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COM 20-2018

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM 20-2018
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2018

E a o™ Pza] > 2 EL <. 7 sE 7 IES] = - u= a - EE Ls re Dal y XL O & my Concejo Municipal ACUERDO No. COM-20-2018 CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que en sesión número 75-2018 celebrada el día diecisiete de octubre del año dos mil dieciocho, la Junta Directiva de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, aprobó el proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos, así como el Plan Operativo Anual y el Plan Anual de Compras de dicha Entidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019 y el Plan Estratégico Institucional periodo 2019-2021. CONSIDERANDO Que el Presupuesto de Ingresos ha sido formulado para el Ejercicio Fiscal 2019, conforme los lineamientos y procedimientos técnicos y legales y en el cual han sido cuantificados razonablemente en concordancia con la realidad financiera de la Entidad, juntamente con la Dirección de Recaudación y Gestión en lo relativo a fuentes de financiamiento y recurso por los cobros que realiza y estimando los que pueden percibirse para el Ejercicio Fiscal 2019. CONSIDERANDO Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado para el Ejercicio Fiscal 2019, conforme los lineamientos y procedimientos técnicos y legales para su elaboración, tomando en cuenta las necesidades de recursos presupuestarios, a fin de que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, atienda sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones que por ley le competen.

POR TANTO

POR TANTO Con base a lo establecido en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 125,135 y 138 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; y 29 delo YE "o, Ao > Tea| « 7 YES = HE B Ez la 5 j9z a 5 de Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-20-2018 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo número 240-98, emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas. ACUERDA ARTÍCULO 4. Presupuesto de Ingresos. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRApara el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil diecinueve por un valor total de CIENTO SESENTA MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRÉS QUETZALES EXACTOS (Q.160,708,423.00), distribuidos de la manera siguiente: PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS ENTIDAD METROPOLITANA REGULADORA DE TRANSPORTE Y TRANSITO DEL MUNICIPIO DEGUATEMALA Y SUS ÁREAS DEINFLUENCIA URBANA -EMETRAFORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS POR FUENTEDE FINANCIAMIENTO Y RECURSO

EJERCICIO FISCAL 2019

(CIFRAS EXPRESADAS EN QUETZALES)

DEINFLUENCIA URBANA -EMETRAFORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS POR FUENTEDE FINANCIAMIENTO Y RECURSO

EJERCICIO FISCAL 2019

(CIFRAS EXPRESADAS EN QUETZALES) INSTITUCIÓN: 12200001 Entidad: Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA

DESCRIPCIÓN APROBADO 2019

TOTAL| Q 160,708,423.00| 100% 10,000,000.00 | 6% 3,350,00000 | 2% 29 16250 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES (MUNICIPALIDAD DE! GUATEMALA) Q 31 10149 | INGRESOS TRIBUTARIOS (IMPUESTO SOBRE ANUNCIO) Q 31 11290 [INGRESOS NO TRIBUTARIOS TASAS) Q 36,175,50400 23% 31 11490 [INGRESOS NO TRIBUTARIOS 'ARRENDAMIENTOS) Q 2,750,000.00 | 2% 31 11610 [INGRESOS NO TRIBUTARIOS (MULTAS) Q 61,500,000.00 | 38% 31 11610 | INGRESOS NO TRIBUTARIOS “RECUPERACIÓN DEMULTAS) Q 41,682,41900 26% 31 11710 [INGRESOS NO TRIBUTARIOS INTERESES POR MORA) Q 4,500,000,00 | 3% 31 11990 [INGRESOS NO TRIBUTARIOS INGRESOS VARIOS) Q 250,500.00 $ 0% 31 15130 [INTERESES BANCARIOS Q 500,000.00 0%DE GUATEMALA mal Cancejo Municipal 2 4 < o % tay, Hoja No. 3

31 15130 [INTERESES BANCARIOS Q 500,000.00 0%DE GUATEMALA mal Cancejo Municipal 2 4 < o % tay, Hoja No. 3 Acuerdo COM-20-2018 ARTÍCULO 2. Presupuesto de Egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil diecinueve, por un valor total de CIENTO SESENTA MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRÉS QUETZALES EXACTOS (Q.160,708,423.00) distribuidos de la manera siguiente: PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS ENTIDAD METROPOLITANA REGULADORA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA Y SUS ÁREAS DE INFLUENCIA URBANA -EMETRAFORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTO POR GRUPO

