COM 14-2014
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 14-2014
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2014
ACUERDO COM-14-2014
DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 33 del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del Gobierno del Municipio.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 35 literal j) del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala dentro de las atribuciones del Concejo Municipal, le corresponde la creación de sus dependencias.
CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala con la finalidad de mejorar la organización del personal municipal dedicado a administrar el espacio público de la ciudad, ha considerado necesario crear dentro de la estructura de la organización administrativa la dependencia denominada “Dirección del Comercio Popular". . 3 %l s . . PORTANTO: En uso de las facultades que le confieren los artículos 2, 9 y 35 literal j) del Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.DE GUATEMALA ., mple
Concejo Municipal Hoja No, 2 Acuerdo COM-14-2014
ACUERDA: Artículo 1. Se crea dentro de la estructura de la organización administrativa de fa Municipalidad de Guatemala la DIRECCIÓN DEL COMERCIO POPULAR, que tendrá a su cargo la administración y control de los espacios públicos destinados para llevar a cabo actividades de comercio, en el área de la Plaza El Amate, Plaza del Comercio Popular y
administrativa de fa Municipalidad de Guatemala la DIRECCIÓN DEL COMERCIO POPULAR, que tendrá a su cargo la administración y control de los espacios públicos destinados para llevar a cabo actividades de comercio, en el área de la Plaza El Amate, Plaza del Comercio Popular y lo referente a los mercados itinerantes, las ventas navideñas, ferias y festividades religiosas dentro del Municipio de Guatemala, así como cualquier otra Plaza Municipal que se autorice para tal efecto. Artículo 2. Se autoriza a las Direcciones de Administración Financiera Integrada Municipal y Recursos Humanos de la Municipalidad de Guatemala, realizar las operaciones contables, financieras y presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Artículo 3. El presenté Acuerdo entra en vigencia inmediatamente. ado en el salón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal, £ los nueve días del mes de julio de dos mil catorce, Alcaide Cif ario Municipal PAL a da, > LS & SECRETARIO ®