COM 13-2018
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 13-2018
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
ACUERDO No. COM-13-2018
Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 68 literal c) del Código Municipal, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas, entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para cuyo efecto emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos, CONSIDERANDO: Que con fecha nueve de junio del año dos mil catorce, el Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala. emitió el Acuerdo Municipal número COM-13-2014 por medio del cual se estableció el cobro de la tasa por el uso de sanitario público municipal en la Plaza Central.
CONSIDERANDO: Que en virtud de haber transcurrido 4 años desde la implementación de la tasa por el uso de sanitarios públicos en la Plaza Central y para atender los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de dicho servicio municipal, resulta necesario actualizar el monto de la tasa municipal incrementándolo de .1.00 a
Q.2.00
POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, 9, 33, 35 literales a), d), 1): n), 67, 72, 73 inciso a), del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
9, 33, 35 literales a), d), 1): n), 67, 72, 73 inciso a), del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA: Emitir la siguiente modificac ón al Acuerdo Municipal número COM-13-2014 de fecha nueve de junio del año dos mil catorce.DE GUATEMALAcumpIE
Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-13-2018 Artículo 1. Se modifica el artículo 1 del Acuerdo Municipal número COM-13-2014 de fecha nueve de junio del año dos mil catorce, el cual queda así: “Artículo 1. El cobro de la tcsa por el uso de los sanitarios públicos ubicados en la Plaza Central, será de Q.2 00 por persona. Se exonera del cobro de la tasa por el uso de los sanitarios públicos ubicados en la Plaza Central a las personas de la tercera edad, con limitaciones físicas, en estado de gestación y niños menores de 5 años. EMETRA deberá implementar los mecanismos o dispositivos de cobro automatizado para la recaudación de la tasa relacionada.” Artículo 2. Se ralifica en todo su demás contenido, el Acuerdo Municipal número COM-13-2014 de fecha nueve de junio del año dos mil catorce, emitido por el Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala. Artículo 3. El presente Acuerdo es de observancia general y debe ser publicado en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado, y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Dado en el salón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
el día siguiente de su publicación. Dado en el salón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. DA Lu Licda. María Elena Cruz Urrutia Secretaria Interina