EJERCICIO FISCAL 2019

(CIFRAS EXPRESADAS EN QUETZALES) 12200001 ENTIDAD METRO PO LITANA REGULADORA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA Y SUS ÁREAS DE INFLUENCIA URBANA

DESCRIPCIÓN APROBADO 2019

FUENTE

FINANCIAMIENTO ona PORCENTAJE

DESCRIPCIÓN APROBADO 2019

FUENTE FINANCIAMIENTO ona PORCENTAJE TOTAL Q 160,708,423.00 | 100% 31 | 000 [SERVICIOS PERSONALES (Sueldos y Salarios) Q 105,038,76000| 67% 29 | 100 [SERVICIOS NO PERSONALES (Impresiones Arrendamientos, Mantenimiento y Otros) Q254600000 2% 31 | 100 [SERVICIOS NO PERSONALES (Impresiones Arrendamientos, o amena en Mantenimiento y Otros) MATERIALES Y SUMINISTROS (Gasolina, Útiles de Oficina, , 31 | 200 [accesorios y Repuestos, Uniformidad y otros) Q 1850947700) 12% » | 300 |?ROP. PTA. EQUIPO E INTANG (Vehiculos, Equipo de Computo y otros) 7,454,000.00 | 5% 3 | 300 PRO. PTA. EQUIPO E INTANG (Vehículos, Equipo de Computo y 269750000 39% 31 400 | TRANSFER. CORRIENTES (Prestaciones Laborales) 31 800 [OTROS GASTOS (Devoluciones de Multas) 3t 900 | ASIGNACIONES GLOBALES (Sentencias Judiciales)

3,910,000.00/ 2% 150,000.00/ 0% 5,500,000.00/ 3%DES ATEMALA ale

Concejo Municipal ATEMP Hoja No. 4 Acuerdo COM-20-2018

NORMAS PRESUPUESTARIAS 2019

ARTÍCULO 3. Disposiciones complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.

ARTÍCULO 3. Disposiciones complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ARTÍCULO 4. Ejecución Presupuestaria de Ingresos. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de EMETRA será regulada por las siguientes normas: 1 Informes cuatrimestrales. La ejecución, control y evaluación del Presupuesto de Ingresos Corrientes en forma analítica, será realizada por la Dirección Financiera por medio del Departamento de Presupuesto, quien deberá informar de ello a la Junta Directiva de EMETRA y al Honorable Concejo Municipal, a más tardar dentro de los diez días hábiles (10) siguientes después de finalizado cada cuatrimestre. Cumplimiento de metas de ingresos. La Dirección de Recaudación y Gestión deberá velar por el alcance de las metas estimadas en cada recurso de ingresos proyectadas para el Ejercicio Fiscal 2019, siempre y cuando cuente con todas las herramientas necesarias. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS ARTÍCULO 5. Priorizacién y racionalización del gasto. Para el Ejercicio Fiscal 2019, en la utilización de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos deberá aplicarse una política estricta de priorización y racionalizaciónEz Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-20-2018 del gasto, el que conduzca al uso óptimo de los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios que

Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-20-2018 del gasto, el que conduzca al uso óptimo de los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Agregado a lo anterior y del cumplimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Concejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad. ARTÍCULO 6. Responsables de la ejecución de gastos. En la ejecución del Presupuesto de Egresos además de las disposiciones legales ordinarias, se observan las normas siguientes: Los funcionarios. A cargo de las Direcciones y Departamentos, son responsables de la correcta ejecución de los programas y proyectos contemplados en el Presupuesto General de Egresos, conforme a la distribución analítica formulada en el Presupuesto. Para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el Presupuesto, deberán llevar: Registro y control presupuestario. Las Direcciones y Departamentos de la Entidad quedan obligados a llevar registro y control de sus asignaciones, debiendo establecer un sistema de registro de la ejecución de gasto y de las metas contenidas en el Presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control del gasto. La Dirección Financiera de EMETRA, queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Programas,

evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control del gasto. La Dirección Financiera de EMETRA, queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de renglón de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este Presupuesto, a través del Sistema deConcejo Municipal PAL a © z < u [a e] € @ E Hoja No. 6 Acuerdo COM-20-2018 Contabilidad Integrada -SICOINy el Sistema de Gestión -SIGES-, o el que durante el ejercicio fiscal 2019, pueda incorporarse. Cotizaciones y licitaciones. Las Unidades Administrativas de la Entidad, cuya ejecución de sus programas y proyectos se realice por medio de cotización y/o licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, tomando en consideración los plazos establecidos. v Lugar de desempeño de funciones, Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la unidad administrativa donde el mismo se encuentre presupuestado. Es responsabilidad de la Dirección General el cumplimiento de esta disposición. v Servicios temporales. La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración, deberá ser autorizada por el Director General de EMETRA, basada en la disponibilidad presupuestaria asignada en el presente Ejercicio Fiscal. Vi Retención temporal de salarios. Los Departamentos autorizadores y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el

Fiscal. Vi Retención temporal de salarios. Los Departamentos autorizadores y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas pendientes con la misma, sin contravenir el porcentaje estipu ado en las leyes específicas.DE GUATEMALA UD Y Concejo Municipal ¿ALI E

SECRETARIO

Hoja No. 7 Acuerdo COM-20-2018 Los salarios o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente convenio de pago por el empleado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza al Director General de EMETRA, a fin de que conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Entidad, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. VII Pagos Post-mortem. Las remuneraciones y prestaciones laborales del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelarán mediante Acuerdo de la Dirección General de EMETRA, sin necesidad de trámite judicial. Sin embargo, para evitar futuras contingencias a EMETRA, en el orden de pago correspondiente, se deberá contar con un documento de aceptación de los interesados, donde se haga constar su anuencia sin derecho a reclamo a la Entidad por la entrega de los fondos. Dichas remuneraciones podrán ser solicitadas por los familiares en los grados de consanguinidad que establece la ley. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empieado tuviere

podrán ser solicitadas por los familiares en los grados de consanguinidad que establece la ley. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empieado tuviere acumuladas. VI Fondo de ahorro del empleado de EMETRA: Es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre sueldo fijo que figura en cuenta especial que se le retiene al trabajador que desee. Dicha retención se hará de enero a octubre del Ejercicio Fiscal vigente y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos en que cause baja del trabajador. Los intereses que se generen serán distribuidos en forma proporcional para el personal que complete el periodo del ahorro opcional. ARTÍCULO 7. Economías generadas en el grupo de gasto: 0 Servicios Personales. Las economías cuatrimestrales que se causen en el grupo 0,Concejo Municipal VE Fo To. 7 ¡Za > ¥ | 4 < Ez ~ == = < uo = x= Fl

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EE Hoja No. 8 Acuerdo COM-20-2018 "Servicios Personales" (sueldos, salarios y beneficios de los mismos), no son transferibles, y podrán utilizarse solo en los siguientes casos: a. Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley, b. Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización de puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del Ejercicio Fiscal.

ley, b. Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización de puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del Ejercicio Fiscal. ¢. Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. ARTÍCULO 8. Organización y Escala de Puestos y Salarios. La Dirección de Recursos Humanos deberá velar por el cumplimiento del Organigrama y de Escala de Puestos y Salarios de EMETRA, cuyo instrumento forma parte del Plan Operativo Anual para el Ejercicio Fiscal 2019. ARTÍCULO 9. Remuneración por el sistema de dietas. Los miembros de la Junta Directiva de EMETRA y sus asesores, podrán ser renumerados, siempre y cuando sea por el sistema de dietas por cada sesión a la que asistan, hasta un máximo de ocho (8) dietas por mes, y hasta por un monto de Q. 1,200.00 por dieta. El pago se comprobará mediante nómina de dietas para los que están en relación de dependencia, casc contrario deberá presentar la factura contable correspondiente. ARTÍCULO 10. Subgrupo maquinaria y equipo. Todas las asignaciones presupuestarias aprobadas dentro del grupo de gasto 3, “Propiedad, Planta, Equipo e intangibles”, por nnguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno el Director General de EMETRA. ARTÍCULO 11. Uso de equipo de transporte de la Entidad. No deberán estar para el uso exclusivo de un funcionario o empleado, sino disponibles para laSECRETARIO ™

MUNICIPAL A, o:

