] 030000) 35 [CAPACITACIÓN DE PILOTOS CERA FASE): 200.00500) 111702.00] 200.000 60) -
34 INGRESOS VARIOS 216,000.00 18703807) 252670000] 030000) 35 [CAPACITACIÓN DE PILOTOS CERA FASE): 200.00500) 111702.00] 200.000 60) - 36 [CAPACITACIÓN DE PILOTOS (204 FASE) 180.000.00) 77,728.00 150,000 00) - 37 | ARRENDAMIENTO DE PASARELAS 550,000.00) 26426236 0000.00) - 35 [ARRENDAMIENTO DE PUENTES 74450000 75 20000) 12500000) (19.60000) 20 |ESCUDOS 283,000.00] 793,078.00] 220,000.00] (33,60000) 22 |CESIÓN DE TAXIS 135,600.00] 82.500 00 135.000 00] E 43 RECUPERACIÓN REG. M. TAXIS 245.000.00] 56,6693 245,000.06 E 44 [RECUPERACIÓN REG. M. 1. ESTACIONARIOS 78,000.00] 24,545.50) 5500000) - 45 RECUPERACIÓN REG. M. F. PICK UPS 20,500.00) 75,256 80] 20,700.00) 20000 46 JRECUPERACIÓN REG. ME CAMIONES 23,500.00) 3840.05 23.500,0047 |REC. REG. ROD. TRANS EXTRAURBANG 3.000,000.00] 232.590.26] BE000000] — (150,000.00) 54 [TARIFA PARQUÍMENSO 3.500,00000| — 205251801) — 350000000) 55 | TASA ANUAL PUBLICIDAD MÓVIL 381,000.00) 88,122.00) 131,000.00] -
54 [TARIFA PARQUÍMENSO 3.500,00000| — 205251801) — 350000000) 55 | TASA ANUAL PUBLICIDAD MÓVIL 381,000.00) 88,122.00) 131,000.00] - 5 TARJETA DE OPERACIÓN PUELICIDAD MÓVIL 200000) 672.00) 20000058 IRIMESTRAL PUBLICIDAD MÓVIL 226.000.00) 3420000) 226,000 00] - & [SANITARIOS PLAZA EL AMATE 400,500.00) 257.986.00] 400,500.00] - €5 [PARQUES PLAZA EL AMATE 261800000) — 1.250 12000] 267500000 E 66 [PARQUEO EL SANTUARIO DE GUADALUPE 360,000.00) 168,195.00] 360,000.00] - 50 |CAPACITACIÓN DE PILOTOS (RA FASE): 180,000 00) 106,744.00) 180,000.00] - 69 [ARRENDAMIENTO TAXIS. 30.000,00) 1161260 35,000.00 E 70 [REPOSICIÓN DE TARETÓN 30,000.00) 11.31200] 35,005.0071 REPOSICIÓN DE DIPLOMAS 30,000.00) 2.800 50) $0,000.00] - 72 |TARETÓN NO RETIRADO 50.000.00) 110950) 28,006.00) (25.000,00)DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-12-2013 Ts [nas ALA oo EE ME ME MC) RN sol |rorperósmos
Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-12-2013 Ts [nas ALA oo EE ME ME MC) RN sol |rorperósmos 1+ [INTERESES 840.000.00| 128.222.7) 638,000.00) (202,000.00) = [MRE DE ELA FEEDS DE NONE o]z sseomen 220182000 7 [RENE DE PATONES 5 | incremento me esurranos aCUNUTADOS io Im reento or restTADOs ACUMULADOS 1 [SALDO DE CAJA 2013 2.298.170.00| 2.278,169.14 5.000,00000| 2.701.830.00 % Ao men ESET — [aaa WO T 7 DONACIONES pes 7 Imsnrenencias COMENTE TT Jorsecron mano 30| [De EMPRESAS PRIVADAS 1.701.830.00] - 00000 00) (120165000) 1 DONACIONES EN ESPECIE 1,701,830.008 - 500.000.00/ (1.201.830.00)| 2 [DEL SECTOR PÚBLICO
10 DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL 2,000.000.00
T [Conacionts en espec cmo - - - ARTÍCULO 2°. Presupuesto de Egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, -EMETRApara el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce, por el valor de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q.155,016,200.00), distribuidos de la forma siguiente:
uno de diciembre del año dos mil catorce, por el valor de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q.155,016,200.00), distribuidos de la forma
siguiente: PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS ENTIDAD METROPOUANA REGULADORA DE TRANSFORTE Y TRANSITO DEL MUNICITO DE GUATEMALA EMETRA
Y SUS ÁREAS DE INFLUENCIA URBANAEMETRA —
FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTO GRUPO Y RENGLÓN er.
