COM-18-1994
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-18-1994
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
sonceio municipal municipalidad guatemala
CONCEJO DEL MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala tiene como fin primordial, la prestación y adjudicación de los servicios públicos, garantizando <u funcionamiento eficiente, seguro y contínuo. Para el efecto, tiene facultad pora otorgar 4 personas individuales o jurídicas, la concesión para la prestación de estos servicios.
CONSIDERANDO: Que la Municipalided de Guatemala ha otorgado en concesión, lo prestación del Servicio del Transporte Colectivo Urbano, por modic de autobusos y microbuses 4 personas individuales o jurídicas, determinándoles cl cobre de las tazas correspondientes.
CONSIDERANDO: Que las personas jurídicas o individuales, al concesionerles la prestación del servicio de Transporte Colectivo Urbano, aceptaron el cumplimiento de las ordenanzas y reglamentos que regulen el funcionamiento del serv.-io, de lo contrario, las concesiones podrán ser revocadas.
CONSIDERANDO: Que se ha establecido que las cooperativas y propietarios individuales, en forma unilateral y sin ninguna autorización por parte de esta Municipalidad, han incrementado el valor del pasaje enel servicio/referido, lo cual lesiona los intereses económicos de los usuarios. Como consecuencia de esta medida, han llegado a suspender el servicio, hecho que obliga a las autoridades municipales a dictar las medidas urgentes que tiendan a regularizar la prestación del mismo, evitando perjuicios de carácter económico a los usuarios.
POR TANTO: Con fundamento en lo que preceptúanlos artículos 253, inciso c) y 254 de la
prestación del mismo, evitando perjuicios de carácter económico a los usuarios.
POR TANTO: Con fundamento en lo que preceptúanlos artículos 253, inciso c) y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 6, 30, 31, 32, 33, 35, 39 y 40 incisos a), b), m) y w), del Código Municipal (Decreto No.58-88) del Congreso de la República de Cuatemala.
ACUERDA Artículo 10. Se revoca la concesión otorgada a todas las personas individuales y/o jurídicas, constituídas en Asociaciones, cooperativas, Empresas, etc., para prestar el servicio de Transporte Colectivo Urbano. > zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353Bncejo municipal municipalidad gu atemala Revocar concesiones otorgadas para prestar el servicio de transporte. Hoja No.2. Artículo 20. Notificar a las personas jurídicas o individuales, la revocación de Tas concesiones, descritas en este acuerdo. Artículo 30. El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente. DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A Los CUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO. /SdeG.- nales municipal cen’ zona 1 telélo: 20121 al 8 ext. 204-353