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COM-13-1990

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-13-1990
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1990

ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL. liación y remodelación de las instalaciones o "La Mora". Fecha: 3 af-mayo de 18 Hoja No/1 Pe 4. \

De LA CIUDAD DE GUATEMALA

CONCEJO

LA comomcrd MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.

CONSIDERANDO: Que la Gremial de Exportadores de Productos no Tradicionales ha solícitado la intervención de la Corporación Municipal, para que se pronuncie en rela ción al proyecto de ampliación de las instalaciones del Aeropuerto Interna cional "La Aurora CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, así como la Ley Preliminar de Urbanismo, corres—- ponde a la Corporación Municipal la elaboración, aprobactón y ejecución de planes de desarrollo urbano y rural del municipio, en los aspectos social,- económico y turístico, asi como la autorización e inspección de la construc ción de obras públicas y privadas y por remisión que le hace la propia Cons titución, debe promover el desarrollo dinámico y eficiente del comercio ex terior, fomentando mercados para los productos nacionales.

CONSIDERANDO: Que conforme proyecciones realizados, el actual Aeropuerto será obsoleto a corto plazo, afectando gravemente a las exportaciones, a la industria turís tica y al ingreso de divisas a la economía nacional.

CONSIDERANDO

CONSIDERANDO: Que conforme proyecciones realizados, el actual Aeropuerto será obsoleto a corto plazo, afectando gravemente a las exportaciones, a la industria turís tica y al ingreso de divisas a la economía nacional.

CONSIDERANDO Que se estima imperativo e impostergable la ampliación del Aeropuerto Inter nacional La Aurora, conforme estudios ya realizados, ya que no obstante que sería deseable la construcción de un nuevo Aeropuerto fuera del área urbana, su realización por ahora, está condicionada a factores financieros, por lo que la ampliación de las actuales instalaciones, propiciará un importantebeneficio, no solo en el renglón turístico, sino en las exportaciones que - deben apoyarse por mandato constitucional y para la conveniencia del país.

POR TANTO: Con fundamento en los artículos 30., 60., 39, 40, incisos a), d) e i) delCódigo Municipal y 253 de la Constitución Política de la República; y 20.,- 30. y 60. de la Ley Preliminar de Urbanismo. ..../ACUERDO DE LA CORPORACION MUNCIPAL. Ampliación y remodelación de las imstalaciones del Aeropuerto "La Aurora". Fecha: 3 de mayo de 1990,

Hoja No.2 de 2.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CUATEMALA

CONCEJO ACUERDA: Artículo lo. Apoyar las gestiones que viene realizando la Gremial de Expor tadores de Productos no Tradicionales, para la ampliación de las instalacio nes del Aeropuerto Internacional "La Aurora".

CONCEJO ACUERDA: Artículo lo. Apoyar las gestiones que viene realizando la Gremial de Expor tadores de Productos no Tradicionales, para la ampliación de las instalacio nes del Aeropuerto Internacional "La Aurora".

Artículo 20. Declarar de importancia urbanística la remodelación de la zona en que están instaladas las construcciones del Aeropuerto Internacional "La Aurora", poniendo especial atención a las rutas de acceso y salida al sector; tomando en cuenta el aumento del tráfico en la zona de dicho Aero-- puerto. Artículo 30. Que la Dirección de la Unidad de Planificación Urbana y el De partamento de Control del Desarrollo Urbano, deben tomar en cuenta esta resolución, previamente a autorizar la realización de obras en la zona. Artículo 40. Recomendar a las autoridades respectivas la elaboración de -- los estudios técnicos para el traslado del Aeropuerto Internacional "La Aurora", a un área que ofrezca condiciones de seguridad y protección del medio ambiente para la ciudad de Guatemala. Artículo 50. El presente acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.-

Lic. Caflok Alberto García Regás.

SECRETARIO MUNICIPAL.

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