EJERCICIO FISCAL 2014
(CIFRAS EXPRESADAS EN QUETZALES)
N Y TRANSITO b URBANA RENGLÓN DESCRIPCIÓN VIGENTE 2018 | ECA 20 | SOLICITADO 20% 0 SERVICIOS PERSONALES 102,808,120.00 | 56,038,333.01 112,878,760.00 TZ PERSONAL POR CONTRATO 78,079.560.00 42.356.491.00) 8212.20 026 [COMP. POR CALIDAD PROFESIONAL AL PERSONAL TEMP. 175,500.00] 58,500.00 310,600.00 027 [COMP. ESPECÍFICOS AL PERSONA. TEMPORAL 4.410,000.00 2.480,256.90] 4.719,000.00 027 [OTRAS REMUNERACIONES DE PERSONAL TEMPORAL 4,020,000.00 2.245,057.50| 201076000 042 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DEL PERSONAL TEMPORAL 600,000.00) 69,825.70 550,000.00 061 DIETAS 4,540,800.00 2,468,592.00| 4,320.000.00
042 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DEL PERSONAL TEMPORAL 600,000.00) 69,825.70 550,000.00 061 DIETAS 4,540,800.00 2,468,592.00| 4,320.000.00 071 AGUINALDO 6:255,630.00 83,507.16 693435000 072 BONIFICACIÓN ANUAL (BONO 14) 6,256,630.00] 5,344,868.32] 6,934.,350.00 073 BONO VACACIONAL 1.470.000.0) 930.643.64] 1.887.600.00DE GUATEMALA ¿umple Concejo Muni cipal Hoja No. 5
Acuerdo COM-12-2013 1 SERVICIOS NO PERSONALES 21,423,805.00] — 4633,985.33 | 15,540,500.00
Tr ENERGIA ELÉCTRICA 81.600.00 3197774) 7000-00) 2 AGUA 44,200.00] 1,827.95 a0.000.00] na TELEFONÍA 673.160.00) 249,083.18 658,000.00] na CORREOS Y TELÉGRAFOS 60,000.09; 5.487,50 25,000.00 121 DIVULGACIÓN E INFORMACIÓN 3.673,000.00 53,875.00) 1,135,000.00] 122 IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN Y REPRODUCCIÓN 2,465.700.00 661,845.30) 2.760.000.00] 131 MÁNCOS EN EL EXTERIOR 115,000.00) - 115,000,001 141 TRANSPORTE DE PERSONAS 2500000 - 25.000,00)
131 MÁNCOS EN EL EXTERIOR 115,000.00) - 115,000,001 141 TRANSPORTE DE PERSONAS 2500000 - 25.000,00) 151 ARREND. DE EDIFICIOS Y LOCALES 1.140,000.00] 664,660.00] 3,620.000.00 153 ARREND. DE MAQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA 180,000.00] 56,698.01 200,000.00 155 ARREND. DE MEDIOS DE TRANSPORTE 499,800.00) 42.800 00] 50.000,00 156 ARREND, DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPO 1,050.000.00) 675,000.00] 1,200,000.00) 162 MANT. Y REP. DE EQUIPO DE OFICINA 250000 150.00) 2,500.00) 164 MANT. Y REP. DE EQUIPOS EDUCACIONALES Y RECREATIVOS 6,400.00] 1,050.00) 9,000.09 165 IMANT. Y REP. DE MEDIOS DE TRANSPORTE 1.450,000.00 344,300.64] 1.600.000.00 168 MANI. Y REP. DE EQUIPO DE CÓMPUTO 177,500.00] - 175,000.00] 169 MANT. Y REP. DE OTRAS MAQUINARIAS Y EQUIPOS 372.100.00] 72.401,00) 230,000.00) 171 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EDIFICIOS 51,055.00) - 60.00.00 173 MANT. Y REP. DE BIENES NAC. DE USO COMÚN 160,000.00] 90,000.00) 200,000.00)
185 SERVICIOS DE CAPACITACIÓN - 290.400 00] 179,274.19] 236.000 00) 189 [OTROS ESTUDIOS Y/O SERVICIOS 18.000.001 - - 191 PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS Y FIANZAS 600,000.00] 226,641.78) 600.000 00) 194 OTRAS COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS 1,300000.00) 634,874.09) 1.100,000.00] 195 IMPUESTOS, DERECHOS Y TASAS 251,200.00) 101.490:22] 175.000.00 196 SERVICIOS DE ATENCIÓN Y PROTOCOLO 115.000,00] 1.800,00] 100,000.00] 199 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 4.622,000.00] 430,848.53 2.855.000.00] z MATERIALES Y SUMINISTROS 24,016,075.00 | — 4,659,305.a7 | — 20,380,43a.00 T [AIMENTOS PARA PERSONAS 1.070.170.00) 2018972 ESA] ma PROD. AGROFOREST. MADERA CORCHO Y MANUFACT 900.00 - - 224 POMEZ, CAL Y YESO 5,250.00! - 3,800.00] 231 MILADOS Y TELAS 9.250.001 735.00] 8,000.00 232 [ACABADOS TEXTILES 48,251.00] 8,302.42) 39,100.00 233 PRENDAS DE VESTIR 2,655.180.00) 527,715.00 2.400,000.00 241 PAPEL DE ESCRITORIO: 185,190.00 13,404.50) 147,000.00
