COM 21-2020
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 21-2020
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
DE GUATEMALA ¿um
Concejo Municipal
ACUERDO COM-21-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas, comprendiendo dentro de sus funciones atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO: Que con fecha 14 de octubre del año 2019, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Guatemala emitió el Acuerdo número COM-21-2019, por medio del cual se cambió la denominación de Gerencia Municipal a Gerencia Municipal Administrativa, habiéndosele asignado las funciones que tendría a su cargo.
CONSIDERANDO: Que ante el crecimiento de los volúmenes de trabajo, es necesario que se le asignen nuevas funciones a la Gerencia Municipal Administrativa, para que pueda desarrollarlas con celeridad y eficiencia.
POR TANTO: Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 35 literales a), i) y j) y 42 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala
ACUERDA:
La siguiente: REFORMA AL ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO COM-21-2019 DE FECHA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019, Artículo 1. Se reforma el artículo 3, adicionándole las literales p), q) y r), con el
siguiente texto:
OCTUBRE DEL AÑO 2019, Artículo 1. Se reforma el artículo 3, adicionándole las literales p), q) y r), con el siguiente texto: p) Firmar en representación de la Municipalidad de Guatemala las actas administrativas de hechos y circunstancias que sea necesario establecer dentro de los expedientes administrativos.DE GUATEMALA umpe Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-21-2020 q) Suscribir los contratos administrativos que se originen dentro del ámbito de su competencia, excepto lo relacionado a contrateción de personal, cuya función corresponde a la Dirección de Recursos Humanos. r) Todas aquellas otras funciones que tengan relación directa con los temas administrativos y financieros en donde sea requerida su firma. Artículo 2. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente. Dado en la Ciudad de Guatemala, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil veinte. PALI e Dg S © a Y S ——s . SECRETARIO ™ Rical do Q iñónez Lemus! - - MUNICIPAL caida ici p