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COM-17-2009_Autorizacion-Reubicacion-y-Ubicacion-Monumentos-Situados-Avenida-Reforma-Ciudad-Guatemala

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-17-2009_Autorizacion-Reubicacion-y-Ubicacion-Monumentos-Situados-Avenida-Reforma-Ciudad-Guatemala
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2009

Concejo Municipal ACUERDO COM-17-09 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas.

CONSIDERANDO: Que dentro de las facultades que otorga la Constitución Política de la República de Guatemala a los municipios, se encuentra el ordenamiento territorial de su jurisdicción.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Código Municipal contenido en el - Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, se ordena el respeto y protección de todos aquellos lugares de significación histórica o cultural, entre los cuales se encuentran los monumentos, áreas, plazas, edificios de valor histórico y cultural, CONSIDERANDO: Que la Avenida La Reforma ubicada entre las zonas nueve y diez de la Ciudad de Guatemala, constituye un área de gran valor histórico y cultural, en la cual se localizan los monumentos que sirven de insignias para exaltar fechas y personajes de gran trascendencia nacional, siendo necesario emitir las disposiciones para el ordenamiento y reubicación del patrimonio cultural relacionado.LA 18]

DE GUATEMALA: mple

| Concejo Municipal

Hoja No. 2 ACUERDO COM-17-09.

POR TANTO: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 35 incisos a), b), i), 67, 70, 142 inciso a) y 143 del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República,

ACUERDA:

ACUERDA: Artículo 1. Se autoriza la reubicación y ubicación de los monumentos situados en la Avenida La Reforma de la Ciudad de Guatemala, con la finalidad de agrupar en dicho espacio público municipal exclusivamente los monumentos de personajes guatemaltecos y/o acontecimientos de gran trascendencia para el país.

Artículo 2. Se faculta al Departamento de Fuentes y Monumentos de la Municipalidad de Guatemala para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo. Artículo 3. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado. alón de sesiones “Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal, a $ del mes de junio del año dos mil nueve. ario Municipal LONALID

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