233 PRENDAS DE VESTIR 2,655.180.00) 527,715.00 2.400,000.00 241 PAPEL DE ESCRITORIO: 185,190.00 13,404.50) 147,000.00 243 PRODUCTOS DE PAPELO CARTÓN 146,472.00 28,693.07 115,000.00) 244 PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS 86.668.50 900.00 50,000.00) 245 LIBROS. REVISTAS Y PERIÓDICOS 11.250,00 3,246.00 9,500.00] 247 ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES 9,750.00 1,480.00) 8.000,00] 253 LLANTAS Y NEUMÁTICOS 708.850,00] 4.410,00) 200,000.00) 254 ARTÍCULOS DE CAUCHO 12,400.00 74.80) - 261 ELEMENTOS Y COMPUESTOS QUÍMICOS 37,995.00 28,770.00) 22,000.00 262 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 5.104.000.00 2,511.063.20] 5,660.000.00 264 INSECTICIDAS, FUMIGANIES Y SIMILARES 1.296,447.50) 2,790.45) - 266 PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACÉUTICOS 9,400.00) 4,697.13] 10,000.00 267 TINTES, PINTURAS Y COLORANTES 3,178.126.00 153,627.98) 2.296,00000
268 PRODUCTOS PLÁSTICOS. NYLON, VINIL Y P.v.C 546,467.00) 54,273.84 372.000.00 269 OIROS PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 21,985.00 $,246,29) 50.00.00! 272 PRODUCTOS DE VIDRIO 1,000.00] 350.00 10,000.00] 273 PRODUCTOS DE LOZAY PORCELANA 17.60.00) 1,476.63] 18.000.00] 275 PROD. DE CEMENTO, POMEZ. ASBESTO Y VESO. 10.600,00] 720.00 10,000.00 281 PRODUCTOS SIDERÚRGICOS 508.100,00] 17,855.05 158,000.00) 283 PRODUCTOS DE METAL 126,937.00) 14.421,76 103,009.00) 204 ESTRUCTURAS METÁLICAS ACABADAS 1.956,700.00 247,693.22 2,701,044.00| 285 MATERIALES Y EQUIPOS DIVERSOS 305,930.00 134,556.90] 235.000,00 286 HERRAMIENTAS MENORES 23,526.00 5,419.34 15.40.00 291 ÚTILES DE OFICINA 140,605.00] 16,565.89] 80,000.00 292 ÚTILES DE LIMPIEZA Y PRODUCTOS SANITARIOS 73,756.00 18.954,90) 55,000.00! 293 ÚTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES 10,725.00] - 6.000.001 294 ÚTILES DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 21.300,00 - 20,000.00
293 ÚTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES 10,725.00] - 6.000.001 294 ÚTILES DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 21.300,00 - 20,000.00 295 [ÚTILES MENORES MEDICO-QUIRÚRGICOS Y DE LAS 31,510.00 16,215.43 30.000.001 296 ÚTILES DE COCINA Y COMEDOR 1,000.00) 460.00 1.000.00] 27 ÚTILES, ACCESORIOS Y MATERIALES ELÉCTRICOS 3,418,777.00| 136,869.01 2.529.600.00 298 ACCESORIOS Y REPUESTOS EN GENERAL 1.829.690.00 194.200.45) 1,550,825.00| 299 OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS 384,197.00 16,628.39) 285.00000)DE GUATEMALA ¿umpl® | Concejo Municipal Hoja No. 6 Acuerdo COM-12-2013 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLE 7,498,000.00 1,573,825.10 2,156,506.00 37 EQUIPO DE OFICINA 75,850.00 9,939.00] 88,456.00] 323 EQUIPO MEDICO-SANITARIO Y LABORATORIO 1,000.00) 1,000.09324 EQUIPO EDUCACIONAL CULTURAL Y RECREATIVO 121,200.00] 23.185.00/ 67,400.00] 325 EQUIPO DE TRANSPORTE 4,980,000.00| - 1,400.000.00] 326 EQUIPO PARACOMUNICACIONES 282,300.00! 180,976.00 75,500.00