Concejo Municipal

ARTÍCULO 11. Uso de equipo de transporte de la Entidad. No deberán estar para el uso exclusivo de un funcionario o empleado, sino disponibles para laSECRETARIO ™

MUNICIPAL A, o:

Concejo Municipal EMPY Hoja No. 9 Acuerdo COM-20-2018 realización de las distintas act vidades, que demanda la ejecución de programas previamente definidos. Los vehículos deben ser marcados en lugar visible y fácilmente legible con el nombre de la Entidad. Así mismo, las asignaciones de cada vehículo deberán hacerse en atención a las labores que se deban desarrollar, provisionándose del combustible que sea necesario en base a las políticas definidas por la Administración. La Dirección Administrativa velará por el cumplimiento de la presente norma, recomendando a la Dirección General de EMETRA, las sanciones que correspondan de acuerdo a las políticas previamente establecidas. ARTÍCULO 12. Compras a empresas estatales. Los Departamentos de la Entidad que para la ejecución de sus programas requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el artículo 2°. del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el Presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. ARTÍCULO 13. Garantías en las compras. En las especificaciones para

Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el Presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. ARTÍCULO 13. Garantías en las compras. En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en calidad y cantidad necesarias y que se provean los manuales en español para guía de operaciones y el mantenimiento correspondiente. ARTÍCULO 14. Pago de deudas de años anteriores. Las deudas de Ejercicios Fiscales anteriores que se ercuentren pendientes de pago, podrán pagarse siempre y cuando provengan de obligaciones legítimamente contraídas;DE GUATEMALA ¡opa Concejo Municipal PAL e ‘o, E

SECRETARIO

Y

MUNICIPAL

Y Hoja No, 10 Acuerdo COM-20-2018 entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de la Ley y se han recibido los bienes o servicios. ARTÍCULO 15. Modificaciones Presupuestarias. A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite sí se ajustan a los preceptos contenidos en el Decreto número No. 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento; siempre que los Departamentos interesados propongan en las partidas de las que se tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia unidad administrativa

Departamentos interesados propongan en las partidas de las que se tomarán los recursos, cuando dichas partidas correspondan a la propia unidad administrativa se requerirá la firma del Director General de la Entidad. Cuando se trate de Lo - .. PU 2 solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la ha anuencia de los jefes de ambas unidades administrativas y del Director General, 4 mismas que serán aprobadas por medio de Resolución Interna, incluyendo sustitución de financiamiento. Cada transferencia de asignaciones deberá ser planteada por la Dirección Financiera, con el Visto Bueno del Director General, para ser aprobada por la Junta Directiva de EMETRA, siempre que no modifique el total del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2019. En lo que respecta a las regularizaciones del Presupuesto de Ingresos, siempre que no afecten los Gastos de Inversión, deberán ser aprobadas por la autoridad administrativa superior de la Entidad, recayendo tal responsabilidad en la Junta Directiva. ARTÍCULO 16. Ampliaciones y/o Disminuciones Presupuestarias. El Concejo Municipal, podrá aprovar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación y/o disminución al presupuesto aprobado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes y su fuente de financiamiento. El Presupuesto General de Ingresos y Egresos de EMETRA podrá ser ampliado durante el Ejercicio Fiscal 2019, cuando la Entidad obtenga ingresos extraordinarios provenientes de subsidios, donaciones, contratación deConcejo Municipal DE 2 3 = y e Ls] pre @ MUNICIPAL Hoja No. 11

