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COM 16-2012

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 16-2012
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

DE GUATEMALA cumple ACUERDO No. COM-16-2012

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: . Lo Que en sesión ordinaria celebrada el nueve de octubre del año dos mil doce, la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (EMT), aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos correspondiente al ejercicio fiscal dos mil trece.

CONSIDERANDO: Que el presupuesto de ingresos comprende los recursos estimados a obtener por el servicio que presta la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, los cuales han sido cuantificados razonablemente y en concordancia con la realidad financiera de la misma.

CONSIDERANDO: Que el presupuesto de egresos ha sido formulado tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar su función básica como lo es la prestación del servicio de transporte público.

POR TANTO: Con base en lo dispuesto por el artículo 253 de la Constitución Política de la República, artículo 35 literales e), f) y i), 125, 126, 128, 129, y 133 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República, su Reglamento Acuerdo Gubernativo 240-98 y el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Acuerdo Ministerial 233-2000 del Ministerio de

Finanzas Públicas.

ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Tiansporte

Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Acuerdo Ministerial 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.

ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Tiansporte

de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (EMT) para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil trece, en la cantidad de SETENTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS QUETZALES EXACTOS (Q. 77,190,532.00), distribuidos de la siguiente forma:

PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS PARA EL AÑO 2013

Grupo Monto 7 de Nombre del Grupo de Gasto Presupuestado % Gasto en Quetzales 0 SERVICIOS PERSONALES 66,136,162.00 85.68% 1 SERVICIOS NO PERSONALES 6,333,770.00 8.21% 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,844,200.00 2.39% PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E 3 INTANGIBLES 452,400.00 | 0.59% . 4 PRESTACIONES POSTUMAS 1,124,000.00 1.46% 8 BENEFICIOS SOCIALES 600,000.00 0.78% 9 ASIGNACIONES GLOBALES 700,000.00 0.21% TOTAL DE EGRESOS 77,190,532.00 100%DE GUATEMALA . mpl® Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-16-2012. ARTICULO 3°. La ejecución, contro! y evaluación del presupuesto en forma analítica, será realizada por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Dirección Financiera, la que deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta : (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre o cuando sea requerido.

por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Dirección Financiera, la que deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta : (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre o cuando sea requerido. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa para el año dos mil trece, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes:

NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL AÑO 2013

DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La ejecución del presupuesto de ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de: las funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, para alcanzar las metas estimadas de cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil trece; para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas: 1) La calendarización mensual de la recaudación de los diferentes ingresos. 2) La realización de un programa de contro! y fiscalización de los ingresos de la Empresa. Se ordena a la Empresa Municipal de Transporte de la ciudad de Guatemala y sus áreas de Influencia Urbana para que de cumplimiento a la resolución de Concejo Municipal. COM-223-09 de fecha doce de febrero de dos mil nueve, en la que se resolvió: reorientar los recursos. provenientes del cobro de la tasa por la prestación del servicio de transporte público colectivo urbano, a través del

fecha doce de febrero de dos mil nueve, en la que se resolvió: reorientar los recursos. provenientes del cobro de la tasa por la prestación del servicio de transporte público colectivo urbano, a través del sistema Transmetro, en el sentido de que dicho cobro está a cargo de la Municipalidad de Guatemala, extendiéndose el comprobante de ingreso autorizado por la Contraloría General de Cuentas; así como el posterior traslado de los recursos recaudados por dicho concepto al Fideicomiso de Apoyo a la Planificación Urbana —FAPUcorrespondiéndole a la Dirección de Finanzas de la Municipalidad de Guatemala velar por el efectivo cumplimiento de lo acordado en esa sesión y a efectuar las operaciones contable-financieras necesarias; así como realizar a cabo las modificaciones presupuestarias que se requieran.DE GUATEMALA ¿umple | Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-16-2012. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del presupuesto de gastos para el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, deberá aplicarse una politica estricta de racionalización del gasto, que conduzca al uso óptimo de los recursos asignados en el presupuesto: Para el efecto, cada unidad aplicará la política de austeridad y los procedimientos de control necesarios que tiendan a racionalizar los gastos minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que a través de la Dirección Financiera, disponga en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la

actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que a través de la Dirección Financiera, disponga en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la ejecución del presupuesto de egresos. Además de las disposiciones legales ordinarias, sé observarán las normas siguientes: A 1 Las Direcciones y Departamentos son responsables de la ejecución del presupuesto de egresos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de sus requerimientos, evitando de esta manera el sobregiro en los renglones asignados y la duplicidad del gasto. , I El Departamento de Contabilidad y Presupuesto queda obligado a la distribución, registro y control de las asignaciones a nivel de renglón, de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. Cuando los trabajos a ejecutar requieran la suscripción de contrato, se procederá a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 1% Las personas contratadas por la Empresa, desempeñarán las funciones que correspondan, acorde a su contrato, en la dependencia administrativa donde los mismos se encuentren presupuestados. Es responsabilidad de la Gerencia General y de la Dirección Financiera el cumplimiento de esta disposición. A partir del año fiscal dos mil trece, los conductores y colaboradores del sistema de transporte masivo de pasajeros denominado Transmetro, quedarán incluidos dentro del presupuesto de gasto de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana EMT, para el efecto, la Municipalidad de Guatemala, por medio de la DirecciónDE GUATEMALA Concejo Municipal Hoja No. 5

de gasto de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana EMT, para el efecto, la Municipalidad de Guatemala, por medio de la DirecciónDE GUATEMALA Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-16-2012. Financiera, trasladará los fondos a la EMT para cubrir las necesidades financieras que le sean requeridos. v Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de una o varias remuneraciones, cuando el prestador del servicio, tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de honorarios o cualesquiera otra clase de cobros. Los honorarios retenidos, deberán cubrirse inmediatamente después que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago. Para el efecto, se autoriza al Gerente General a fin que, conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales y/o parciales, los que deben descontarse del respectivo pago. VI No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa. Presupuestariamente, las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. VII

entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. VII Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus labores requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el artículo 2° del Decreto Número 57-92 del Congreso de la-República Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. VII En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su cotización o licitación según sea el caso, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias y que provean los manuales en español para guía de operaciones y mantenimiento correspondiente. De Los gastos comprometidos y no devengados al treinta y uno de diciembre, previo análisis de suHoja No. 6 Acuerdo COM-16-2012. situación podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. Los gastos devengados no pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes para cada unidad ejecutora. X La Administración de la Empresa, dentro de los treinta días siguientes de finalizado cada cuatrimestre remitirá al Concejo Municipal un Informe de su gestión que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución presupuestaria de los ingresos por rubro, comparándolos con lo programado.

La Administración de la Empresa, dentro de los treinta días siguientes de finalizado cada cuatrimestre remitirá al Concejo Municipal un Informe de su gestión que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución presupuestaria de los ingresos por rubro, comparándolos con lo programado. b) La ejecución presupuestaria del gasto por renglón presupuestario, comparándolos con lo programado. . i . €) Los resultados económicos y financieros del período; y, d) Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XI A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite sí se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos; cuando dichas partidas correspondan a otra dependencia, se deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad ejecutora afectada. Las transferencias presupuestarias hasta por QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS {Q.500,000.00), deberán ser aprobadas por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, la Dirección Financiera y la Gerencia General. XI De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento (Decreto Número 101-97 del Congreso de la República), las modificaciones presupuestarias cuando excedan de quinientos mil quetzales (Q 500,000.00), deberán ser aprobadas primeramente: por la Junta Directiva y luego por el Concejo Municipal. Xin El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2013, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de un incremento de ingresos, de transferencias del Gobierno Central y otros.DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 7

El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2013, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de un incremento de ingresos, de transferencias del Gobierno Central y otros.DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 7 Acuerdo COM-16-2012. XIV La administración de la Empresa, a más tardar el treinta y uno de marzo del dos mil catorce, deberá presentar al Concejo Municipal, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes: (6) Estado de Ejecución Presupuestaria: 1) Liquidación del Presupuesto de Ingresos y 2) Liquidación del Presupuesto de Gastos ARTICULO 4°. Se faculta a la Dirección Financiera, para que programe analíticamente, la estimación de ingresos que establece este Acuerdo. ARTICULO 5% Las dependencias quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil trece. ARTICULO 6”. El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil trece y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año.

LICHECTOR FO CIFUENTES MENDOZA! + SECRETARIO MUNICIPAL . Ra a

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