325 EQUIPO DE TRANSPORTE 4,980,000.00| - 1,400.000.00] 326 EQUIPO PARACOMUNICACIONES 282,300.00! 180,976.00 75,500.00 328 EQUIPO DE CÓMPUTO 237,500.00| 47,398.00} 130,000.00] 327 OTRAS MAQUINARIAS Y EQUIPCS 1.800,150.00] 1,310,827. 10] 395,150.00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3,651,000.00; 1,198,820.97| 3,460,000.00! LI AYUDA PARA FUNERALES 150,000.00) 2,400.00] 170.000. 412 PRESTACIONES PÓSTUMAS 150,000.00! 31,834.08) 150,000.00 4i3 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL 1.025,000.00| 204,120.03 300,009.00 415 [VACACIONES PAGADAS POR RETIRO 495,000.00) 128,393 66| 480,000.00 LA (OTRAS TRANSFERENCIAS A PERSONAS 26,000.00} 9.000.00] 28,000.00 423 PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL 355,000.00 203,073,20 485,000.00] 424 PRESTAC. GLOBALES POR INCAPACIDAD PERM 410,000.00] - 410,000.00| 435 TRANSFERENCIAS A OTRAS INSTITUCIONES SIN FINES DE 240,000.00 120,000.09 240,000.00
456 SERVICIOS GUBERNAMENTALES DE FISCALIZACIÓN 800.000.001 400,000.00! 400.000.00} 8 OTROS GASTOS 100,000.00 14,375.37| 100,000.00] 823 DEVOLUCIONES 100,000.00] 14,375.37| 100,000.00) 9 ASIGNACIONES GLOBALES 500,000.00 54,000.00 500,000.00 913 SENTENCIAS JUDICIALES 500,000.00 54,000.00 500,000.00
TOTAL POR GRUPO DE GASTO 160,000,000.00 | 68,166,645.15 | 155,016,200.00
NORMAS PRESUPUESTARIAS 2014
ARTÍCULO 3°. Disposiciones complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Código Municipal, Decreto 12-2002 y sus modificaciones 22-2010 y 14-2012 del Congreso de la República de Guatemala. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ARTÍCULO 4°. Ejecución Presupuestaria de Ingresos. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de EMETRA será regulada por las siguientes normas: Informes cuatrimestrales. La ejecución, control y evaluación del Presupuesto de Ingresos Corrientes en forma analítica, será realizada por la Dirección Financiera, por medio del Departamento de Presupuesto, quien deberá informar de ello a la Junta Directiva de EMETRADE GUATEMALA cumple ) ce Municipal Hoja No. 7 Acuerdo COM-12-2013 y al Honorable Concejo Municipal del Municipio de Guatemala, a más tardar dentro de los diez días (10) siguientes después de finalizado cada cuatrimestre.
) ce Municipal Hoja No. 7 Acuerdo COM-12-2013 y al Honorable Concejo Municipal del Municipio de Guatemala, a más tardar dentro de los diez días (10) siguientes después de finalizado cada cuatrimestre. Cumplimiento de metas por dependencia, La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de la funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el Ejercicio Fiscal 2014, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro de ingresos; a saber: Plan Anual de Ingresos. Se formulará y desarrollará durante el Ejercicio Fiscal 2014: para tales propósitos, dicho plan integrará, como mínimo, los programas siguientes: a) Seguimiento al programa anual de control y fiscalización de los ingresos que permita a la Entidad desctrollar sus planes para reordenamiento vehicular en la ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana. b) Mejorar la efectividad de control interno implementado para la inscripción y autorización de taxis rotativos como estacionarios, © intensificación del programa anual de capacitación, para el personal operativo como administrativo: con el objeto de hacer eficiente la cartera que se encuentra pendiente de cobro. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS ARTÍCULO 5%. Priorización y racionalización del gasto. Para el Ejercicio Fiscal 2014 en la utilización de los recursos aprobados en el presupuesto de egresos deberá aplicarse una política estricta de priorización y racionalización del gasto, el que conduzca al uso óptimo de los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyecios.
