🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

COM 14-2016

CONCEJO MUNICIPAL

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
COM 14-2016
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2016

i ] AVAL, e 2 E

SECRETARIO MUNICIPAL

Acuerdo COM-14-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno municipal, la administración del patrimonio y los intereses de su municipio.

CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala ha cumplido con el Decreto Número 1-2007 del Congreso de la República de Guatemala, inscribiendo a las personas jurídicas como los Comités Educativos -COEDUCAS-, y las Juntas Escolares.

CONSIDERANDO: Que para lograr continuidad en el fomento de la educación en el municipio de Guatemala, se hace necesario contar con el fundamento legal que viabilice la inscripción de la persona jurídica denominada Consejos Educativos, según Acuerdo Gubernativo No. 2022010.

POR TANTO: Con fundamento en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35 incisos a), e), i), m) y 38 del Código Municipal, contenido en el Decreto No, 12-2002 del Congreso de la República.

ACUERDA:

REFORMAR EL ACUERDO COM-020-2008 DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA Artículo 1. Se adiciona la literal h) al artículo 2 del Acuerdo COM-020-2008 del Concejo Municipal, emitido el 16 de junio del 2008, la cual queda de la siguiente manera: “ h) Los Consejos Educativos.”DE GUATEMALA ., ,nple Concejo Municipal Hoja No. 2

Municipal, emitido el 16 de junio del 2008, la cual queda de la siguiente manera: “ h) Los Consejos Educativos.”DE GUATEMALA ., ,nple Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-14-2016 Artículo 2. Los Consejos Educativos gozarán de la misma exención tributaria de la que gozan los Comités Educativos --COEDUCAS-- y las Juntas Escolares para la emisión de la certificación necesaria para su inscripción. A su vez, el Registro habilitará los libros registrales que sean necesarios según el artículo 4 del Acuerdo COM-020-2008. Artículo 3. El presente Acuerdo entrará en vigencia un día después de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES "MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS" DEL PALACIO

MUNICIPAL, EL SIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

ÁLVARO ARZÚ ALCALDE E meme < & SECRETARIO Ya tu + MUNICIPAL Y

©, v © TEM [da

Consultar sobre este documento ...