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COM-22-2009

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-22-2009
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2009

©

DE GUATEMALA mple H

Concejo Municipal

ACUERDO COM-22-09

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia teniendo como deber garantizar a los habitantes de la República, la vida y su integridad física.

CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que con el fin de evitar futuros daños en el sector, es obligación de la Municipalidad de Guatemala adoptar las medidas pertinentes proclives a la protección de los bienes Municipales y la integridad física de sus trabajadores y de las personas que desarrollan la actividad de recolección de desechos sólidos, encaminando acciones preventivas apropiadas, razón por la que es necesario declarar área de emergencia el espacio físico que ocupa el citado Relleno Sanitario.DE GUATEMALA ¡ple

Concejo Municipal Hoja No. 2

ACUERDO COM-22-09.

POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitucion Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33 y 35, incisos a), e), i) del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.

ACUERDA: Emitir la presente,

DECLARATORIA DE ZONA DE EMERGENCIA DEL ÁREA QUE OCUPA EL RELLENO SANITARIO DE LA ZONA 3 DE ESTA CIUDAD CAPITAL Artículo 1. Declaratoria. Se declara zona de emergencia, el área que ocupa el

DECLARATORIA DE ZONA DE EMERGENCIA DEL ÁREA QUE OCUPA EL RELLENO SANITARIO DE LA ZONA 3 DE ESTA CIUDAD CAPITAL Artículo 1. Declaratoria. Se declara zona de emergencia, el área que ocupa el Relleno Sanitario de la zona tres de esta Ciudad, siendo urgente que la Municipalidad de Guatemala adopte, a través de sus dependencias y dentro de sus competencias, las medidas que sean necesarias para la protección de los bienes de la Municipalidad de Guatemala, así como la integridad física de los trabajadores municipales y de las personas que se dedican a la recolección de desechos sólidos y así evitar mayores daños, debiendo para el efecto implementar las siguientes acciones: a) Regular la cantidad de personas a bordo de los camiones amarillos que ingresen; b) Ejercer un estricto control en el ingreso de las personas que se dedican a la recolección de desechos sólidos ; €) Reubicar los espacios para descarga de los camiones del Programa Limpia y Verde; y, d) Cualquier otra medida que resulte apropiada. Artículo 2. Dirección Financiera. Se faculta a la Dirección Financiera para que utilice los recursos económicos destinados al rubro de emergencias, en el Acuerdo Municipal número COM 038-08 de fecha 3 de diciembre del dos mil ocho, proferido por el Concejo Municipal, que aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Municipalidad de Guatemala para el Ejercicio Fiscal 2009.DAYA?

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Concejo Municipal Hoja No, 3

ACUERDO COM-22-09.

Artículo 3. Temporalidad de las medidas. La presente medida se mantendrá hasta el treinta de noviembre del año dos mil nueve. Artículo 4. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente y

ACUERDO COM-22-09.

Artículo 3. Temporalidad de las medidas. La presente medida se mantendrá hasta el treinta de noviembre del año dos mil nueve. Artículo 4. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente y deberá ser publicado en el Diario de Centro América, Órgano Oficial del Estado. lio del año/dos mil nueve — SeALID & K R el Y

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