durante el Ejercicio Fiscal 2019, cuando la Entidad obtenga ingresos extraordinarios provenientes de subsidios, donaciones, contratación deConcejo Municipal DE 2 3 = y e Ls] pre @ MUNICIPAL Hoja No. 11 Acuerdo COM-20-2018 préstamos; nuevas tasas, arbitrios, multas o aumentos a los establecidos; saldo de caja ejercicios anteriores, y otros, mismos que deben contar con la aprobación del Concejo Municipal. Se autoriza al Director General de la Entidad, hacer las gestiones para solicitar ante las autoridades municipales el apoyo financiero por parte de la municipalidad, con el fin de que la Entidad siga prestando sus servicios en el municipio en el ámbito de regulación del tránsito, esto derivado de que la recaudación sea insuficiente para financiar los programas de trabajo. ARTÍCULO 17. Transferencias de recursos a Entidades y Organizaciones No Gubernamentales, Se faculta a la Dirección Financiera para que a través del Programa de Transferencias Corrientes que estén o puedan darse, pueda transferir a Entidades del sector privado comprendidos como subsidios a instituciones de enseñanza, para el funcionamiento de diversas Entidades e instituciones sin fines de lucro, previa autorización del Director General. ARTÍCULO 18. Programación analítica de los ingresos. Se faculta a la Dirección General de EMETRA, para que programe analíticamente según su fuente, la estimación de ingresos que establece este Acuerdo. ARTÍCULO 19. Activos extraviados o dañados por el personal. Cuando el personal de la Entidad tenga pendiente con EMETRA, por conceptos de activos extraviados o dañados, se autoriza al Departamento de Inventarios a requerir la reposición del activo con las mismas características registradas en la tarjeta de

personal de la Entidad tenga pendiente con EMETRA, por conceptos de activos extraviados o dañados, se autoriza al Departamento de Inventarios a requerir la reposición del activo con las mismas características registradas en la tarjeta de responsabilidad. Cuando no se pueda reponer el activo se le cobrará al responsable el monto del bien registrado en la tarjeta de responsabilidad, y al responsable, en caso de robo o extravió del bien, deberá dar aviso correspondiente al Ministerio Público y se autoriza al Departamento de Inventarios dar de baja al bien extraviado, robado o dañado, cumpliendo con los requisitos legales respectivos. ARTÍCULO 20. Fondo Rotativo. Se faculta al Director General de EMETRA, para qué a través de la emisión de un Acuerdo Interno, pueda crear un Fondo Rotativo por la cantidad de hasta CUARENTA Y CINCO MIL QUETZALESDE GUATEMALA UP O Concejo Municipal © @ = w -3 [a] pr @ Hoja No. 12 Acuerdo COM-20-2018 EXACTOS (Q. 45,000.00), el que a su vez puede ser manejado mediante las cajas chicas que EMETRA considere necesarias. ARTÍCULO 21. Entrega de vehículos usados como parte del precio de la adquisición de vehículos nuevos. Cuando se adquieran vehículos nuevos, podrán entregarse a cuenta de! precio correspondiente a los usados que estén al servicio de EMETRA, previo dictamen de la Unidad de Fiscalización Municipal de la Municipalidad de Guatemala, aprobado por Acuerdo de Alcaldía del Municipio de Guatemala. ARTÍCULO 22. Aprendiz. Los aprendices a agentes de Policía Municipal de Tránsito tendrán una remuneración mensual equivalente a Q. 2,000.00 durante 6

de Guatemala. ARTÍCULO 22. Aprendiz. Los aprendices a agentes de Policía Municipal de Tránsito tendrán una remuneración mensual equivalente a Q. 2,000.00 durante 6 meses, tiempo que dura el aprendizaje (sin derecho a prestaciones durante el tiempo de aprendizaje) y estos serán cargados al renglón 021 Personal supernumerario. ARTÍCULO 23. Auditor Interno. El Auditor Interno deberá presentar a Junta Directiva los informes de Auditoría de forma semestral, debiendo el Director General programar dichas presentaciones. ARTÍCULO 24. Saldo de caja. El Presupuesto de Ingresos y Egresos podrá ser ampliado por el Honorable Concejo Municipal del Municipio de Guatemala durante el Ejercicio Fiscal 2019 cuando se tenga el monto establecido por motivos de ingresos derivados de saldo de caja. ARTÍCULO 25. Observancia obligatoria. Todas las Direcciones, Departamentos y Unidades Administrativas de EMETRA, quedan obligados a la observancia y cumplimiento de lo dispuesto en estas normas en la ejecución presupuestaria de sus respectivos presupuestos para el Ejercicio Fiscal 2019. ARTÍCULO 26. Vigencia. El oresente Acuerdo entra en vigencia, a partir del uno de enero del año dos mil diecinueve y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año.Concejo Municipal Hoja No, 13 Acuerdo COM-20-2018 Dado en el Salón de Sesiones Miguel Ángel Asturias, del Palacio Municipal, a los tres días del mes de diciembra del dos mil dieciocho.

SECRETARIO Ye MUNICIPAL e, v “Ate”

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