COM 17-2016
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 17-2016
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2016
DE GUATEMALA ¿umple | - - ACUERDO No. COM-07-2016
Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde al Concejo Municipal, la deliberación y decisión del gobierno y administración del municipio y dentro de sus competencias está la de emitir ordenanzas y reglamentos que establezcan o regulen sus formas de organización para el cumplimiento de sus fines. CONSIDERANDO i ] Que la tecnología en la sociedad se encuentra en constante cambio por lo que se hace necesario aprovechar los recursos tecnológicos disponibles en la administración municipal. CONSIDERANDO Que el Congreso de la República de Guatemala aprobó en el año 2008 el Decreto No. 47-2008 “Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas”, por medio del cual el Estado de Guatemala y sus ] instituciones quedan expresamente facultados para la utilización de las ] comunicaciones y firma electrónica. POR TANTO Con fundamento en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33, 36 incisos a) i) y j) del Código Municipal, Decreto No, 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas. ACUERDA | ARTÍCULO 1. Aprobar que la convocatoria a las sesiones ordinarias del Concejo Municipal, así como la agenda y los anexos a la misma, se realicen por medio de comunicación electrónica (vía correo electrónico),DE GUATEMALA cumple: | ) Concejo Municipal Hoja No, 2 Acuerdo COM-07-2016
Municipal, así como la agenda y los anexos a la misma, se realicen por medio de comunicación electrónica (vía correo electrónico),DE GUATEMALA cumple: | ) Concejo Municipal Hoja No, 2 Acuerdo COM-07-2016 ARTÍCULO 2. Los miembros del Concejo Municipal deberán informar a la Secretaría Auxiliar del Concejo Municipal, su dirección de correo electrónico y además señalar el lugar para recibir notificaciones. La Secretaría Auxiliar del Concejo Municipal, será la responsable de enviar la convocatoria, la agenda y los anexos a la misma, vía electrónica con anticipación a la fecha de la sesión ordinaria a celebrarse. En el caso de sesiones extraordinarias la convocatoria se hará con citación personal y escrita, las cuales serán notificadas en el lugar señalado para recibir notificaciones, de conformidad al artículo 38 del Código Municipal, Decreto No.12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado. Dado en el Salón de Sesiones “Miguel Ángel Asturias" del Palacio Municipal, a ias del mes abril del año dos mil dieciséis. éndoza Pal cipal