COM 22-2019
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM 22-2019
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2019
DE GUATEMALA (, umpe
Concejo Municipal
ACUERDO COM-22-2019
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo regulado por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, __ el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir SySALA= E acuerdos, reglamentos y ordenanzas. 5 . A uy CONSIDERANDO: e { 4 e Que conforme a lo regulado por el artículo 3 del Código Municipal, en ejercicio Pa autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, este elige a su: ; autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, y \ emite sus ordenanzas y reglamentos y para el cumplimiento de los fines que le son inherentes, \ coordinara sus politicas con las politicas generales del Estado y en su caso, con la politica A especial del ramo al que corresponda. Y CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto por el artículo 90 del Código Municipal, cuando las necesidades de modernización y volúmenes de trabajo lo exijan, a propuesta del Alcalde, el Concejo Municipal podrá autorizar la contratación de los funcionarios que coadyuven al eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de las municipalidades, cuyas atribuciones serán reguladas por los reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO: Que debido a la demanda de las necesidades administrativas y al constante desarrollo institucional, se hace necesaria la creación de la Gerencia de Operaciones dentro de la
reguladas por los reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO: Que debido a la demanda de las necesidades administrativas y al constante desarrollo institucional, se hace necesaria la creación de la Gerencia de Operaciones dentro de la estructura jerárquica municipal, la cual responda a las nuevas dinámicas organizativas para desempeñarse con procesos enfocados en la mejora de las funciones municipales, aumentando asimismo su capacidad de alcanzar los propósitos y aplicar las políticas institucionales de un proceso esquematizado, especializado y eficaz.
POR TANTO: Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 35 incisos i) y j), 42 y 67 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.DE GUATEMALA (, umple
Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-22-2019
ACUERDA: Artículo 1. Creación. Se crea la Gerencia de Operaciones dentro de la estructura organizacional administrativa de la Municipalidad de Guatemala.
Artículo 2. Objetivo. La Gerencia de Operaciones será el órgano responsable de coordinar las acciones diarias y la logística a implementarse para el buen funcionamiento operacional de __ la Municipalidad de Guatemala, así como de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad Guatemala -EMPAGUAy de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Trágisi del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para que cada de las partes involucradas cumpla eficiente y eficazmente sus atribuciones. e o Y s ¥ )
del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRA-, para que cada de las partes involucradas cumpla eficiente y eficazmente sus atribuciones. e o Y s ¥ ) El Gerente de Operaciones será el encargado de la administración de dicha Gerencia y ECM "E vez será el enlace entre las diferentes gerencias, empresas, entidades y demás dependencias as NE, municipales, a las que les corresponde brindarle el apoyo y la colaboración institucional ( necesaria, a efecto de que pueda desempeñar con eficiencia y eficacia las funciones que se le \ han atribuido. y MJ La Gerencia de Operaciones formará parte del organigrama institucional y dependerá directamente del Alcalde Municipal. Para su organización y funcionamiento, la Gerencia de Operaciones deberá elaborar el manual de funciones correspondiente. Artículo 3. Funciones. La Gerencia de Operaciones tendrá a su cargo las siguientes funciones: a) Coordinar el trabajo de las diferentes gerencias, empresas, entidades y demás dependencias municipales, con el objeto de facilitar la ejecución de obras, la prestación de servicios y la operación diaria. b) Programar, supervisar y evaluar las obras públicas. c) Convocar a gerentes, directores y coordinadores, así como a funcionarios y empleados municipales para que informen en cuanto a las dificultades de logística que enfrenten dentro del ámbito de su competencia. d) Informar acerca de los avances, logros o problemáticas que se detecten en las diferentes empresas, entidades y demás dependencias municipales, en cuanto al ámbito de su competencia, debiendo dictar asimismo las medidas correctivas procedentes. e) Proponer al Concejo Municipal la aprobación e implementación de ordenanzas,
diferentes empresas, entidades y demás dependencias municipales, en cuanto al ámbito de su competencia, debiendo dictar asimismo las medidas correctivas procedentes. e) Proponer al Concejo Municipal la aprobación e implementación de ordenanzas, acuerdos e instructivos para regular y mejorar los mecanismos de operatividad municipal.Concejo Municipal «loja No. 3 Acuerdo COM-22-2019 f) Emitir opiniones técnicas en materia que sea de su competencia. 9) Asesorar y dar apoyo a otras unidades ejecutoras en materia de ejecución de obras. h) Rendir informe al Alcalde y/o al Concejo Municipal acerca de su gestión, cuando así se le solicite. i) Otras funciones que le sean asignadas por el Alcalde o el Concejo Municipal. Artículo 4. Unidades a su cargo. La Gerencia de Operaciones tendrá a su cargo la coordinación de las siguientes unidades o dependencias municipales: a) Dirección de Obras b) Dirección de la Policía Municipal c) Unidad de Limpia y Verde d) Dirección de Medio Ambiente Artículo 5. Disposición de Recursos. Se ordena a la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal -DAFIMque efectúe las operaciones y movimientos presupuestarios y contables necesarios para el correcto funcionamiento de la Gerencia de Operaciones. Asimismo, se ordena a la Direccón de Recursos Humanos realizar los movimientos administrativos, a fin de asignar el capital humano idóneo para el correcto desempeño de las abores de dicha Gerencia, correspondiéndole al Concejo Municipal el nombramiento del Gerente de Operaciones, de la terna propuesta. Artículo 6. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente.
abores de dicha Gerencia, correspondiéndole al Concejo Municipal el nombramiento del Gerente de Operaciones, de la terna propuesta. Artículo 6. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente. Dado en el salón de sesiones “Miguel Angel Asturias” del Palacio Municipal, el catorce de octubre del año dos mil diecinueve. Ma, Mario César Escobar García Secretario Municipal Interino