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COM 20-2014

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 20-2014
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

DE GUATEMALA ¿umple | - — ACUERDO No, COM-20-2014

Concejo Municipal EL. CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en sesión ordinaria celebrada el catorce de octubre del dos mil catorce, la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (EMT), aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos correspondiente al ejercicio fiscal dos mil quince, CONSIDERANDO: Que el presupuesto de ingresos comprende los recursos estimados a obtener por el servicio que presta la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, los cuales han sido cuantificados razonablemente y en concordancia con la realidad financiera de la misma, CONSIDERANDO: Que el presupuesto de egresos ha sido formulado tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar su función básica como lo es la prestación del servicio de transporte público.

POR TANTO: República, artículo 35 literales e), 1) e 1), 125, 126, 128, 129, y 133 del Código Municipal, Decreto Número. 12-2002 del Congreso de la República, la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República, su Reglamento Acuerdo: Gubernativo 240-98 y el Manual de Clasificaciones

Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Acuerdo Ministerial 233- | | | Con base en lo dispuesto por el artículo 253 de la Constitución Política de la ] | l 2000 del Ministerio de Finanzas Públicas. |i

| | | Con base en lo dispuesto por el artículo 253 de la Constitución Política de la ] | l 2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.

|i | | DE GUATEMALA ¿umPl? |

Cc ncejo Municipal Hoja No.2 Acuerdo COM-20-2014

ACUERDA: ARTICULO 1°: Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (EMT) para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince, en la cantidad de OCHENTA Y DOS | MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS QUETZALES (Q. 82, 258,732.00), según la siguiente

distribución:

| PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS PARA EL AÑO 2015

Rubro de ingreso Nombre de Unidad y Rubro Monto en y % Clase | Sección | Grupo de Ingreso Quetzales g 119 90 lOtros INGRESOS 3,518,220.00| 4.28% 11 6 90 ¡Otras Multas 6,964,962.00| 8.47% Intereses por depósitos 15 1 31 lintemos 1,875.00| 0.00% Transferencias Corrientes de o 16 2 50 Municipalidades 71,773,675.00| 87.25% | TOTAL DE INGRESOS | 82,258,732.00 | 100.00% ARTICULO 2°. Aprobar el Presupuesto General de Egresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia

| TOTAL DE INGRESOS | 82,258,732.00 | 100.00% ARTICULO 2°. Aprobar el Presupuesto General de Egresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (EMT) para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil ‘quince, en la cantidad de OCHENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS QUETZALES (Q. 82, 258,732.00), distribuidos de la siguiente forma:- Concejo Municipal DE GUATEMALA ¿ymple | Hoja No. 3 Acuerdo COM-20-2014

PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS PARA EL AÑO 2015

Grupo Monto de Nombre del Grupo de Gasto Presupuestado % Gasto En Quetzales 0 SERVICIOS PERSONALES 72,357,675.00 | 87.95% 1 SERVICIOS NO PERSONALES 5,179,922.00 | 6.30% 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,027,535.00| 3.88% PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E 3 INTANGIBLES 1,113,600.00 1.35% 4 TRANFERENCIAS CORRIENTES 508,000.00| 0.62% 8 OTROS GASTOS 72,000.00 | 0.09% TOTAL DE EGRESOS| 82,258,732.00 | 100.00% ARTICULO 3°. La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analitica, será realizada por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Dirección Financiera, la que podrá informar de ello al Concejo

ARTICULO 3°. La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analitica, será realizada por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Dirección Financiera, la que podrá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre cuando sea requerido. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa para el año dos mil quince, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes:

NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL AÑO 2015

DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La ejecución del presupuesto de ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el período comprendido del uno deHoja No. 4 Acuerdo COM-20-2014 enero af treinta y uno de diciembre de dos mil quince, para alcanzar las metas estimadas de cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil quince; para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas: a) La calendarización mensual de la recaudación de los diferentes ingresos. b) La realización de un programa de control y fiscalización de los ingresos de la Empresa. Se ordena a la Empresa Municipal de Transporte de la ciudad de Guatemala y sus áreas de Influencia Urbana para que de cumplimiento a la resolución emitida por el Concejo Municipal COM-223-09 de fecha doce de febrero de dos mil

de la Empresa. Se ordena a la Empresa Municipal de Transporte de la ciudad de Guatemala y sus áreas de Influencia Urbana para que de cumplimiento a la resolución emitida por el Concejo Municipal COM-223-09 de fecha doce de febrero de dos mil nueve, en la que se resolvió: reorientar los recursos provenientes del cobro de la tasa por la prestación del servicio de transporte público colectivo urbano, a través del sistema Transmetro, en el sentido de que dicho cobro está a cargo de la Municipalidad de Guatemala, extendiéndose el comprobante de ingreso autorizado por la Contraloría General de Cuentas; así como el posterior traslado de los recursos recaudados por dicho concepto al Fideicomiso de Apoyo a la Planificación Urbana -FAPUcorrespondiéndole a la Dirección de Finanzas de la Municipalidad de Guatemala velar por el efectivo cumplimiento de lo acordado en esa sesión y a efectuar las operaciones contable financieras necesarias; así como realizar las modificaciones presupuestarias que se requieran. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del presupuesto de gastos para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil quince, deberá aplicarse una política estricta de racionalización del gasto, que conduzca al uso óptimo de los recursos asignados en el presupuesto. Para el efecto, cada unidad aplicará la política de austeridad y los procedimientos de contro! necesarios que tiendan a racionalizar los gastos: minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sús actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que a través de la Dirección Financiera, disponga en caso necesario, las medidas de

