COM-22-1994
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-22-1994
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
NI : oncejo municipal municipalidad guatemala
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO: Que por acuerdo de esta fecha, el Concejo Municipal aprobó el Convenio celebrado el día de hoy, entre el señor Alcaide Municipal y los concesionarios del servicio colectivo urbano, que dió origen a la reanudación y regulación de dicho servicio.
CONSIDERANDI Que dentro de las condiciones para el cumplimiento de este Convenio, la Municipalidad de Guatemala se comprometió a exonerar el «arbitrio sobre el valor del pasaje, que regula el Acuerdo Gubernativo número 843-85 de fecha 19 de septiembre de 1985, exoneración que abarcará del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro al treinte de junio de mil novecientos noventa y cinco.
POR TANTO: En base a lo que establece los artículos 253 inciso cl y Z54 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 6, 30, 31, 32, 39, 40
Íncisos a), b), m), n) y w);; 52. 83, 8 y 93 del Código Municipal (Decreto No.58-88 del Congreso de la República de Guatemala).
ACUERDA: Artículo 10. Exonerar a las persones individuales y/o jurídicas, Concesionarios, para prestar el servicio de Transporte Colectivo Urbano, del pago del arbitrio sobre el valor del pasaje, que regula el Acuerdo Gubernativo No.843-85 de fecha 19 de septiembre de 1985.
Artículo 20. — Esta exoneración se aplicará del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro al treinta de junio de mil novecientos noventa y cinco.
No.843-85 de fecha 19 de septiembre de 1985. Artículo 20. — Esta exoneración se aplicará del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro al treinta de junio de mil novecientos noventa y cinco. Artículo 30. El presente acuerdo entraré en vigor inmediatamente, debiéndose publicar en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.= > NB — XL - Ve: A eo. A & CO Lic. Oscar José Rafael Berger Perdomo. Lic. Héctor adolfo Lifuentes Mendoza
ALCALDE" ———— — :
AP ALBA
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