COM 12-2014
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 12-2014
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2014
DE GUATEMALA cumple. | Concejo MunicipalACUERDO COM-12-2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Municipalidad, tiene como fin primordial, la prestación y administración de los servicios públicos de las poblaciones bajo su jurisdicción territorial, por lo que tienen competencia para establecerlos, mantenerlos, mejorarlos y regularlos, garantizando su funcionamiento eficiente, seguro y continuo.
CONSIDERANDO: Que por disposición legal, le corresponde con exclusividad a este Cuerpo Colegiado, la deliberación y decisión del patrimonio e interés del municipio de Guatemala, por lo que es procedente la implementación de las tasas SU 5 establecidas para el uso de los sanitarios públicos municipales ubicados en G g > la Plaza el Ámate, debiendo dictarse la disposición municipal que 3 2% corresponde. a NE Ss ra S e, Ty POR TANTO: (A &, . . ol mo Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 8, 33, 35 literal i), 72 del Código Municipal Decreto 12-2002
Congreso de la República de Guatemala y Sus Reformas, ACUERDA: Establecer el cobro de las tasas por el uso de sanitario público municipal. Artículo 1. Las tasas para el cobro por el uso de los sanitarios públicos ubicados en la Plaza el Amate, se describen de la siguiente forma: a) Por persona Q. 1.00. Artículo 2. Se deroga cualquier disposición que se oponga al presente acuerdo. ‘ .DE GUATEMALA jo Municipal Hoja No. 2
a) Por persona Q. 1.00. Artículo 2. Se deroga cualquier disposición que se oponga al presente acuerdo. ‘ .DE GUATEMALA jo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-12-2014 Artículo 3. El presente Acuerdo empezará a regir ocho días después de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado. Dado en el salón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal, © UE € cue