COM 21-2016
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 21-2016
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2016
DE GUATEMALA ., mplé
Concejo Municipal
ACUERDO No. COM-21-16
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que en sesión ordinaria celebrada el 11 de Noviembre del 2016 la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMT-, aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos correspondiente al ejercicio fiscal dos mil diecisiete.
CONSIDERANDO: Que el presupuesto de ingresos comprende los recursos estimados a obtener por el servicio que presta la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana, los cuales han sido cuantificados razonablemente y en concordancia con la realidad financiera de la misma.
CONSIDERANDO: Que el presupuesto de egresos ha sido formulado tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin de que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y pueda realizar su función básica como lo es la prestación del servicio de transporte público.
POR TANTO: Con base en lo dispuesto por el Artículo 253 de la Constitución Política de la República, artículo 35 literales e), f) y i), 125, 126, 128, 129, y 133 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, la Ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República, su Reglamento Acuerdo Gubernativo 240-98 y el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de
Guatemala Acuerdo Ministerial! 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA: ARTICULO 1% Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal
Guatemala Acuerdo Ministerial! 233-2000 del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA: ARTICULO 1% Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de influencia Urbana -EMTpara el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil diecisiete, en la cantidad de CIENTO ONCE MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS (Q.111,032,856.00), distribuidos de la siguiente forma:DE GUATEMALA cumple
Concejo Municipal Hoja No, 2 Acuerdo COM-21-2016 PRESUPUESTO GENERAL. DE INGRESOS PARA EL AÑO 2017 11.6.90/0tras multas (Multas STP) 5,906,000 5,355,660 ! 11.9.90/0tros ingresos 3,349,000 3,839,316 Baños CENTRA 2,416,161 Parqueo rutas largas y encomienda 868,155 Daños a la propiedad 65,000 Miscelaneos 490,000 15.1.31iIntereses por depósitos internos 2,463 2,244 16.2.50 Transferencias corrientes de Municipalidades 93,787,276 101,835,636 ARTICULO 2°. Aprobar el Presupuesto General de Egresos de la Empresa Municipal : de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMTpara : el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil I i diecisiete, en la cantidad de CIENTO ONCE MILLONES TREINTA Y DOS MIL
de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMTpara : el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil I i diecisiete, en la cantidad de CIENTO ONCE MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS (Q.111,032,856.00), . distribuidos de la siguiente forma: N ~ o 9 +. gal 4 - <a A z ue a Ea = Pa > | A, lO) va mw oxDE GUATEMALA ¿ymple “Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-21-2016 PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS PARA EL AÑO 2017 o Servicios personales 93,072,876 79,835,636 1 Servicios no personales 4,044,875 21,174,815 2 Materiales y suministros 4,326,980 8,204,546 3 Propiedad, planta, equipo e intangibles 1,020,008 976,859 4 Transferencias corrientes 508,000 769,000 8 Otros gastos 72,000 72,000 ARTICULO 3". La ejecución, control y evaluación del presupuesto en forma analítica, será realizada por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto y supervisada por la Dirección Financiera, la que podrá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes después de finalizado cada cuatrimestre cuando sea requerido. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana para el año dos mil diecisiete, además de las disposiciones legales vigentes, se
cuando sea requerido. En la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana para el año dos mil diecisiete, además de las disposiciones legales vigentes, se observarán las normas siguientes:
NORMAS PRESUPUESTARIAS DEL AÑO 2017
PARA LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS determinan su creación y administración, en la forma siguiente: ¿WALIO P 2, La ejecución del presupuesto de ingresos se regirá por las disposiciones legales que < @ Lad & E 2 Ei = w @ [a [re @ DE GUATEMALA ¿ymole Concejo Municipal Hoja No. 4 Acuerdo COM-21-2016 La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tiene a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete para alcanzar las metas estimadas de cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil diecisiete; para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas:
1. La calendarización mensual de la recaudación de los diferentes ingresos.
2. La realización de un programa de contro! y fiscalización de los ingresos de la
Empresa. Se ordena a la Empresa Municipal de Transporte de la ciudad de Guatemala y sus áreas de Influencia Urbana para que de cumplimiento a la resolución emitida por el Concejo Municipal COM-223-09 de fecha doce de febrero de dos mil nueve, en la que
Empresa. Se ordena a la Empresa Municipal de Transporte de la ciudad de Guatemala y sus áreas de Influencia Urbana para que de cumplimiento a la resolución emitida por el Concejo Municipal COM-223-09 de fecha doce de febrero de dos mil nueve, en la que se resolvió: “Reorientar los recursos provenientes del cobro de la tasa por la prestación del servicio de transporte público colectivo urbano, a través del sistema Transmetro, en el sentido de que dicho cobro estará a cargo de la Municipalidad de Guatemala”, extendiéndose el comprobante de ingreso autorizado por la Contraloría General de Cuentas; así como el posterior traslado de los recursos recaudados por dicho concepto al Fideicomiso de Apoyo a la Planificación Urbana —FAPUcorrespondiéndole a la Dirección de Finanzas de la Municipatidad de Guatemala velar por el efectivo cumplimiento de lo acordado en esa sesión y a efectuar las operaciones contablefinancieras necesarias; así como realizar las modificaciones presupuestarias que se requieran. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del presupuesto de EGRESOS para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, deberá aplicarse una política estricta de racionalización y priorización del gasto, que conduzca al uso óptimo de los recursos asignados en el presupuesto. Para el efecto, cada unidad aplicará la política de austeridad y los procedimientos de contro! necesarios que tiendan a racionalizar y priorizar los gastos minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que a través de la Dirección Financiera, disponga en caso necesario, lasDE
suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades. Además de las medidas que adopte el Concejo Municipal, se faculta a la Gerencia General de la Empresa, para que a través de la Dirección Financiera, disponga en caso necesario, lasDE e a = Ll a [5] [re A DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 5 Acuerdo COM-21-2016 medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes, en concordancia con la ejecución del presupuesto de gastos. Además de las disposiciones legales ordinarias, se observarán las normas siguientes: Las Direcciones y Departamentos son responsables de la ejecución del presupuesto de egresos que les fue asignado, llevando para ello el registro y control de sus asignaciones y de sus requerimientos, evitando de esta manera el sobregiro en los renglones asignados y la duplicidad del gasto. El Departamento de Contabilidad y Presupuesto queda obligado a la distribución, registro y control de las asignaciones a nivel de renglón, de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. Cuando los trabajos a ejecutar requieran la suscripción de contrato, se procederá a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. iv Las personas contratadas por la Empresa, desempeñarán las funciones que correspondan, acorde a su contrato, en la dependencia administrativa donde los mismos se encuentren presupuestados. Es responsabilidad de la Gerencia General y de la Dirección Administrativa el cumplimiento de esta disposición. A partir del año fiscal dos mil trece, los conductores y colaboradores del sistema de transporte masivo de pasajeros denominado Transmetro, quedarán incluidos dentro del presupuesto de gasto
Dirección Administrativa el cumplimiento de esta disposición. A partir del año fiscal dos mil trece, los conductores y colaboradores del sistema de transporte masivo de pasajeros denominado Transmetro, quedarán incluidos dentro del presupuesto de gasto de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMT-, para el efecto, la Municipalidad de Guatemala, por medio de la Dirección Financiera, continuará realizando los traslados de fondos a la EMT para cubrir las necesidades financieras que le sean requeridos. Se autoriza a la EMT para que pueda erogar gastos para ser aplicados al funcionamiento, mantenimiento y reparación de las unidades de transporte de personas que integran y son parte del sistema denominado Transmetro y sus alimentadoras.| 1 | | |
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2, ATEgP pk © sa Lo 55 83 DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 6 Acuerdo COM-21-2016 v Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de una o varias remuneraciones, cuando el prestador del servicio, tenga deudas pendientes con la Municipalidad de Guatemala y cualquiera de sus Empresas, por concepto de honorarios o cualesquiera otra clase de cobros. Los honorarios retenidos, deberán cubrirse inmediatamente después que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago. Para el efecto, se autoriza al Gerente General y/o Dirección Financiera a fin que, conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales y/o parciales, los
conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales y/o parciales, los que deben descontarse del respectivo pago. VI No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido declarados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa. Presupuestariamente, las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. Vil Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus labores requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 2° del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. VIN En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su cotización o licitación según sea el caso, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidadi b i | i
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para su cotización o licitación según sea el caso, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidadi b i | i
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MUNICIPAL ATEMEY DE GUATEMALA ¿umple |
Concejo Municipal Hoja No. 7 Acuerdo COM-21-2016 necesarias y que provean los manuales en español para guía de operaciones y mantenimiento correspondiente, IX Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2017 previo análisis de su situacion podrán trasladarse al ejercicio fiscal 2018 imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. Los gastos devengados no pagados a esa fecha, se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades de fondos existentes para cada unidad ejecutora. X La Administración de la Empresa, dentro de los treinta días calendario siguientes de finalizado cada cuatrimestre procurará remitir al Concejo Municipal un informe de su gestión que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución presupuestaria de los ingresos por rubro, comparándolos con lo programado. b) La ejecución presupuestaria del gasto por rengión presupuestario, comparándolos con lo programado. c) Los resultados económicos y financieros del período; y, b) - Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XI A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite sí se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos; cuando dichas partidas correspondan a otra dependencia, se deberá contar con la
ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomarán los recursos; cuando dichas partidas correspondan a otra dependencia, se deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad ejecutora afectada. Las transferencias presupuestarias hasta por QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.500, 000.00), deberán ser aprobadas por el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, Dirección financiera y la Gerencia General. XI De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, las modificaciones presupuestarias cuando excedan de QUINIENTOS MIL QUETZALES (Q. 500,000.00) hasta NOVECIENTOS MIL QUETZALES (Q.900,000.00), deberán ser aprobadas por la Junta Directiva. Cuando las TRANSFERENCIAS excedan de NOVECIENTOS MIL QUETZALES (Q.900,000.00) deberán ser aprobadas por el Concejo Municipal.DE GUATEMALA . mple Concejo Municipal Hoja No. 8 Acuerdo COM-21-2016 XII El presupuesto podrá ser ampliado durante el ejercicio fiscal 2017, cuando la Empresa obtenga ingresos extraordinarios provenientes de un incremento de ingresos, de transferencias del Gobierno Central y otros, en dicho caso, las ampliaciones deberán ser autorizadas por la Junta Directiva y el Concejo Municipal. XIV La administración de la Empresa, a más tardar el treinta y uno de marzo del dos mil dieciocho, deberá presentar al Concejo Municipal, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes:
La administración de la Empresa, a más tardar el treinta y uno de marzo del dos mil dieciocho, deberá presentar al Concejo Municipal, la liquidación de su respectivo presupuesto y los estados financieros correspondientes. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes:
1. Estados Financieros
2. Liquidación del Presupuesto de Ingresos
3. Liquidación del Presupuesto de Gastos ARTICULO 4°. Se faculta a la Dirección Financiera, para que programe analíticamente, la estimación de ingresos que establece este acuerdo.
ARTICULO 5°. Las dependencias quedan obligadas a la observancia de lo dispuesto en estas normas, para la ejecución de sus respectivos presupuestos durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil diecisiete. ARTICULO 6”, El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil diecisiete y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año. Dado en el salón de sesiones "Miguel Ángel Asturias” del Palacio Municipal a los siete diggdel mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
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