COM-22-1990
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-22-1990
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1990
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL. Declarar vacante la Concejalía Tercera, a partir del uno de julio del año en curso, por renuncia presentada del titular, licenciado Oscar José Rafael Berger Perdomo.
Fecha: 25 de junio de 1990.
Hoja No.1 de 1. MUNICIPALIDAD DE LA e CIUDAD DE GUATEMALA
CONCEJO
LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO: Que la Junta Electoral del Distrito Metropolitano, por medio de acuerdo de fe-- cha 8 de noviembre de 1985, adjudicó el cargo de Concejal Tercero de la Municipalidad de Guatemala, al Licenciado Oscar José Rafael Berger Perdomo.
CONSIDERANDO: Que con fecha quince de enero de mil novecientos ochenta y seis, según acta nú- mero dos, levantada en el libro de Alcaldfa-Secretarfa, el Licenciado Oscar José Rafael Berger Perdomo, tomó posesión del cargo de Concejal Tercero de la Municipalidad de Guatemala.
CONSIDERANDO: Que el Licenciado Oscar José Rafael Berger Perdomo, renunció del cargo de Conce jal Tercero de la Municipalidad de Guatemala, la que fue aceptada por la Corporación Municipal, en su sesión ordinaria celebrada el día jueves veintiuno del mes y año en curso.
POR TANTO: En base a lo que establece el artículo 206 de la Ley Electoral y de Partidos Po líticos y artículo 44 del Código Municipal.
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Declarar vacante la Concejalía Tercera de la Municipalidadde Guatemala a partir del uno de julio de mil novecientos noventa, por renuncia
líticos y artículo 44 del Código Municipal.
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Declarar vacante la Concejalía Tercera de la Municipalidadde Guatemala a partir del uno de julio de mil novecientos noventa, por renuncia
del titular, Licenciado Oscar José Rafael Berger Perdomo.
ARTICULO SEGUNDO: Comunicar inmediatamente esta decisión, al Tribunal Supremo Electoral para los efectos de lo establecido en el artículo 206 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
ARTICULO TERCERO: El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente.
DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, AVEINTICINCO DIAS DEL MES SECRETARIA /SdeG.— —
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