para la ejecución de sús actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que a través de la Dirección Financiera, disponga en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la ejecución del presupuesto de gastos. Además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes: .Hoja No. 5 Acuerdo COM-20-2014 1 Las Direcciones y Departamentos son responsables de la ejecución del presupuesto de egresos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de sus requerimientos, evitando de esta manera el sobregiro en los renglones asignados y la duplicidad del gasto. il El Departamento de Contabilidad y Presupuesto queda obligado a la distrib ución, registro y control de las asignaciones a nivel de renglón, de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. 1 Cuando los trabajos a ejecutar requieran la suscripción de contrato, se procederá a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. v Las personas contratadas por la Empresa, desempeñarán las funciones que correspondan, acorde a su contrato, en la dependencia administrativa donde los mismos se encuentren presupuestados. Es responsabilidad de la Gerencia General y de la Dirección Financiera el cumplimiento de esta disposición. A partir del año fiscal dos. mil trece, los conductores y colaboradores del sistema de transporte masivo de pasajeros denominado Transmetro, quedarán incluidos dentro del presupuesto de gasto de la Empresa Municipal de Transporte de la

partir del año fiscal dos. mil trece, los conductores y colaboradores del sistema de transporte masivo de pasajeros denominado Transmetro, quedarán incluidos dentro del presupuesto de gasto de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana EMT, para el efecto, la Municipalidad de Guatemala, por medio de la Dirección Financiera, continuara realizando los traslados de fondos a la EMT para cubrir las necesidades financieras que le sean requeridos. v Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de una o varias remuneraciones, cuando el prestador del servicio, tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de honorarios o cualesquiera otra clase de cobros. Los honorarios retenidos, deberán cubrirse inmediatamente después que el adeudo haya sido cancelado o suscrito el correspondiente, compromiso de pago.Hoja No. 6 Acuerdo COM-20-2014 Para el efecto, se autoriza al Gerente General a fin que, conforme a su criterio y sin perjuicio de las intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen -en abonos mensuales y/o parciales, los que deben descontarse del respectivo pago. VI No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa.

encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa. Presupuestariamente, las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. Vi Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus labores requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 2° del Decreto Número 57-22 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. vil En las especificaciones para: cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su cotización o licitación según sea el caso, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad, calidad necesarias y que provean los manuales en español para guía de operaciones, mantenimiento correspondiente. X Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2015 previo análisis de su situación podrán trastadarse al ejercicio fiscal 2016 imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. Los gastos devengados noi ] ! Hoja No. 7 Acuerdo COM-20-2014 pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las

los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. Los gastos devengados noi ] ! Hoja No. 7 Acuerdo COM-20-2014 pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes para cada unidad ejecutora. X La Administración de la Empresa, dentro de los diez días siguientes de finalizado cada cuatrimestre procurará remitir al Concejo Municipal un Informe de su gestión que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución presupuestaria de los ingresos por rubro, comparándolos con lo programado. b) La ejecución. presupuestaria del gasto por renglón presupuestario, comparándolos con lo programado. c) Los resultados económicos y financieros del período; y, d) Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XI A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos; cuando dichas partidas correspondan a otra dependencia, se deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad ejecutora afectada. Las transferencias presupuestarias hasta por QUINIENTOS MIL QUETZALES (Q.500, 000.00), deberán ser aprobadas por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, Dirección Financiera y la Gerencia General. XI De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, las modificaciones presupuestarias cuando excedan de QUINIENTOS MIL QUETZALES (Q 500,000.00), deberán ser aprobadas, primero por la Junta

Reglamento Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, las modificaciones presupuestarias cuando excedan de QUINIENTOS MIL QUETZALES (Q 500,000.00), deberán ser aprobadas, primero por la Junta Directiva y luego por el Concejo Municipal. XII El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2015, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de un incremento de ingresos, de transferencias del Gobierno Central y otros.DE GUATEMALA ¿ymPl. oncejo Municipal Hoja No. 8 Acuerdo COM-20-2014 XIV La administración de la Empresa, a más tardar el treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, deberá presentar al Concejo Municipal, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes: Estado de Ejecución Presupuestaria: 1) Liquidación del Presupuesto de Ingresos y 2) Liquidación del Presupuesto de Gastos ARTICULO 4°. Se faculta a la Dirección Financiera, para que programe analíticamente, la estimación de ingresos que establece este Acuerdo. ARTICULO 5°. Las dependencias quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince. ARTICULO 6°. El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil quince y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año. RS = )

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