los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyecios. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad. ARTÍCULO 6°. Responsables de la ejecución de gastos. En la ejecución del Presupuesto de Egresos además de las disposiciones legales ordinarias, se observan las normas siguientes:Concejo Municipal
DE GUATEMALA ¿umpl
Hoja No. 8 Acuerdo COM-12-2013 Los funcionarios, a cargo de sus Departamentos, son responsables de la correcta ejecución de los programas y proyectos contemplados en el presupuesto general de egresos, conforme la distribución analítica formulada en el presupuesto, Para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto, deberán: Registro y contro! presupuestario. Los Depariamentos y Unidades Ejecutoras quedan obligados a llevar registros y control de sus asignaciones, debiendo establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. fl Registro y control del gasto. La Dirección Financiera de EMETRA, queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado
evaluación de la ejecución presupuestaria. fl Registro y control del gasto. La Dirección Financiera de EMETRA, queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de renglón de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este presupuesto, a través del Sistema de Contabilidad Integrada — SICOIN y el Sistema de Gestión —SIGES-. o el que durante el ejercicio fiscal 2014 pueda incorporarse, Contratos y licitaciones. Las dependencias de la Entidad, cuya ejecución de sus programas y proyectos se realice por medio de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Lugar de desempeño de funciones. Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la dependencia administrativa donde el mismo se encuentre presupuestado. Es responsabilidad de la Dirección General el cumplimiento de esta disposición. v Servicios temporales. La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración, deberá ser autorizada por el Director General de EMETRA, basada en disponibilidad presupuestaria asignada en el presente ejercicio fiscal.DE GUATEMALA, “Concejo Municipal Hoja No, 9 Acuerdo COM-12-2013 VI Retención temporal de salarios. Los Departamentos autorizados y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas pendientes con la misma, sin contravenir el porcentaje estipulado en las leyes específicas,
presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas pendientes con la misma, sin contravenir el porcentaje estipulado en las leyes específicas, Los salarios o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente convenio de pago por el empleado o beneficiario, Para el efecto, se autoriza al Director General de EMETRA, a fin de que conforme a su criterio y sin prejuicio de los intereses de la Entidad, acepte y formalice por escrito que el, o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago, Vil Salarios por fallecimiento. Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago: se cancelarán mediante Acuerdo de la Dirección General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de propiedad: el cónyuge o conviviente, hijos menores o incapaces y a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empleado tuviere acumuladas. Vil Fondo de ahorro del empleado de EMETRA. Es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre sueldo fijo que figura en cuenta especial. Dicha retención se hará de enero a octubre del ejercicio fiscal vigente y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos, en que el trabajador, solicite que le sea devuelto con antelación. Los intereses que se generen serán distribuidos en forma
a octubre del ejercicio fiscal vigente y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos, en que el trabajador, solicite que le sea devuelto con antelación. Los intereses que se generen serán distribuidos en forma proporcional. Los fondos que después de seis meses no sean reclamados por el ahorrante podrán trasladarse como ingresos varios a la cuenta EMETRA PMT MULTAS para gastos de funcionamiento. ARTÍCULO 7%. Economías generadas en el grupo de gasto; 0 Servicios Personales. Las economías trimestrales que se causen en el grupo O "Servicios Personales" (sueldos, salarios y beneficios de los mismos), no son transferibles, y podrán utilizarse solo en los siguientes casos: a. Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley.DE GUA‘I’EMALAD“mpW ¢ Concejo Municipal Hoja No. 10 Acuerdo COM-12-2013 b. Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal. e. Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. ARTÍCULO 8°. No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad. Salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticos de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad.
sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticos de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad. Presupuestariamente la reorganización se entiende como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la Entidad. Las reorganizaciones aún cuando no impliquen incremento presupuestario. ARTÍCULO 9°. Bono incremento a la bonificación incentivo. Se faculta al Director General de EMETRA, para que de acuerdo con situaciones especiales y hasta por un monto de UN MIL QUETZALES EXACTOS (Q..1,000.00), pueda incrementar la bonificación incentivo, a los puestos de oficiales y Agentes de la Policía Municipal de Transito, que por razones del servicio, se les conceda un reconocimiento a los esfuerzos observados en el desarrollo de su trabajo. ARTÍCULO 10% Subgrupo maquinaria y equipo. Todas las asignaciones presupuestarias aprobadas dentro del grupo de gasto 3 “Propiedad, Planta, Equipo e intangibles”. por ninguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaria y Equipo responden a una programación detallada por la Unidad de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución de la Dirección Financiera, exceptuando de esta disposición el renglón 325 Equipo de Transporte para lo cual se requiere autorización previa de la Dirección General, Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección General.
Dirección Financiera, exceptuando de esta disposición el renglón 325 Equipo de Transporte para lo cual se requiere autorización previa de la Dirección General, Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección General. ARTÍCULO 11%. Uso de equipo de transporte de la Entidad. No deberán estar para el uso exclusivo de un funcionario o