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COM-18-2009

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-18-2009
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2009

” Concejo Municipal

ACUERDO COM-18-09

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual para tal efecto está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas.

CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala reconoce tos méritos de todos aquellos trabajadores o servidores municipales que en el desempeña de su cargo, presten servicios relevantes a la Ciudad de Guatemala, estableciendo para el efecto una condecoración dirigida a todos aquellos servidores municipales que se distingan por sus méritos personales y hayan consagrado su vida o verificado actos extraordinarios que vayan más allá del deber.

POR TANTO: Con base en lo considerado y lo que preceptúa el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 9 y 35 incisos a), d) e i); del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.

ACUERDA: Artículo 1. Creación de la Condecoración “Más Allá del Deber”. Se crea la Condecoración "Más Allá del Deber", la cual tiene como finalidad dar a conocer públicamente el reconocimiento de la Municipalidad de Guatemala a todos aquellos trabajadores o servidores municipales que realicen actos y servicios excepcionalmente meritorios, de heroísmo, abnegación y espíritu de servicio, que constituyan un estímulo y dignificación de las personas.e GUA‘vjE;.'lnl.n el umpe

Concejo Municipal Hoja No, 3

Concejo Municipal Hoja No, 3 ACUERDO COM-18-09. c) Otorgamiento de la Condecoración: El Alcalde Municipal recibirá de la Comisión de Evaluación, la resolución por medio de la cual recomienda el otorgamiento de la Condecoración relacionada y si éste así lo considera, procederá a. otorgar, la Condecoración mediante el Acuerdo de Alcaldía Municipal. Artículo 4. Presentación y Entrega. La presentación y entrega de la Condecoración “Más Allá del Deber", deberá hacerse en un acto solemne y público, presidido por el señor Alcalde Municipal. Artículo 5. Diploma y Medalla. La Condecoración "Más Allá del Deber", al ser conferida irá acompañada con el diploma extendido por el señor Alcalde Municipal y la medalla correspondiente. Artículo 6. Vigencia. El presente acuerdo entrará en vigencia inmediatamente.

SECRETARIO É ye MUNICIPAL y ——É R e

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