COM-15-1990
CONCEJO MUNICIPAL
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- COM-15-1990
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1990
CONSIDERANDO: Que corresponde a la Municipalidad de Guatemala controlar debidamente el funcionamiento del servicio público de transporte urbano y dictar las medidas que sean necesarias, según el caso.
CONSIDERANDO: Que el Reylamento de Transporte Público por Microbuses no prevee la forma de proceder para los casos de emergencia por paco, suspensión total o varcial del servicio de transporte público.
CONSIDERANDO: Que es necesario dictar las reformas reglamentarias necesarias para que en casos ‘e amergencia puedan otorgarse concesiones para la prestación del servicio de transporte público, ya fuere por persona individual o Jurídica, sin necesidad de cumplir con los requisitos ordinarios, con el objeto de que este servicio no sea interrumpido.
POR TANTO: ton base en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la xepública de Guatenala y en los artículos 39 y 40 del Código Municipal.
ACUERDA: Modificar el Reglamento de Transporte Público por Microbuses Contenido enacuerdo emitido en la Municipalidad de Cuatemala con fecha 3 de julio de mil novecientos ochenta y cinco, adicionando el artículo siguiente: «elAcuerdo de la Corporación Municipal Modificación al ¡lamento de Trans ico Microbuses, adicionandoel
Artículo-No.39. T 19/mayo/90. Hoja No. 2 de 2. CORPORACION MUNICIPAL CIUDAD DE GUATEMALA “ARTICULO 390.: La Corporación Municipal al producirse paro o suspensión total o parcial del servicio de transporte público por microbuses, podrá otorgar concesiones para prestación del mismo, fundamentada exclusivamente en el dictamen favorable de la Comisión de Transportes. Para tal efecto los interesados Geberán presentar solicitud, cumplir los requisitos de ley y
suscribir el contrato correspondiente. En estos casos no será aplicable las disposiciones contenidas en los artículos 6, 7 y 6 de este Reglamento". artículo 20. El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente y se publicará en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA -
=Sy Lic. Car Alberto García Regás etario Municipal PALIO, 3 K 2 Alcalde Municipal /ech. 030 04 N E Ci L MUy, o