COM-13-1993
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-13-1993
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
corporacion municipal municipalidad g uatemala . e oS i PUBLIO e APROBADO: 03 DE MAYO/93
HOJA Nos 1 DE |
LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que los trabajadores jubilados, tanto por la Municipalidad de Guatemala, como por la Empresa Municipal de Agua (EMPAGUA), hacen uso del servicio ordinario del transporte urbano que funciona en la Cludad de Guatemale y su éree de influencia, con el objeto de recoger los cheques que los corresponden en virtud de Jubilación y/o pensión mensual, así como para real [zar otras gestiones de su Interés personal; por lo que se considera de Justicia social que se les reintegre el valor de tales pasajes.
CONSIDERANDO: Que es facultad de la Corporación Municipal dictar las disposiciones de goblerno y administraciónde los recursos del municipio, establecer los compensadores sociales necesarios y proporcionar a los trabajadores de la Institución, los Incentivos económicos que les permitan desenvolverse adecuadamente.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto contemplan los artículos 39, 40 Inciso 1), del Decreto No. 58-88 del Congreso de la República (Código Municipal).
ACUERO?
Artículo Primero: Conceder una bonificación especial nensual, de 0.6.50 como ayude para el pago de pasajes en el servicio normal de transporte público urbano.
Artículo Segundo: Este bono se concede exclusivamente a los trabajadores municipales Jubl lados de la Municipalidad de Guatemala y de la Emprese Municipal de Agua (EMPAGUA), con efectos a partir del mes de mayo de mI! novecientos noventa y tres.
Artículo Se faculta a la Administración a través de les Direcciones de Servicios
Municipalidad de Guatemala y de la Emprese Municipal de Agua (EMPAGUA), con efectos a partir del mes de mayo de mI! novecientos noventa y tres. Artículo Se faculta a la Administración a través de les Direcciones de Servicios Administrativos y de Finanzas, para que realicen las acciones administrativas presupuestarias y financieras necesarias para el cumplimiento de la presente disposición.
Artículo Cuarto: El presente acuerdo surte sus efectos Inmediatamente.
DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.- AL & “o, — SECRETARIA AA N y Z g L R Eogar or a tum Lic. 08 SECRETARIO MUNICIPAL tuba palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353