COM-23-1993
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-23-1993
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
Enogado o q Le ſeco & Aa It e e S i y Lx Eo dla a le municipalidad guatemala
ACUERDO DE LA CORPORACION MUNICIPAL CREACION DEL
PROGRAMA MUNICIPAL DE TEATROAPROBADO: 23 DE AGOSTO/93
HOJA No1 DE 2
LA CORPORACION MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que por disposición legal es atribución de este órgano colegiado, emitir acuerdo de creación de sus dependencias, empresas y unidades administrativas (Artículo 41, Inciso bl, del Decreto 58-88 del Congreso de le República).
CONSIDERANDO: Que en la Municipalidad de Guatemala se hace necesario la creación de un programa que realice actividades festreles, como el monteje de obras de alte calidad y promueva la difusión de la cultura dentro del municipio de Guatemala, CONSIDERANDO: Que el programa de actividades culturales debe conflarse a una unidad técnica especializada en la meterla para el mejor cumplimiento de sus fines.
POR TANTO: Con fundamento en los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República; 6, 30, 39, 40
Incisos e), 9), k), m), w) y y); 41 Inciso b), 53, 82, 84, del Código Municipal.
ACUERDA: Artículo Primero: Se cres el Programe Municipal de Teatro, con dependencia permanente de le Municipalidad de Guatemala, dirigida por une Conisión Especial.
Artículo Segundo: Dicha Comisión tendrá autononts para desempeñar sus funciones y estaré Integrade por sels miembros titulares de las distintas ramas testrales y dos suplentes. Todos los Integrantes de la
Artículo Segundo: Dicha Comisión tendrá autononts para desempeñar sus funciones y estaré Integrade por sels miembros titulares de las distintas ramas testrales y dos suplentes. Todos los Integrantes de la Comisión Especial, serán personas que tengan atributos y calidades profesionales en la meteria, así como dos Integrantes, que fungirán como delegados administrativos del municipio; uno como titular y otro como suplente. Todos los cargos en la Comisión Especial que dirigirá el Programa Municipal de Teatro, serán desempeñados AD-HONOREM.
Artículo Tercero: ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN: Planificar, seleccionar, ejecutar y supervisar la programación de ectividades escénicas, e) destinados a reslizar los espectaculos en los espacios testrales disponibles, así como gestlonar su promoción y difusión. b) Organizar los certámenes de teatro y otorgar los premios correspondientes. Sus fallos serán Inepelablesh e) Procurar la coordinación del Programa de Teatro Municipal, con las demás actividades testrales que se realicen dentro de la Cluded de Guatemala, para armonizar hesta donde sea posible los calendarios y los esfuerzos orientados a superar y difundir la dramaturgla. et palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204,353muni corporación municipal municipalidad guatefmala
APROBADO: 23 DE AGOSTO/93
HOJA No. 2 DE 2 d) Gestlonar los recursos materiales públicos y privados para el sostenimiento y expansión del teatro y actividades conexas. ©) Asesorar e le Municipalidad de Guatemala en todo lo que concierne a la ectividad teatral a través de la División de Educación y Cultura.
d) Gestlonar los recursos materiales públicos y privados para el sostenimiento y expansión del teatro y actividades conexas. ©) Asesorar e le Municipalidad de Guatemala en todo lo que concierne a la ectividad teatral a través de la División de Educación y Cultura. 1) Organizarse como lo tenga a blen y emitirso su propio reglamento Interlor de trabajo.
Artículo Cuarto: Le Municipalidad de Guatemala, dentro de sus poslbilldades económicas adquiere el compromiso de promover y respaldar las actividades del Programa Municipal de Teatro; para el efect 2) Gestionaré ante las Instituciones públicas y en le Iniciativa privada, los recursos necesarios para la construcción de espacios teatrales y contribuirá e sufragar los costos y gestos que se oceslonen en la medida que sus posibilidades económicas se lo permiten. b) Fijaré con la debida anticipación en el presupuesto municipal, los recursos para el montaje total
© parcial de las obras previstas por la Conisión Municipal de Teatro. e) Pondré a disposición de la Comisión especial de mérito, las facilidades editoriales, publicitarias y secretariales que requieran para el mejor desempeño de sus atribuciones. 0) Tendrá a su cargo el manejo y el control de todos los gastos ocaslonados por la ejecución del Programa Municipal de Teatro.
Artículo Quinto: La Coordinación de las relaciones entre la Comisión Especial del Programa de Teatro Municipal, con las autoridades administrativas del municiplo, serán ejercidas por un membro de la Corporeción Municipal, quien será designado en forma anual.
Artículo Quinto: La Coordinación de las relaciones entre la Comisión Especial del Programa de Teatro Municipal, con las autoridades administrativas del municiplo, serán ejercidas por un membro de la Corporeción Municipal, quien será designado en forma anual.
Arifculo Sexto: So Instituyen con cerfcter de prontos municipales de festro, los cueles serán otorgados a finales de ceda año, e los mejores personajes de teatro, que hayan Intervenido en la autoría y representación de obras en el municiplo de Guetemala durante el año que se trate, asf como a la mejor obra inédito de un autor guatemalteco escogido en el concurso anual correspondiente.
Articulo Séptimo: El presento acuerdo entra en vigor Inmediatamente.
DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.- Lic. SUE Y MUNICIPAL : «pu: 19 /abg palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20120 al 8 ext. 204, 353