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COM-20-1993

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-20-1993
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

corporación municipal municipalidad guatemala

ACUERDO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL APROBACIÓN DE

CONVENIO DE COOPERACIÓN CON LA MUNICIPALIDAD DE

MIXCO, VILLA NUEVA, SAN JOSE PINULA, CHINAUTLA Y

GUATEMALA

APROBADO: 02 DE AGOSTO/93

HOJA No. 1 DE 2

LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que el veintidós de diciembre de mil novecientos setenta, se publicó en el Diario Oficial, tomo CXC, número 21, el CONVENIO DE INTEGRACION Y COOPERACION TECNICA Y CONTROL URBANÍSTICO DE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA; asimismo, el diecisiete de abril de mil novecientos noventa y uno, los Alcaldes de Mixco, Ville Nueve, San José Plnula y de la Cludad de Guetemala, suscribieron un nuevo Convenio de Cooperación de ¡as Corporaciones Municipales que representan y que fue ratificado por las respectivas Corporaciones.

CONSIDERANDO: Que además de otros objetivos los conventos suscritos pretenden:

1. Llegar a la Integración de un plan del distrito central, mediante un plan de acción conjunta entre la Municipalidad de Guatemala y el resto de Municipalidades del Departamento.

2. Que les Municipalidades del Deportamento puedan disponer de los medios necesarios y adecuados para resolver sus problemas.

3. Fortalecer la Autonoafe Municipal

4. Que las Municipalidades se asocten para la defensa de sus Intereses y el cumplimiento de los distintos fines que garantiza la Constitución Política de la República, y en consecuencia celebrar ACUERDOS Y CONVENIOS para el desarrollo conún.

POR TANTO:

4. Que las Municipalidades se asocten para la defensa de sus Intereses y el cumplimiento de los distintos fines que garantiza la Constitución Política de la República, y en consecuencia celebrar ACUERDOS Y CONVENIOS para el desarrollo conún.

POR TANTO: En uso de las facultades que le confieren los artículos 253, 254 y 255 de la Consfitución Política de la República; 3, 30, 31, 40, 41 y 85 del Decreto Número 58-88 del Congreso de la República (Código Municipal).

ACUERDA: Acifculo Primero: La Municipalidad de Guatemala, ratifica su adhesión e los Convenios de Integración Y Cooperación descritos en el primer considerando y que se suscribleron con las Municipal idades de Mixco, Villa Nueva, San José Plnula y Chinautla y ve con beneplácito las intenciones de las Municipalidades de Freljanes, San José del Golfo, Chuerrancho y Palencia de adherirse como suscriptores de los Conventos citados. palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204, 353guatemala

ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL APROBACION DE

CONVENIO DE COOPERACION CON LAS MUNICIPALIDADES DE

MIXCO, VILLA NUEVA, SAN JOSE PINULA, CHINAUTLA Y GUATEMALA

APROBADO: 02 DE AGOSTO/93

HOJA No. 2 DE 2

CONVENIO DE COOPERACION CON LAS MUNICIPALIDADES DE

MIXCO, VILLA NUEVA, SAN JOSE PINULA, CHINAUTLA Y GUATEMALA

APROBADO: 02 DE AGOSTO/93

HOJA No. 2 DE 2

Artículo Segundo: La Municipalidad de Guetemala, con base en lo expresado en el artículo anterlor, se permite Invitar al resto de municipios que Integran el Depertemento de Guatemala, para que so adhieran a los Convenios de Integración y Cooperación citados, con el propósito de unificar esfuerzos, Intercamblar experiencias y esociarse para la defense de los Intereses y el cumplimiento de los distintos fines del municipio y fortalecimiento de la autonomía municipal.

Artículo Tercero: El presento acuerdo entrará en vigencia Inmodistamente.

DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL A DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES. vie. clara a SECRETARIO MUNÍCIPAL NL & “o % mg SECRETARIA | Suar palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353

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